Entrega de soberanía las reformas a los artículos 27 y 28
Toque Crítico
Martín Esparza Flores
Es insoslayable exponer al país a un
análisis comparativo entre lo actualmente contemplado en los párrafos
sexto del artículo 27 constitucional y cuarto del artículo 28, en
relación con los cambios propuestos a los mismos en la reforma
energética del PRI, para que los mexicanos conozcan a detalle, y sin los
artilugios oficiales, el impacto negativo que su eventual aprobación
tendrá en nuestra soberanía económica.
Actualmente el párrafo sexto del 27
establece: “En los casos a que se refieren los dos párrafos anteriores,
el dominio de la nación es inalienable e imprescriptible y la
explotación, el uso o el aprovechamiento de los recursos de que se
trata, por los particulares o por sociedades constituidas conforme a las
leyes mexicanas, no podrá realizarse sino mediante concesiones
otorgadas por el Ejecutivo Federal, de acuerdo con las reglas y
condiciones que establezcan las leyes. Las normas legales relativas a
obras o trabajos de explotación de de los minerales y sustancias a que
se refiere el párrafo cuarto, regularán la ejecución y comprobación de
los que se efectúen o deban efectuarse a partir de su vigencia,
independientemente de la fecha de otorgamiento de la concesiones, y su
inobservancia dará lugar a la cancelación de estas. El Gobierno Federal
tiene la facultad de establecer reservas nacionales y suprimirlas. Las
declaratorias correspondientes se harán por el Ejecutivo en los casos y
condiciones que las leyes prevean. Tratándose del petróleo y de los
carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos o de minerales
radioactivos, no se otorgarán concesiones ni contratos, ni subsistirán
los que en su caso se hayan otorgado y la nación llevará a cabo la
explotación de esos productos, en los términos que señale la ley
respectiva. Corresponde exclusivamente a la nación generar, conducir,
transformar, distribuir y abastecer energía eléctrica que tenga por
objeto la prestación del servicio público. En esta materia no se
otorgarán concesiones a los particulares y la nación aprovechará los
bienes y recursos naturales que se requieran para dichos fines”.
La propuesta priista sugiere: “En los
casos a que se refieren los dos párrafos anteriores, el dominio de la
nación es inalienable e imprescriptible y la explotación, el uso o el
aprovechamiento de los recursos de que se trata, por los particulares o
por sociedades constituidas conforme a las leyes mexicanas, no podrá
realizarse sino mediante concesiones, otorgadas por el Ejecutivo
Federal, de acuerdo con las reglas y condiciones que establezcan las
leyes, salvo en radiodifusión y telecomunicaciones, que serán otorgadas por el Instituto Federal de Telecomunicaciones.
Las normas legales relativas a obras o trabajos de explotación de los
minerales y substancias a que se refiere el párrafo cuarto, regularán la
ejecución y comprobación de los que se efectúen o deban efectuarse a
partir de su vigencia, independientemente de la fecha de otorgamiento de
las concesiones, y su inobservancia dará lugar a la cancelación de
éstas. No se otorgarán concesiones ni contratos respecto de minerales radioactivos.
El Gobierno Federal tiene la facultad de establecer reservas nacionales
y suprimirlas. Las declaratorias correspondientes se harán por el
Ejecutivo en los casos y condiciones que las leyes prevean. Tratándose
del petróleo y de los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos
no se expedirán concesiones y la Ley Reglamentaria respectiva
determinará la forma en que la Nación llevará a cabo las explotaciones
de esos productos. Corresponde exclusivamente a la Nación el control del
sistema eléctrico nacional, así como el servicio público de transmisión
y distribución de energía eléctrica; en dichas actividades no se
otorgarán concesiones, sin perjuicio de que el Estado pueda celebrar
contratos con particulares en los términos que establezcan las leyes,
mismas que determinarán la forma en que podrán participar en las demás
actividades de la industria eléctrica”.
El párrafo cuarto del 28, señala: “No
constituirán monopolios las funciones que el Estado ejerza de manera
exclusiva en las siguientes áreas estratégicas: correos, telégrafos y
radiotelegrafía; petróleo y los demás hidrocarburos; petroquímica
básica; minerales radioactivos y generación de energía nuclear;
electricidad y las actividades que expresamente señalen las leyes que
expida el Congreso de la Unión. La Comunicación vía satélite y los
ferrocarriles son áreas prioritarias para el desarrollo nacional en los
términos del artículo 25 de esta Constitución; el Estado al ejercer en
ellas su rectoría, protegerá la seguridad y la soberanía de la nación, y
al otorgar concesiones o permisos mantendrá o establecerá el dominio de
las respectivas vías de comunicación de acuerdo a las leyes en la
materia”.
El PRI busca las siguientes
modificaciones: “No constituirán monopolios las funciones que el Estado
ejerza de manera exclusiva en las siguientes áreas estratégicas:
correos, telégrafos y radiotelegrafía; minerales radioactivos y
generación de energía nuclear; y las actividades que expresamente
señalen las leyes que expida el Congreso de la Unión. La comunicación
vía satélite y los ferrocarriles son áreas prioritarias para el
desarrollo nacional en los términos del artículo 25 de esta
Constitución; el Estado al ejercer en ellas su rectoría, protegerá la
seguridad y la soberanía de la Nación, y al otorgar concesiones o
permisos mantendrá o establecerá el dominio de las respectivas vías de
comunicación de acuerdo con las leyes de la materia. Tratándose de
electricidad, petróleo y demás hidrocarburos, se estará a lo dispuesto
por el artículo 27 párrafo sexto de esta Constitución”.
Como se aprecia, el artículo 27
establece con claridad las actividades exclusivas del Estado para la
explotación de sus recursos naturales, y el 28, la salvaguarda de las
áreas estratégicas de la economía; difícilmente puede argumentarse que
las pretendidas modificaciones no constituyen una entrega del sector
energético al capital privado, sobre todo a las trasnacionales. El país
debe estar consciente que no se requiere una reforma constitucional para
sacar adelante a Pemex y a la CFE, sino únicamente cumplir con lo
mandatado en la Carta Magna con una visión nacionalista del actual
gobierno federal, a través de funcionarios honestos. Por el bien de la
nación, ésa es la clave.
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