TRABAJADORES DESPEDIDOS DEL ZOOLÓGICO DE CHAPULTEPEC EXIGEN SU REINSERCIÓN

Los que suscribimos: Vicente Frausto Alfaro, Alberto Hernández Guadarrama, Luz Ramírez González y Víctor Hernández Guadarrama, fuimos trabajadores en diversas áreas del Zoológico de Chapultepec, ubicado en la Ciudad de México, ahora bien, con fecha 15 de febrero del 2012, metimos una demanda laboral, contra la Dirección General de Zoológicos y Vida Silvestre, dependiente de la Secretaria del Medio Ambiente del Gobierno del Distrito Federal, esto debido a que pasaron 10 y 9 años de trabajo continuo, respectivamente, trabajando en el Zoológico de Chapultepec, mediante contratos de HONORARIOS, ASIMILABLES A SALARIOS, sin que hasta esa fecha, se nos diera la oportunidad de obtener una plaza de base, pese que en repetidas ocasiones se las solicitamos a nuestros jefes inmediatos los Directivos en turno del Zoológico de Chapultepec y responsables encargados de la Dirección General de Zoológicos y Vida Silvestre, dependiente de la Secretaria del Medio Ambiente del Gobierno del Distrito Federal.
El número de nuestro expediente asignado por la Sexta Sala del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje es 1340/12, en el que solicitamos;
Basificación y todo lo relativo a las prestaciones relativas a una plaza de base, así como el pago de vacaciones no disfrutadas, prima vacacional, aguinaldo, inscripción al ISSSTE, FOVISSSTE y SAR, etc.
 
Con motivo de esta demanda, en el mes de marzo de 2013, fuimos despedidos injustificadamente de nuestros puestos, lo anterior sin cubrirnos los salarios correspondientes a los meses de enero, febrero y marzo de este año, por lo cual ingresamos una nueva demanda solicitando nuestra reinstalación, sueldos caídos desde el momento que ya NO NOS CONTRATARON , que fue a partir del 15 de marzo del 2013 y el pago de salarios no cubiertos, demanda que fue acumulada a la anterior bajo el número 4024/2013.
Con fecha 30 de Abril del año 2015, le mandamos un escrito al JEFE DE GOBIERNO DEL D.F. DR. MIGUEL ANGEL MANCERA , haciendo mención de que sabíamos que se impulsaba un proyecto de BASIFICACION, del cual nos enteramos por medios de medios de comunicación, solicitándole nos otorgara una base, y comentándole en el escrito nuestras necesidades y los deseos de que nos incluya en ese proyecto, y haciendo una breve explicación de porqué demandamos al GDF.
En atención a nuestra petición nos contestó la DIRECTORA DE RECURSOS HUMANOS, ACTUARIA PATRICIA MARIA LUISA HINOJOSA CERBÓN, CON CINCO LINEAS INCLUYENDO EL SALUDO QUE NOS ENVIO, Y LA INTRODUCCION AL ESCRITO CON LO SOLICITADO, A CONTINUACION TRANSCRIBO LAS DOS LINEAS DEL TEXTO : “LES COMENTO QUE NO ES POSIBLE ATENDER SU PETICION, YA QUE POR EL MOMENTO NO HAY BASIFICACIONES, POR LO QUE SU SOLICITUD, SERA ATENDIDA EN CUANTO SEA POSIBLE…..”
POR LO QUE LE COMENTAMOS QUE PARA NOSOTROS NI AL DR. MANCERA NI A LA DIRECTORA DE RECURSOS HUMANOS, ni a los funcionarios del Zoológico de Chapultepec, les interesa cumplir con lo que se menciona en las leyes laborales ni en la constitución política que menciona que todos tenemos derecho a un empleo, pero lo más triste es que las autoridades que gobiernan este país y esta ciudad, violen de manera sistemática las leyes laborales al inducir consentir e impulsar el trabajo llamado por honorarios y sin inscribirnos al sistema de seguridad social
A lo largo del Juicio, del 15 de febrero del 2012 al 28 de Abril del 2016, nos han entregado, por parte del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje DOS LAUDOS, donde no nos aceptan el valor de nuestras pruebas pese a que las tenemos por escrito en el expediente, y demostramos que trabajamos 10 años de manera continua y sistemática, que estábamos bajo las ordenes de funcionarios encargados de la dirección del centro de trabajo, que teníamos un horario de trabajo, que recibíamos un sueldo de manera disfrazada en recibos de honorarios con sueldos bajos y sin prestaciones.
LA SECRETARIA DEL MEDIO AMBIENTE DEL D.F. nunca quiso presentar los originales de las pruebas de que laboramos en forma continua, aludiendo que los expedientes se encontraban en la DIRECCION GENERAL DE ZOOLOGICOS Y VIDA SILVESTRE, en particular en el ZOOLOGICO DE CHAPULTEPEC, y viceversa, al acudir la autoridad al zoológico señalaban que los documentos se encontraban en la Secretaria del Medio Ambiente, a pesar de que nosotros sabemos perfectamente que los expedientes se encuentran en la SECRETARIA DEL MEDIO AMBIENTE DEL GDF y así lo hicimos saber al tribunal de conciliación y arbitraje, sin embargo esta autoridad resolvió que toda vez que no se exhibieron nuestros expedientes y demás documentos se declaraban no perfeccionadas las pruebas documentales y de imposible desahogo, por lo que no se le daba ningún valor probatorio, y que a su vez nuestros contratos se habían firmado por tiempo determinado, y que ya habían llegado a su fin. Y que para dar continuidad en el empleo se requería que existiera presupuesto por lo cual resolvió que no teníamos razón y absolvía a la demandada de el cumplimiento de lo que reclamábamos y solo les obligaba a reconocer nuestra antigüedad y la inscripción al ISSSTE Y FOVISSSTE; esto si es un juego, una falta de respeto a nosotros y a las mismas autoridades, que delata una falta de profesionalismo y la parcialidad con que se conduce dicha autoridad, al emitir este tipo de veredictos
Es de mencionar que cuando la autoridad del H. Tribunal de Conciliación y Arbitraje emitió sus ilegales laudos se recurrió a los Tribunales Colegiados quienes en el primer amparo ordenaron que se repusiera el procedimiento en tanto se llevaran a cabo el desarrollo de pruebas que no se habían completado sin embargo en su última resolución, correspondiente al segundo amparo, le otorga la razón al Tribunal de Conciliación y Arbitraje ya que señala que nuestra relación de trabajo no fue constante y permanente; por lo que tampoco procedía, el otorgamiento de un nombramiento de base definitivo, a pesar de tener a la vista el expediente y el conjunto de pruebas que se ofrecieron en él, manifestando además que se trata de un problema de presupuesto ya que a los trabajadores eventuales se les puede dar por terminado el nombramiento sin responsabilidad para el patrón, sin embargo no se toma en cuenta que la temporalidad de nuestros contratos no se encuentra justificada, en virtud de que nuestras funciones en el Zoológico son sistemáticas y permanentes y se siguen llevando a cabo para su sano funcionamiento.
Ante esta resolución recurrimos a la Suprema Corte de Justicia promoviendo una revisión por la inconstitucionalidad con que determinaron la negación del amparo a lo que la corte determino que no procedía nuestra revisión por no contener, la demanda de amparo, elementos constitucionales violados, aun cuando acreditamos en todas las instancias que se violentaba las garantías constitucionales contenidas en los artículos 1 y 123. 

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