Juicio a la Suprema Corte SEPULTÓ EL ESTADO DE DERECHO EN EL CASO DEL SME
*Hace 5 años de que la SCJN Rompió la Legalidad.
*Los Ministros de la Corte son representantes del poder...de la oligarquía en México. 
*el 30 de enero del 2018 a las 11 horas, el SME  realizará un JUICIO A LA CORTE afuera de la SCJN.
Secretario General del Sindicato Mexicano de Electricistas
y Conductor de Frecuencia Laboral, 
Participación en el Programa del 27 de enero del 2018, 
Transcripción de Andrea Luna Hernández, colaboradora voluntaria. 
“Uno de los problemas graves de nuestro país 
lo han cometido los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la 
Nación (SCJN): romper con la legalidad y el estado de derecho en México.
 Los responsables son ellos. 
En un país de leyes la corte tiene una 
función que es el equilibrio entre los poderes legislativo y el poder 
ejecutivo. Sin embargo, hoy  las decisiones del ejecutivo son las que 
imperan en todo el territorio nacional. Por eso vemos este tipo de actos
 como lo que está sucediendo en Michoacán y que se está replicando en 
todos los estados del país, que resuelven las protestas sociales contra 
las injusticias, a través del uso de la fuerza pública, sin respetar con
 un procedimiento como establece la propia ley. 
El tema de la corte, no nada más el caso del 
SME, sino todos los casos que hemos venido tocando aquí en el programa, 
nos permite observar qué es lo que está pasando con estos ministros. Ya 
lo dijimos en otros programas anteriores. Son ministros que no los pone 
el pueblo, sino llegan a propuesta del ejecutivo, los ratifica el Senado
 de la república. Entonces hoy vemos una corte que está compuesta por 
representantes del poder, de los partidos políticos, incluso, de la 
oligarquía en México. 
En el caso del Sindicato Mexicano de 
Electricistas (SME) es un tema para analizarse, incluso varios 
estudiantes  de derecho han hecho tesis sobre las resoluciones que 
emitió la corte a partir del ilegal decreto de extinción de Luz y Fuerza
 del Centro. 
Recordaremos todos en este espacio que en 
octubre del 2009 ordenaron desde la Secretaría de Gobernación tomar por 
la noche, por asalto armado y militar, instalaciones de Luz y Fuerza del
 Centro, que era un organismo público descentralizado creado a partir de
 una iniciativa de ley que mandó el ejecutivo federal, en este caso 
Salinas de Gortari, en 1989. En la Cámara de Diputados, legislaron los 
diputados para modificar la Ley de Servicio P úblico de Energía 
Eléctrica, en su artículo cuarto transitorio. Se apruebó la modificación
 donde  quitaron aquellas compañías que estaban en liquidación y se dio 
paso a la creación de un nuevo organismo.
En el Senado de la República también 
aprobaron esa modificación a la ley. Entonces una vez que el congreso 
legisló, ordenó en términos de la Constitución al ejecutivo nacional a 
crear este organismo público descentralizado, para atender la zona 
central del país. Así se creó Luz y Fuerza del Centro como un organismo 
público descentralizado, con una junta de gobierno donde estaba la 
titular del sector como presidente, en donde el sindicato tenía tres 
miembros consejeros, también participaba la función pública, la misma 
Comisión Federal de Electricidad, Desarrollo Social y todas las 
dependencias que atendían esa actividad que era exclusiva del estado 
mexicano. 
Una vez que se constituyó la legislación, la 
ley respectiva señala que para poder acabar con un organismo de esta 
naturaleza tenía que haberse realizado el mismo procedimiento como fue 
creado. Entonces, para poder extinguir a Luz y Fuerza del Centro, el 
ejecutivo debió de haber mandado una iniciativa de ley al congreso, pero
 todo fue a través de la fuerza armada y militar. 
