10 decretos de las Zonas de Reserva de Agua ponen en riesgo la equidad y sustentabilidad: CEMDA
Ciuda de México (Iliana Chávez / Energía Hoy).- El
panorama del agua en México sigue siendo grave ante el estrés hídrico,
contaminación de cuerpos de agua, inequidad, sobrexplotación y
sobreconcesión, lo cual podría agudizarse ante escenarios extremos de
sequías o de exceso de agua, advirtió Anaid Velasco, coordinadora del área de investigación del Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C. (Cemda).
Dijo a ENERGÍA HOY que la próxima administración debe tener como prioridades el avanzar en las medidas progresivas para lograr el acceso universal y continuo a agua de buena calidad para consumo personal y doméstico; conservar el agua en cantidad y calidad necesaria para los ecosistemas; así como garantizar el uso sustentable y equitativo del agua.
Indicó que actualmente la situación del vital líquido “es grave en tanto que en condiciones actuales (en las que existen estrés hídrico, contaminación de cuerpos de agua, inequidad, sobrexplotación y sobreconcesión) no todas las personas tienen acceso a agua en sus hogares”.
Y “se prevé que esto se agudice en un escenario donde los efectos del cambio climático propicien sequías o un exceso de agua y no se percibe que haya capacidad institucional para hacer frente a ambos extremos”.
En México no existe un procedimiento efectivo para el otorgamiento y cumplimiento de concesiones que responda a los principios de equidad y sustentabilidad en donde se velara: (i) la satisfacción del interés social en cada título de concesión otorgado, (ii) se reconocieran los usos tradicionales y (iii) se respetará la prelación de los usos del agua.
La realidad, sin embargo, demuestra que existe una imposibilidad institucional para dar seguimiento a las obligaciones derivadas de los títulos de concesión, suponiendo además que la concesión haya sido otorgada con base en estudios actualizados de disponibilidad del recurso hídrico, lo cual no siempre sucede en la práctica.
Refirió que la misma Comisión Nacional del Agua (Conagua) reconoce en el Programa Nacional Hídrico 2014-2018 que la problemática en torno a la gobernabilidad del agua se centra en tres aspectos: sobreexplotación, sobreconcesión y contaminación de los recursos hídricos.
También señala que la administración del agua ha sido incompleta al no aplicarse rigurosamente la Ley de Aguas Nacionales (LAN), principalmente por la reducida capacidad de la autoridad del agua para realizar visitas de inspección y no instrumentar acciones que permitan un aprovechamiento del agua acorde con la disponibilidad de la misma.
La Auditoría Superior de la Federación (ASF) revela también que, al 2013, la Conagua inspeccionaba tan sólo 1% de los títulos de concesión otorgados, lo cual resulta marginal para garantizar el cumplimiento efectivo de las obligaciones derivadas de los títulos de concesión.
Este mismo informe indica que, en el caso de los concesionarios inspeccionados, la obligación que más se incumplió fue la referente a no acatar las condiciones del título de concesión como aprovechar aguas nacionales en un punto diferente al autorizado.
La especialista del Cemda también se refirió a los diez recientes Decretos de Zonas de Reserva de Agua publicados en el Diario Oficial de la Federación, por los que se suprimen Zonas de Veda y se establecen Zonas de Reserva de agua en varias cuencas del país (ver Anexo).
Al respecto, se identificaron algunos aspectos que considera relevantes poner en la discusión pública, siempre con miras a contribuir al cumplimiento de la protección ambiental del derecho humano al medio ambiente sano, el derecho humano al agua y los derechos humanos relacionados con éstos.
De entrada, se modifican el nivel de control sobre las concesiones y la protección de las cuencas hidrológicas, pasando de la Veda, donde no se permiten concesiones, a la Reserva, donde se protege una parte del agua de la cuenca para usos urbanos y de protección al ambiente, y la otra parte se libera para concesiones.
Para Cemda, las principales preocupaciones en torno a esto son: Es posible que los decretos de referencia no hayan sido expedidos con la mejor y más actualizada información científica disponible.
Durante el proceso para realizar dichas modificaciones se cometieron anormalidades en el proceso de mejora regulatoria de los Decretos.
En el proceso de implementación de los Decretos, es posible que se favorezcan usos del agua que no necesariamente son los más sustentables, así como que se propicie el acaparamiento del recurso en algunos pocos concesionarios, dado que se otorgará la concesión conforme al orden de presentación establecido en la Ley de Aguas Nacionales. Esto constituye un problema toda vez que, en la práctica, el otorgamiento y cumplimiento de concesiones no siempre atiende a los principios de equidad y sustentabilidad.
