Permite la SCJN a empresas que no sean ingenios exportar azúcar a EU

Gustavo Castillo
 
Periódico La Jornada
Viernes 17 de agosto de 2018, p. 19
La segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) abrió la puerta para que empresas productoras de azúcar que no son ingenios, puedan participar en la comercialización y exportación de azúcar a Estados Unidos, aunque desde junio del año pasado la Secretaría de Economía modificó el acuerdo que fue impugnado ante el máximo tribunal del país y que impedía la participación de compañías en el negocio.
Durante la sesión se aprobó el proyecto presentado por el ministro Alberto Pérez Dayán, en el cual se señala que se debía considerar inconstitucional el acuerdo de la Secretaría de Economía que impuso como condición la obtención de un permiso previo para exportar azúcar de caña, como lo solicitaba la empresa Sucroliq.
En el proyecto, que fue aprobado, se señala que la restricciones impuestas a personas morales o físicas que no son ingenios, para exportar derivados de la caña de azúcar a Estados Unidos, cancelaba la posibilidad de generar empleos y produce un efecto negativo en la economía nacional porque impide que diversos agentes económicos participen de los cupos máximos de exportación.
En 2015, las empresas Sucroliq y Metco, pidieron a la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la Secretaría de Economía que iniciara una investigación formal contra la fructosa por dumping, pero la solicitud fue rechazada.
En noviembre de 2016, después de una revisión realizada a petición de empresas estadunidenses que pedían poner fin al Acuerdo Comercial sobre el Azúcar entre ambos países, el Departamento de Comercio de los Estados Unidos señaló que éste no estaba funcionando debidamente.
Desde finales de 2016, negociadores de las dos naciones entraron en pláticas para revisar el acuerdo en medio de diversas demandas para que México aceptara cambios, ya que éste fijaba precios mínimos y un sistema de cupos para azúcar cruda y azúcar refinada importada desde México (el cupo tiene como propósito la importación de un monto determinado de un producto, con un arancel menor al que se aplica a las mercancías que se importen sin este beneficio), refiere el informe elaborado por el Centro de Estudios para el Desarrollo Rural Sustentable y Soberanía Alimentaria (Cedrssa) y la Cámara de Diputados.
De esa manera, el acuerdo signado en 2015 fue modificado en junio de 2017 y con ello se redujeron los volúmenes de azúcar refinada que se puede exportar a Estados Unidos.
La decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación permitirá que la compañía Sucroliq y otras puedan participar en la comercialización del producto hacia Estados Unidos.

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