Por Negociaciones Sindicales que Eliminan sus Derechos TRABAJADORES INTERPONEN JUICIO DE NULIDAD
Especialista en Materia de Trabajo
“A
propósito de la reforma energética y todo este desmantelamiento de
Petróleos Mexicanos (PEMEX), la revisión del contrato colectivo y la
imposición unilateral de un reglamento, determinaron que los
trabajadores ya jubilados o que están a punto de jubilarse tengan otra
situación muy desventajosa.
Porque los trabajadores que en el caso de los
que consideran de confianza al año de 2021 no habrán cumplido los 30
años de servicio o si no tiene los 60 años de edad, ya no son
susceptibles de jubilarse; tienen que esperarse 5 o más años de edad y 5
más de servicio para ser jubilados. Cuestión que pone, incluso, en
peligro la vida de los mismos trabajadores porque se aumenta la edad y
aumentan los años de servicio. Ese es el caso de los trabajadores de
confianza.
En el caso de los sindicalizados que corren
otra suerte, pero igual aumentan los años de servicio y los años de
edad, van a presentar un juicio de nulidad contra esas medidas. Mucha
gente se aprovechó y presentaron un amparo. Pero la cuestión que
consideramos más viable y que trata de movilizar a trabajadores en todo
el país, es un juicio de nulidad respecto a la imposición del reglamento
y del contrato colectivo para que se regrese al esquema que tenían.
Sobre todo basándose en el artículo primero constitucional de que los
derechos tienen el principio de progresividad.
En el caso de los pensionados, antes el
aumento a sus pensiones repercutía igual que el aumento salarial. El
aumento salarial fue de 3.9 en el caso de PEMEX y correrían esa misma
suerte. Pero al cambiar el reglamento y al cambiar el contrato colectivo
de trabajo los que están jubilados van a recibir menos porque el
impacto es sobre el índice nacional de precios. Entonces, bajó
substancialmente, al 2.7”.
Martín Esparza: “También en la propia ley
establecieron que el SAE, Sistema de Administración y Enajenación de
Bienes, que es una dependencia de Hacienda, será el que se va a hacer
cargo ahora de pagarles a los jubilados, tanto de PEMEX como de Comisión
Federal de Electricidad (CFE).
Por si fuera poco entre el paquete de leyes
que modificaron, reformaron a la ley de deuda pública y ahí establece
el transitorio primero dice que el estado podrá asumir los pasivos
laborales de PEMEX siempre y cuando modifiquen su contrato colectivo de
trabajo, y les dan de plazo un año.
En el transitorio segundo quedó para CFE los
mismos términos. CFE con el SUTERM tiene de plazo a mayo del 2016, que
es su revisión de contrato, para modificar en la parte de jubilaciones y
solamente dice que así se podrá asumir el pasivo, si no, no se asume.
Pero no puedes asumir deuda para estos fines que son obligaciones del
patrón con los trabajadores. Puedes endeudar al país, pero para fines
productivos, para la generación de empleos, para las contingencias que
pudieran haber”.
Eduardo Díaz: “En ese sentido también, aunque
ya es tardío, ya no se puede presentar un amparo respecto a esa
modificación de los transitorios. Se va a mencionar en el juicio de
nulidad que está por encima de esa legislación, de ese reglamento, la
Ley Federal del Trabajo y la Constitución”.
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