En la nueva ley, la CFE sería simple operadora de las empresas privadas
Enrique Méndez
Periódico La Jornada
Lunes 16 de junio de 2014, p. 5
Lunes 16 de junio de 2014, p. 5
La ley de la industria eléctrica reducirá a la
Comisión Federal de Electricidad (CFE) a simple operadora, ya que las
empresas privadas se encargarán de la generación, distribución y venta
de energía eléctrica, con lo cual se reforzará la presencia que ya
tienen las trasnacionales en el país y en los hechos permitirá que se
constituyan monopolios regionales de producción.
Un análisis del grupo parlamentario del partido Movimiento Ciudadano
en la Cámara de Diputados resalta que se trata del desmantelamiento de
la paraestatal y se da paso a la privatización de la industria eléctrica
nacional.La redacción de la iniciativa del presidente Enrique Peña Nieto, explicó el vicecoordinador de la bancada, Ricardo Mejía Berdeja, apunta en ese sentido, particularmente los artículos 8 y 9, que señalan: ‘‘La generación, transmisión, distribución, comercialización y la proveeduría de insumos primarios para la industria eléctrica se realizarán de manera independiente entre ellas y bajo condiciones de estricta separación legal; de la misma manera, se separarán el suministro de servicios básicos y las otras modalidades de comercialización.
‘‘Sin perjuicio de las facultades que correspondan a la Comisión Federal de Competencia en el ámbito de sus atribuciones, la secretaría (de Energía) establecerá los términos de estricta separación legal que se requieran para fomentar el acceso abierto y la operación eficiente del sector eléctrico y vigilará su cumplimiento’’.
También indica que cuando a juicio de la dependencia ‘‘la separación legal sea insuficiente para fomentar el acceso abierto o la operación eficiente del sector eléctrico, la secretaría ordenará la desincorporación de activos, derechos, partes sociales o acciones’’.
Mejía Berdeja explicó que esa definición ‘‘condena a la CFE a la fractura, separación y disgregación de sus activos, quedando convertida, en el mejor de los casos, en un holding que administrará una multitud de subsidiarias y filiales’’.
La legislación, agregó, también le otorga a la Secretaría de Energía facultades para atomizar y privatizar el parque de generación de la CFE, argumentando la operación eficiente del sector, lo que deja a la empresa en total estado de indefensión.
También, expuso, aunque se considera la integración vertical
de generadores y comercializadores, se quiere facultar a Energía para
impedir esa integración en el caso de la CFE. ‘‘Aflora claramente uno de
los objetivos ocultos de la ley: hacer de la electricidad un negocio
exclusivamente para los generadores privados’’, afirmó.
Por si fuera poco, plantea en el artículo 30 que el Estado, a través de la Secretaría de Energía, transportistas o distribuidores, podrá formar asociaciones o celebrar contratos con particulares para que lleven a cabo, por cuenta de la nación, el financiamiento, instalación, mantenimiento, gestión, operación y ampliación de la infraestructura necesaria para prestar el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica, y que la adjudicación de las asociaciones y contratos se realizará a través de ‘‘procesos competitivos’’.
Esa redacción tiene cuatro implicaciones:
–Que la transmisión y distribución podrían llevarse a cabo a través de empresas públicas o privadas, una situación similar al caso a las asignaciones y contratos en hidrocarburos.
–Que cuando el Estado actúe a través de particulares tendría que celebrarse una asociación o un contrato.
–También, que las empresas podrán celebrar asociaciones o contratos directamente con la Secretaría de Energía, con CFE-Transmisión, CFE-Distribución o con las empresas públicas que se encarguen de esas actividades.
–La iniciativa permite privatizar funciones que le corresponden de manera exclusiva al Estado.
El artículo 31 considera que la Secretaría de Energía estaría facultada para imponerle a CFE y a cualquier empresa pública la celebración de asociaciones o contratos para que particulares operen las redes públicas.
Fuente
Por si fuera poco, plantea en el artículo 30 que el Estado, a través de la Secretaría de Energía, transportistas o distribuidores, podrá formar asociaciones o celebrar contratos con particulares para que lleven a cabo, por cuenta de la nación, el financiamiento, instalación, mantenimiento, gestión, operación y ampliación de la infraestructura necesaria para prestar el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica, y que la adjudicación de las asociaciones y contratos se realizará a través de ‘‘procesos competitivos’’.
Esa redacción tiene cuatro implicaciones:
–Que la transmisión y distribución podrían llevarse a cabo a través de empresas públicas o privadas, una situación similar al caso a las asignaciones y contratos en hidrocarburos.
–Que cuando el Estado actúe a través de particulares tendría que celebrarse una asociación o un contrato.
–También, que las empresas podrán celebrar asociaciones o contratos directamente con la Secretaría de Energía, con CFE-Transmisión, CFE-Distribución o con las empresas públicas que se encarguen de esas actividades.
–La iniciativa permite privatizar funciones que le corresponden de manera exclusiva al Estado.
El artículo 31 considera que la Secretaría de Energía estaría facultada para imponerle a CFE y a cualquier empresa pública la celebración de asociaciones o contratos para que particulares operen las redes públicas.
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