Los Decretos emitidos afectan los derechos humanos de los pueblos indígenas puesto que no fueron informados ni consultados, ni se estableció medida alguna para respetar su autonomía y su territorio.
Dijo a ENERGÍA HOY que la próxima administración debe tener como prioridades el avanzar en las medidas progresivas para lograr el acceso universal y continuo a agua de buena calidad para consumo personal y doméstico; conservar el agua en cantidad y calidad necesaria para los ecosistemas; así como garantizar el uso sustentable y equitativo del agua.
Indicó que actualmente la situación del vital líquido “es grave en tanto que en condiciones actuales (en las que existen estrés hídrico, contaminación de cuerpos de agua, inequidad, sobrexplotación y sobreconcesión) no todas las personas tienen acceso a agua en sus hogares”.
Y “se prevé que esto se agudice en un escenario donde los efectos del cambio climático propicien sequías o un exceso de agua y no se percibe que haya capacidad institucional para hacer frente a ambos extremos”.
En México no existe un procedimiento efectivo para el otorgamiento y cumplimiento de concesiones que responda a los principios de equidad y sustentabilidad en donde se velara: (i) la satisfacción del interés social en cada título de concesión otorgado, (ii) se reconocieran los usos tradicionales y (iii) se respetará la prelación de los usos del agua.
La realidad, sin embargo, demuestra que existe una imposibilidad institucional para dar seguimiento a las obligaciones derivadas de los títulos de concesión, suponiendo además que la concesión haya sido otorgada con base en estudios actualizados de disponibilidad del recurso hídrico, lo cual no siempre sucede en la práctica.
Refirió que la misma Comisión Nacional del Agua (Conagua) reconoce en el Programa Nacional Hídrico 2014-2018 que la problemática en torno a la gobernabilidad del agua se centra en tres aspectos: sobreexplotación, sobreconcesión y contaminación de los recursos hídricos.
También señala que la administración del agua ha sido incompleta al no aplicarse rigurosamente la Ley de Aguas Nacionales (LAN), principalmente por la reducida capacidad de la autoridad del agua para realizar visitas de inspección y no instrumentar acciones que permitan un aprovechamiento del agua acorde con la disponibilidad de la misma.
La Auditoría Superior de la Federación (ASF) revela también que, al 2013, la Conagua inspeccionaba tan sólo 1% de los títulos de concesión otorgados, lo cual resulta marginal para garantizar el cumplimiento efectivo de las obligaciones derivadas de los títulos de concesión.
Este mismo informe indica que, en el caso de los concesionarios inspeccionados, la obligación que más se incumplió fue la referente a no acatar las condiciones del título de concesión como aprovechar aguas nacionales en un punto diferente al autorizado.
La especialista del Cemda también se refirió a los diez recientes Decretos de Zonas de Reserva de Agua publicados en el Diario Oficial de la Federación, por los que se suprimen Zonas de Veda y se establecen Zonas de Reserva de agua en varias cuencas del país (ver Anexo).
Al respecto, se identificaron algunos aspectos que considera relevantes poner en la discusión pública, siempre con miras a contribuir al cumplimiento de la protección ambiental del derecho humano al medio ambiente sano, el derecho humano al agua y los derechos humanos relacionados con éstos.
De entrada, se modifican el nivel de control sobre las concesiones y la protección de las cuencas hidrológicas, pasando de la Veda, donde no se permiten concesiones, a la Reserva, donde se protege una parte del agua de la cuenca para usos urbanos y de protección al ambiente, y la otra parte se libera para concesiones.
Para Cemda, las principales preocupaciones en torno a esto son: Es posible que los decretos de referencia no hayan sido expedidos con la mejor y más actualizada información científica disponible.
Durante el proceso para realizar dichas modificaciones se cometieron anormalidades en el proceso de mejora regulatoria de los Decretos.
En el proceso de implementación de los Decretos, es posible que se favorezcan usos del agua que no necesariamente son los más sustentables, así como que se propicie el acaparamiento del recurso en algunos pocos concesionarios, dado que se otorgará la concesión conforme al orden de presentación establecido en la Ley de Aguas Nacionales. Esto constituye un problema toda vez que, en la práctica, el otorgamiento y cumplimiento de concesiones no siempre atiende a los principios de equidad y sustentabilidad.
Los Decretos emitidos afectan los derechos humanos de los pueblos indígenas puesto que no fueron informados ni consultados, ni se estableció medida alguna para respetar su autonomía y su territorio.
Derechos Zonas de Reserva de Agua CEMDA by Pedro Mentado on Scribd
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