Comunidades indígenas en resistencia logran frenar millonarios proyectos energéticos

Alfredo Méndez
 
Periódico La Jornada
Lunes 18 de julio de 2016, p. 4
Un caudal de suspensiones en vía de amparo concedidas en unos 15 juicios abiertos por comunidaades indígenas en resistencia mantiene detenidos proyectos de inversión energética, principalmente en materia eléctrica, por al menos 22 mil millones de pesos.
Registros electrónicos de diversos juzgados federales consultados por La Jornada (entre ellos el primero, segundo y cuarto de Oaxaca; el tercero, quinto, séptimo, decimosegundo y decimotercero del estado de México; el primero y cuarto de Puebla, y el segundo de distrito en Veracruz) confirman que comunidades indígenas, así como grupos de ejidatarios y comuneros, han logrado evitar la consumación de los proyectos de inversión.
Entre los casos más emblemáticos está la construcción del megaparque de Eólica del Sur, en el Istmo de Tehuantepec, en Oaxaca, que lleva cuatro años de retraso porque un grupo de ejidatarios logró demostrar que no se han respetado leyes ambientales ni derechos humanos de pueblos indígenas, por lo que un posible amparo puede echar abajo este proyecto de 396 megavatios de capacidad y 14 mil 454 millones de pesos de inversión.
Otros dos parques hidroeléctricos detenidos por orden de jueces federales bajo las mismos conceptos de violación de derechos indígenas están ubicados en Veracruz y Puebla, y representan inversiones por otros 6 mil millones de pesos.
El argumento para la solicitud de estos amparos está sustentado en términos de derechos humanos en materia indígena, derecho ambiental y otros más con base en el derecho agrario.
Otomíes afectados
Un caso similar de este tipo de amparos en que se invocan derechos indígenas es el que mantiene paralizadas las obras de la autopista Toluca-Naucalpan, a la que se opone una minoría de los 882 comuneros del poblado de San Francisco Xochicuautla y del barrio La Concepción, y la mayoría de los 15 mil habitantes de los dos poblados indígenas otomíes afectados.
José Antonio Lara Duque, coordinador general del Centro de Derechos Humanos Zeferino Ladrillero, quien junto con otros organismos no gubernamentales asesora legalmente a pobladores indígenas de varios estados que se oponen a proyectos de infraestructura energética y de comunicación terrestre, explicó en qué consisten y cuál es el sustento de derechos humanos de estos amparos que van en contra de los alcances de la reforma energética y de otras del presidente Enrique Peña Nieto.
Según el representante legal de pueblos indígenas, los amparos de fondo no son por cuestiones de derecho agrario, sino de derechos indígenas tutelados por el artículo 1 y 2 de la Constitución, así como por diversos tratados internacionales firmados y ratificados por el Estado mexicano.
De aquí a los próximos 15 años el tema de derechos indígenas va a ser el debate en muchos tribunales del país. Estarán en choque los derechos indígenas, que son garantías colectivas e individuales, frente a los derechos económicos de los empresarios y sus grandes inversiones, sobre todo energéticas, sostuvo Lara Duque.
Explicó que “los megaproyectos que están pensados para nuestro país, en términos de las reformas económicas de Peña Nieto, pasan sobre todo por territorios indígenas.
“De ahí que la siguiente fórmula cobre mucho poderío: todo indígena es campesino, pero no todo campesino es indígena. Es decir, algunos territorios son estrictamente campesinos y no hay aplicación de derecho indígena, pero cuando los gobiernos federal o estatales quieran expropiar territorios indígenas para la perforación por el método de fracking, la minería, la construcción de hidroeléctricas o el gasoducto Puebla-Morelos-Tlaxcala, las autoridades y los empresarios se van a topar con un gran muro.
El derecho indígena tiene tanto valor como los derechos agrarios (de los ejidatarios y comuneros) o los económicos de los empresarios. Serán debates de ponderación de derechos que terminarán en la Suprema Corte de Justicia de la Nación y en la Corte Interamericana de Derechos Humanos, puntualizó el litigante.
Añadió que antes del desarrollo de cualquier proyecto de inversión en materia energética, el gobierno federal y los inversionistas están obligados en términos del artículo 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) a realizar un proceso de consulta, para recibir el aval de las comunidades indígenas.
En el caso del megaparque de Eólica del Sur, en el Istmo de Tehuantepec, los comuneros de Juchitán y El Espinal sostienen en sus demandas de amparo que los pueblos indígenas no fueron debidamente consultados para la construcción, la cual pretende electrificar negocios del consorcio Femsa.
Las comunidades que han presentado los amparos argumentaron daños ambientales y que no se realizaron consultas en los ejidos.
Los nuevos lineamientos de la reforma en la materia obligan a la Secretaría de Energía a realizar una consulta previa libre e informada en las comunidades, con base en los lineamientos de la OIT.
El debate continúa en los juzgados y tribunales federales y en los próximos meses llegará a la Suprema Corte de Justicia.
 
 
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