En México es casi una Misión Imposible Logarlo CONSTITUIR SINDICATOS ES UN DERECHO
Lic. Eduardo Díaz Reguera
colaborador de Frecuencia Laboral
En nuestro país, la constitución de un
sindicato, de obreros, como de patrones, no ofrece mayor complejidad
legal, pues basta cumplir con los requisitos siguientes: Acta
Constitutiva (a veces la existencia de una convocatoria previa),
aprobación de Estatutos, Elección de su Representación (Comité
Ejecutivo, Directivo u otro semejante), Padrón de Socios (nombres,
domicilios, categoría, edad, etc.), pues es un derecho que no se
requiere autorización previa.
De parte del Estado, es decir del Gobierno,
sea Federal o Estatal, este derecho, dicen, lo garantizan, pero es de
dientes para afuera, pues existe un total control de los sindicatos por
parte de los gobiernos, llámense Priistas, Panistas, Perredistas,
etc.Además, de la carencia de una política laboral que promueva y
garantice los derechos de los trabajadores
. Su temor, es que estos se organicen de
manera independiente y prefieren mantenerse en contubernio con los
sindicatos oficialistas y charros, para estar “legitimados”.
La
práctica, en la política laboral de los gobiernos, es que no haya más
sindicatos a los existentes y que no puedan controlar, de ahí que, en el
caso de las juntas, para determinar otorgar un registro, son los mismos
sindicatos oficialistas que se encuentran como “representantes” de los
trabajadores de manera tripartita, encargados de negar ese derecho.
En el caso de los Tribunales Federal y
Estatales, son las propias autoridades quienes directamente se encargan
de negar los registros independientes.
El
Artículo 360 de la Ley Federal del Trabajo, tipifica 5 a los Sindicatos
en: Gremiales, trabajadores de una misma profesión, oficio y
especialidad; De empresa, de una misma empresa; Industriales, de una
rama industrial en dos o más empresas; Nacionales de Industria, en una o
más empresa de la misma rama, instaladas en dos o más Entidades
Federativa; y de Oficios Varios, trabajadores de diversas profesiones y
solo podrán constituirse cuando en el municipio de que se trate, el
número de trabajadores de una misma profesión sea menor de veinte.
Existe otro tipo de clasificación, en:
Charros, Colaboracionistas o Amarillos, Patronales o Blancos,
Independientes o democráticos o rojos, de acuerdo a su ideología y
actuación. Pero la mayoría de los trabajadores en México, ni siquiera se
encuentran organizados y apenas los que lo están de manera
independiente, se encuentran atomizados en sus respectivas empresas,
industrias o radio de acción, que los limita a un actuar para la
transformación democrática del país.
¿Como revertir esta situación, que puedan
existir sindicatos verdaderamente democráticos, independientes que
transformen la política, la economía y el derecho en México?
Consideramos que es un problema que los
propios trabajadores, obreros, empleados, maestros, científicos, tenemos
que resolver, elevando nuestro nivel de conciencia y determinemos
conformar una organización de carácter nacional, que destruya las
barreras ideológicas en las que nos tienen las democracias que basan su
poder en el ejercicio de una representatividad electorera y partidista,
para ser votados en las elecciones, promovidas por ellos mismos, para su
legitimación y perpetuidad en el poder.
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