Padecimiento 162: Incluirán estrés laboral en la tabla de enfermedades del trabajo
De acuerdo con el IMSS, 75% de la población
padece fatiga por estrés laboral en México; los diputados analizarán la
opción de reconocerlo como enfermedad en la Ley Federal del Trabajo.
La propuesta de reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) fue presentada por el Congreso de la Ciudad de México ante la Cámara Baja. Con ella también se pretende que en la legislación quede asentada la obligación de las empresas a cumplir con la Norma Oficial 035, sobre los factores de riesgo psicosocial en el trabajo.
El 13 de diciembre del 2019, el pleno
del Congreso capitalino aprobó llevar esta iniciativa a San Lázaro.
Debido a que lo que proponen es una modificación a una ley federal,
dicha Cámara es la facultada para hacerlo. La minuta se recibió este
jueves 6 de febrero y fue turnada a la Comisión de Trabajo y Previsión
Social para su dictamen.
Además, se añadiría otra fracción al artículo 132 de la LFT, el que habla sobre las obligaciones de los patrones. De aprobarse quedaría estipulado que los trabajadores deben ser valorados por un médico especialista, utilizando la Escala de Estrés Laboral de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), y de la organización Mundial de la Salud (OMS). En caso de hallar que se encuentra bajo estrés, se le deberá otorgar una incapacidad laboral, “durante el tiempo que considere, hasta la total recuperación del trabajador”.
El proyecto de reforma incluye también multas para las empresas que no atiendan los casos de estrés laboral, las cuales van de 250 a 5,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA), es decir, sanciones de hasta 434,000 pesos.
En México, 75% de la población padece fatiga por estrés laboral, de acuerdo con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Ese porcentaje supera el de países como China y Estados Unidos.
En mayo del 2019, la OMS incluyó el desgaste profesional, también conocido como burnout, en la Clasificación Internacional de Enfermedades y Problemas de Salud Conexos. El listado actualizado entrará en vigor el 1 de enero de 2022. A partir de esa fecha los Estados miembro, entre ellos México, deberá adecuar sus leyes para también incluirlo.
Fuente
Escrito por:
Blanca Juárez
Diversos estudios “afirman que existe una
clara y definitiva relación entre quienes tienen empleos demandantes, y
con poco control sobre ellos, y la posibilidad de sufrir un infarto
cerebral”. La probabilidad puede ser de hasta 58%, según una iniciativa
que discutirá la Cámara de Diputados para incluir al estrés laboral como una enfermedad del trabajo.La propuesta de reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) fue presentada por el Congreso de la Ciudad de México ante la Cámara Baja. Con ella también se pretende que en la legislación quede asentada la obligación de las empresas a cumplir con la Norma Oficial 035, sobre los factores de riesgo psicosocial en el trabajo.
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Detalles de la propuesta
La iniciativa plantea agregar un padecimiento más a la Tabla de Enfermedades del Trabajo contemplada en la LFT, “162. Estrés laboral” y renovar la lista de incapacidades permanentes por riesgo laboral.Además, se añadiría otra fracción al artículo 132 de la LFT, el que habla sobre las obligaciones de los patrones. De aprobarse quedaría estipulado que los trabajadores deben ser valorados por un médico especialista, utilizando la Escala de Estrés Laboral de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), y de la organización Mundial de la Salud (OMS). En caso de hallar que se encuentra bajo estrés, se le deberá otorgar una incapacidad laboral, “durante el tiempo que considere, hasta la total recuperación del trabajador”.
El proyecto de reforma incluye también multas para las empresas que no atiendan los casos de estrés laboral, las cuales van de 250 a 5,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA), es decir, sanciones de hasta 434,000 pesos.
En México, 75% de la población padece fatiga por estrés laboral, de acuerdo con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Ese porcentaje supera el de países como China y Estados Unidos.
En mayo del 2019, la OMS incluyó el desgaste profesional, también conocido como burnout, en la Clasificación Internacional de Enfermedades y Problemas de Salud Conexos. El listado actualizado entrará en vigor el 1 de enero de 2022. A partir de esa fecha los Estados miembro, entre ellos México, deberá adecuar sus leyes para también incluirlo.
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