Cómo calcular el aguinaldo de las trabajadoras del hogar
Los
empleadores están obligados a pagar esta prestación antes del 20 de
diciembre. De no hacerlo, podrían hacerse acreedores a multas de hasta
42,000 pesos.
Antes del próximo 20 de diciembre, más de 2.4 millones de empleadas del hogar deberán recibir su aguinaldo. El pago es monetario y en una sola exhibición, no en especie ni en varias entregas.
Las multas para quienes no paguen el aguinaldo a las empleadas podrían ir de 50 a 500 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente equivale a 84.49 pesos. Es decir, las sanciones podrían ser de hasta 42,000 pesos.
El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) ya contemplaba la obligación de los empleadores de pagar esta prestación. Pero con la reforma de julio pasado, los legisladores reconocieron explícitamente este derecho de las trabajadoras del hogar en el artículo 334 Bis de dicho marco legal.
Sin embargo, sólo una de cada 10 trabajadoras cuenta con una o más prestaciones laborales, como el aguinaldo, de acuerdo con la última Encuesta Nacional de Discriminación (Enadis). Las jóvenes son a quienes menos les pagan esa retribución obligatoria.
La Enadis también señala que casi la mitad de las trabajadoras del hogar considera la falta de prestaciones laborales como una de las principales discriminaciones que padecen.
El pago del aguinaldo es independiente de si el empleador ya inscribió a su colaboradora en el programa piloto del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Desde abril pasado, el organismo inició un esquema para afiliar a las trabajadoras que laboran en los hogares de otras personas.
Ese programa sigue siendo voluntario. Pero la meta es que, a más tardar el 1 de abril del 2021 el régimen de aseguramiento sea obligatorio. De acuerdo con datos del IMSS, el salario promedio de los 13,500 trabajadores afiliados actualmente bajo esta modalidad es de 4,679 pesos.
Lápiz y papel para calcularlo
De acuerdo con el artículo 87 de la LFT, si la empleada lleva un año trabajando en ese hogar, tiene derecho a 15 días de salario como aguinaldo. El sueldo que se usa para hacer el cálculo total es el que le dan cada vez que va a trabajar, o el que se le otorga de forma fija, en caso de que sea una empleada de planta.La Guía de Apoyo para Empleadoras hacia un Trabajo Digno indica que, si por ejemplo, la trabajadora gana 5,000 pesos al mes y trabajó 12 meses, le corresponden 2,500 pesos de aguinaldo, pues es la suma del salario de 15 días.
Ejemplo para una trabajadora de planta:
• 5,000 pesos / 30 días = 166.66 pesos es el salario diario.
• 166.66 pesos de salario diario x 15 días correspondientes de aguinaldo = 2,499.90 pesos.
• La trabajadora recibirá 2,499.90 pesos por concepto de aguinaldo.
La LFT también indica que, si no han cumplido el año de servicios, “independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional”.
Para calcular la parte proporcional se multiplica el salario diario por 15 días de aguinaldo. Lo que resulte se divide entre los 365 días del año. Ese resultado se multiplica por el equivalente al número de meses laborados y eso es lo que la parte patronal debe pagar.
Ejemplo para una trabajadora de planta que laboró seis meses (180 días):
• 5,000 pesos / 30 días = 166.66 pesos es el salario diario.
• 166.66 pesos de salario diario x 15 días correspondientes de aguinaldo = 2,499.90 pesos.
• 2,499.90 pesos / 365 días = 6.84 pesos.
• 6.84 pesos se multiplican por 180 días laborados = 1,231.20 pesos.
• La trabajadora recibirá 1,231.20 pesos por concepto de aguinaldo tras laborar 180 días.
De acuerdo con el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, el aguinaldo se paga en moneda de curso legal, en días y horas hábiles y dentro del establecimiento donde labore la trabajadora.
Recuerda que “no se permite pagar con mercancías, vales, fichas u otros con los que se pretenda sustituir la moneda”. Asimismo, el aguinaldo es un derecho irrenunciable y una prestación laboral independiente de las demás prestaciones legales o contractuales en favor de los trabajadores.
Para trabajadoras de entrada por salida.
De acuerdo con el Sindicato Nacional de Trabajadores y Trabajadoras del Hogar y con la organización de empleadores Hogar Justo Hogar, en el caso de trabajadoras domésticas de entrada por salida, el cálculo se basará en los días que trabaja cada mes, por cada patrón.
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