Dos horas después de que  ocuparon los 
centros de trabajo, se publicó ese famoso e ilegal decreto de extinción y
 los argumentos del ejecutivo fueron que se extinguía Luz y Fuerza del 
Centro por caso fortuito y causa de fuerza mayor. Son elementos que 
prevé la Ley Federal del Trabajo, pero que en este caso no eran 
aplicables. 
Lo que hicimos nosotros, de inmediato, fue 
atacar el decreto a través de un amparo. Ese amparo abogados como Don 
Néstor de Buen -, paz descanse- también  Raúl Carranca de Rivas, estuvo 
el doctor Roberto Terrazas -quién es académico de la máxima casa de 
estudios- todos estos abogados interpusieron el amparo y lo admitió la 
Suprema Corte.
Una juez de primera instancia, Guillermina 
Coutiño resolvió diciendo que el decreto era constitucional, pero que 
dejaba salvaguardados los derechos de los trabajadores. Nos fuimos al 
recurso de revisión y la corte ratificó lo que ya había dicho la juez de
 que efectivamente el presidente tenía facultades para extinguir los 
organismos públicos descentralizado, e igualmente  volvió a dejar a 
salvo los derechos de los trabajadores. 
Ahí  la corte pudo haber resuelto el tema de 
constitucionalidad y también el tema de legalidad que era la afectación 
de los propios trabajadores. Sin embargo, su estrategia de ellos era que
 se alargara el proceso para disminuir todo el descontento social de las
 protestas de los trabajadores, dado que en ese momento se recibió el 
apoyo de gran parte de los ciudadanos de este país. 
Una vez que el caso se fue a la Junta Federal
 de Conciliación y Arbitraje prácticamente en esa instancia se ratificó 
lo que ya había dicho la corte. En el decreto se nombró  al Sistema de 
Enajenación y Administración de Bienes (SAE) como responsable para la 
liquidación de la empresa. Ahí el SAE demandó ante la junta Federal al 
Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) y a los trabajadores la 
terminación de las relaciones individuales y colectivas con la empresa 
Luz y Fuerza . Entonces la junta resolvió y señaló que efectivamente con
 la sentencia de la corte se termina todo. 
Nos amparamos ante esa decisión de la Junta 
Federal de Conciliación y Arbitraje, en agosto de 2010, se fue al 
Segundo Tribunal Colegiado de Circuito en material laboral y ahí duró 
casi dos años. 
Hubo otros amparos, en total se acumularon 5 
amparos entre trabajadores que se mantuvieron firme y otros que se 
habían liquidado. Pero ahí quienes teníamos todo el estatus legal para 
poder defender los derechos de los trabajadores fue el Comité Ejecutivo 
del SME.
 En ese lapso de los dos años que estuvo el 
amparo en este tribunal también hubo recursos de atracción interpuestos 
por la Procuraduría General de la República (PGR), cuyas autoridades le 
solicitaban a la corte que atrajera el amparo y lo resolviera de fondo. 
Efectivamente, se fue el expediente a la Suprema Cortee, se fue a la 
segunda sala y resolvío que no había elementos de inconstitucionalidad 
que estableciera el propio amparo.
 También se pronunció sobre los elementos de 
constitucionalidad y señaló que por tanto el Tribunal Colegiado de 
Circuito en materia laboral, tenía toda la facultad para resolver el 
fondo y que, posteriormente, le regresara el amparo. Ahí fue la segunda 
ocasión que la corte se pronunció. 
Los tres magistrados resolvieron el fondo de 
los amparos. Al final dijeron de manera muy clarita, en todo lo que es 
la sentencia, que el ejecutivo federal argumentó que era caso fortuito y
 causa de fuerza mayor y explican perfectamente cuales son los casos 
fortuitos.
Dice que los casos fortuitos ocurren cuando 
hay decisiones por encima de las propias personas. En este caso no era 
fortuito porque quien tomó la decisión fue el ejecutivo, dice que las 
decisiones del ejecutivo no pueden ser fortuitas. La extinción de Luz y 
Fuerza tampoco se debió a una causa de fuerza mayor, dice la resolución,
 porque la fuerza mayor es algo más fuerte que las personas o que viene 
de la naturaleza, como un terremoto o un tsunami, si se acaba la empresa
 ¿a quién le reclamas?. Lo explica perfectamente en la sentencia y vale 
la pena leerlo. 
