Soldados acusados de delitos ajenos a la disciplina militar, a tribunales civiles: ministra

Jesús Aranda
 
Periódico La Jornada
Lunes 6 de agosto de 2012, p. 12
Los soldados acusados de cometer delitos que no tengan que ver estrictamente con la disciplina militar deben ser juzgados por tribunales civiles, indica el proyecto de dictamen elaborado por la ministra Olga Sánchez Cordero que será discutido hoy por el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
El máximo tribunal inicia la discusión de 30 asuntos –dos conflictos competenciales y 28 amparos– y se prevé que se definan los alcances del fuero militar.
Fuentes judiciales confirmaron que se espera una intensa discusión sobre los alcances del fuero de guerra, ya que los proyectos sobre el tema –unos los elaboró Sánchez Cordero y otros Sergio Aguirre– son opuestos en sus principales planteamientos, porque el segundo propone que los soldados sean juzgados en el ámbito civil únicamente cuando los agraviados sean civiles y que en el resto de los casos los procesos sean llevados en el fuero de guerra.
Ante la inacción del Congreso en la materia y el cúmulo de denuncias en contra de militares hechas por civiles, el pleno abordará en primer lugar el conflicto competencial 38/2012, relacionado con el caso del joven Jethro Ramsés Sánchez Santana, quien fue desaparecido en Cuernavaca, Morelos, a manos de elementos de la 24 Zona Militar en mayo de 2011, y su osamenta apareció meses después en Atlixco, Puebla.
La defensa de los militares acusados se inconformó porque el proceso penal se realiza en la justicia civil. Considera que los soldados acusados de desaparición forzada de personas, en calidad de cómplices deben ser juzgados en el fuero de guerra.
El proyecto de Sánchez Cordero plantea que los soldados sean enjuiciados en el ámbito civil, siguiendo los lineamientos de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el caso Rosendo Radilla, la cual indica la inconstitucionalidad del artículo 57 del Código de Justicia Militar, que permite que los uniformados sean juzgados por el fuero de guerra cuando hayan cometido delitos en actos de servicio.
De esa forma, únicamente los delitos del fuero de guerra que tengan que ver con el servicio, disciplina y obediencia castrense deben ser juzgados por los tribunales militares, según señala el proyecto, al que tuvo acceso La Jornada.
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El máximo tribunal del país discutirá 30 asuntos y definirá los alcances del fuero militar o de guerra. En la imagen, ejercicio en la base aeronaval de San Luis Carpizo, en CampecheFoto Yazmín Ortega Cortés
El resto de los procesos en contra de soldados debe ser resuelto por tribunales civiles, independientemente del delito que se trate, sea homicidio, desaparición forzada de personas, tortura, narcotráfico o crimen organizado.
El primer asunto que resolverá el pleno (Conflicto competencial 38/2012) servirá, confiaron fuentes judiciales, para fijar diversos criterios en la materia, y un tema que será particularmente discutido es el que tiene que ver con los efectos de las sentencias, porque podría darse el caso de que las decisiones adoptadas por la Corte impacten en los procesos penales que hay contra soldados y no sólo en los que tienen que ver con civiles.
Por ejemplo, explicaron, el caso del general Tomás Ángeles Dauahare y los otros mandos sujetos a proceso en el ámbito federal por presuntos vínculos con el narcotráfico. Si prevalece la tesis que propone la ministra Sánchez Cordero, no habría ningún cambio, pero si vence el punto de vista de Aguirre, expuesto en los asuntos que proyectó para dictamen, los procesos en su contra podrían ser enviados al fuero militar y, en un caso extremo, hasta podrían quedar en libertad, porque se habría violado el debido proceso al haberle dictado auto de formal prisión un juez federal sin tener atribuciones para hacerlo.
Por eso, indicaron, se espera una intensa discusión durante los próximos días respecto a los efectos de las sentencias, particularmente en el caso de los amparos.
Según explicaron las fuentes judiciales, la ventaja de que los dos primeros asuntos sean conflictos competenciales (el segundo es el 60/2012) es que no habrá tantas restricciones legales para abordar el fondo del asunto y hay mayores posibilidades de que los ministros discutan las diferentes aristas del problema, porque en el caso de los amparos hay factores legales adicionales que pueden determinar incluso que se desechen sin ser analizados, lo que daría lugar a que el tema de los militares que cometen delitos en agravio de civiles se mantenga sin cambio.

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