Zedillo: de la inmunidad a la impunidad
Conmemoración de la matanza de Acteal.
Foto: Octavio Gómez.
Foto: Octavio Gómez.
WASHINGTON (Proceso).- El equipo de abogados que representa en Estados Unidos a los familiares de las víctimas de la matanza de Acteal exigió a la Corte Federal de Connecticut desechar la recomendación de inmunidad para Ernesto Zedillo, pues asegura que el gobierno de Barack Obama fue engañado para proponer esa excepción judicial al expresidente mexicano.
“Toda la evidencia indica que el Departamento de Estado fue grotescamente engañado en la petición de inmunidad y que carece de la información para sustentar su propuesta”, sostienen los abogados defensores en un documento presentado el viernes 7 ante la Corte Federal de Connecticut.
“A la luz de esta nueva evidencia (…) los demandantes solicitan a esta Corte: Mantener los procedimientos de la demanda civil (contra Zedillo) hasta que se conozca el decreto final de la solicitud de amparo en las cortes mexicanas; solicitar al Departamento de Estado que revise su sugerencia de inmunidad con base en la determinación que tome la corte mexicana; y declarar en este momento que Zedillo no es inmune a esta demanda porque (…) la inmunidad le es negada según la Constitución de México”, destaca el documento de 10 páginas.
El texto –firmado por los abogados Matthew D. Gordon, Roger S. Kobert y Marc C. Pugliese– acusa al todavía embajador de México en Estados Unidos, Arturo Sarukhán; al exsubsecretario de Relaciones Exteriores Julián Ventura y en general a la Cancillería de la administración calderonista de haber engañado al gobierno estadunidense respecto a la supuesta protección que otorga la Constitución de México a los expresidentes del país.
“Zedillo fracasa en su intento de cambiar estas simples verdades: Que la Constitución mexicana de 1917 niega la inmunidad para cualquier presidente, incluido Zedillo, una vez que concluya su mandato; que una Corte Federal en México ha suspendido la tramposa petición de inmunidad para Zedillo hecha por el embajador mexicano (Sarukhán); y que nuestras cortes federales nunca adoptan automáticamente lo que argumenta el Departamento de Estado”, dice el documento entregado por los abogados estadunidenses y del que Proceso tiene copia.
El equipo legal también entregó copia de la demanda de amparo (contra el pedido de inmunidad) que se presentó el 22 de octubre de 2012 ante el Juzgado Decimosexto en Materia Administrativa en el Distrito Federal.
Las trampas de Sarukhán
Al cumplirse este 22 de diciembre 15 años de la matanza de 45 tzotziles en la población de Acteal, municipio de Chenalhó, Chiapas, los abogados de los familiares de las víctimas indican que el gobierno de Obama, de forma irresponsable y con sustento en los dichos de Sarukhán, Ventura y del gobierno de Calderón, el pasado 7 de septiembre recomendó a la Corte Federal de Connecticut otorgar inmunidad a Zedillo y desechar la demanda de la que es sujeto.
Numerosas investigaciones independientes, tesis académicas e incluso informes de organismos de derechos humanos han concluido unánimemente que la matanza de Acteal fue un crimen de Estado.
Gordon, Kobert y Pugliese le aclaran a la corte en Connecticut que en la “nota diplomática 07654” que Sarukhán envió al Departamento de Estado el 4 de noviembre de 2011; el diplomático ocultó a Washington las limitaciones constitucionales mexicanas sobre la inmunidad de los expresidentes.
La mentira de Sarukhán al gobierno de Estados Unidos, según la demanda de amparo, fue deliberada para “hacer valer ante instancias internacionales la inmunidad diplomática” que Calderón pretendió garantizar para Zedillo.
Los tres abogados le explican la corte que Zedillo ha guardado silencio ante la demanda de amparo que las víctimas de Acteal presentaron en México para solicitar la nulidad de la inmunidad diplomática.
“Con su silencio Zedillo concede que la Constitución mexicana claramente rechaza su inmunidad”, puntualizan los abogados.
Respecto a la recomendación que hizo el Departamento de Estado para otorgarle inmunidad a Zedillo y con ello anular la demanda civil –por violación a los derechos humanos– que en su contra presentaron las víctimas de Acteal en Connecticut, el documento destaca que este privilegio diplomático antes de ser emitido debe ser analizado minuciosamente para tener la garantía de que se sustenta en los decretos constitucionales del país extranjero al que pertenece el potencial beneficiado.
Los abogados le hacen notar a la corte que la Constitución mexicana en sus artículos 108 y 111 establece que el presidente de la República goza de inmunidad durante su mandato, excepto en caso de que traicione “a la patria” o cometa crímenes graves.
Esta determinación constitucional se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de 1917. Respaldados en el contenido del artículo 111, Gordon, Kobert y Pugliese insisten ante la corte que “la Constitución mexicana guarda un perfecto silencio sobre el derecho de inmunidad para un presidente al concluir su mandato bajo la interpretación jurídica expressio unius est exclusio alterius (expresar un cosa implica excluir las otras)”.
(Extracto del reportaje que se publica en Proceso 1885, ya en circulación)
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