Lo que sí establecen ahí son las serie de 
declaraciones que hicieron funcionarios como Javier Lozano Alarcón y  
otros funcionarios como Georgina Kezel, el mismo secretario de 
Gobernación, Fernando Gómez Mont, diciendo todo el tiempo que Luz y 
Fuerza del Centro tenía un pasivo laboral de miles de millones de pesos,
 que había pérdidas incalculables. Todos fueron argumentando, incluyendo
 los medios de comunicación, que era un problema de carácter económico. 
 Al final, explicaron los magistrados que las autoridades trataban de 
justificar su decisión de extinguir a Luz y Fuerza del Centro, 
argumentando problemas económicos. Pero si el problema era económico 
debieron de haber demandado un conflicto de naturaleza económica, lo 
cual no hicieron, pero además sus tiempos se les pasaron. 
Finalmente resolvió la corte, determinando 
que el decreto es constitucional, que ya no existía Luz y Fuerza del 
Centro, pero todos los bienes se transfirieron a la empresa Comisión 
Federal de Electricidad. El razonamiento en términos legales dice  que 
aunque cambien las empresas de un nombre, pero controla los mismos 
bienes que tenía otra y es para la misma actividad económica, la nueva 
empresa asume la responsabilidad con los trabajadores y así lo condena. 
Por tanto Comisión Federal de Electricidad, que recibió los bienes de 
Luz y Fuerza, debió de ejercer la figura de patrón sustituto.
Así resolvió: le indica a la Junta Federal de
 Conciliación y emitió un nuevo laudo con todos estos puntos que están 
establecidos aquí en esta sentencia. Así pasó. Salió la sentencia del 
tribunal. El mismo SAE volvió a meter otro recurso de revisión, la corte
 lo admitió y emitió resulución el 30 de enero del 2013, pero apenas un 
día antes resolvió admitirlo para su estudio. Lo turnaron a una sala, yo
 me entrevisté con los ministros de la corte que iban a resolver. Dos 
dijeron que iban a votar en términos de legalidad, en términos de 
constitucionalidad. Incluso hay un ministro, Alberto Pérez Dayan, que 
fue trabajador de Luz y Fuerza del Centro por casi 17 años, su padre es 
jubilado de Luz y Fuerza. 
Lo más relevante fue el decreto de extinción y
 el golpe a 44000 trabajadores, para echarlos a la calle y también 
afectar a empleos indirectos. 
Ahí la Corte resolvió y dijo que  los 
magistrados del Tribunal se excedieron, porque -sostuvo- se tocaron 
temas de constitucionalidad. Luego Margarita Luna Ramos, Olga Sánchez 
Cordero dijeron que los trabajadores están pidiendo que el presidente de
 la república sea su patrón sustituto y eso no puede ser.
Así echaron para atrás el amparo y prácticamente 
sepultan la legalidad del estado de derecho para los trabajadores. 
Porque a partir de sus razonamientos han venido echando para atrás todos
 los juicios de amparo que han promovido trabajadores de otros sectores 
como los trabajadores de la educación, el caso de los mineros y una 
infinidad de asuntos que le han llegado a la corte, que tienen que ver 
con los derechos de los trabajadores. Estos ministros de la corte se han
 encargado de sepultar la legalidad y el estado de derecho en México.
Por esa razón el 30 de enero del 2018 el 
Sindicato Mexicano de Electricistas, está convocando a una concentración
 afuera de las oficinas centrales de la Suprema Corte de Justicia de la 
Nacióna, ubicadas en la calle Pino Suáres No. 2, colonia Centro, en el 
Zócalo de la Ciudad de México, en donde realizará un JUICIO A LA CORTE 
”. 

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