EL SALARIO MÍNIMO ES INCONSTITUCIONAL
*El Presidente de la comisión que autorizó el micro aumento gana MIL 480 salarios mínimos.
Por Carlos Guillén Soriano,
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Por Carlos Guillén Soriano,
Como si fuera un gran avance en la
recuperación salarial, el pasado 21 de noviembre del 2017 la Comisión
Nacional de Salarios Mínimos (CONASAMI) anunció el incremento de 10.39
por ciento en ese mini ingreso. El problema es que esa resolución está
muy lejos de cumplir con la definición salarial que establece la
Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos, que señala que l os
salarios mínimos generales deberán ser suficientes para satisfacer las
necesidades normales de un jefe de familia, en el orden material, social
y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de los hijos.
En cambio el presidente de la CONASAMI
percibe mensualmente un ingreso neto de 119 mil 141 pesos, a lo que se
debe sumar el uso de vehículos, telefonía y personal a su servicio al
menos (es difícil pensar que el personal de esta dependencia esté al
servicio del mejoramiento del salario) por una actividad que deje mucho
que desear. En otras palabras, un solo funcionario, el responsable de
fijar el salario mínimo, gana más o menos lo que mil doscientos
trabajadores.
Con 5 pesos que se aplican como Monto Independiente de Recuperación a partir de diciembre de 2017 el
salario mínimo será de 85.04 pesos diarios, y con 3.9 por ciento de
aumento que se aplicaría en enero, llegará a 88.36 pesos diarios.
Así, esta dependencia –establecida en la
legislación laboral, con un presupuesto aprobado por la Cámara de
Diputados y el cuerpo de funcionarios correspondiente- pretende
justificar su existencia, pero no sólo no cumple con la Constitución.
Tampoco cumple con la realidad ni siquiera
con la estadística oficial, ya que ésta dice que de 2010 a la fecha el
Indice Nacional de Precios al Consumidor se ha incrementado en 26.08 por
ciento y la inflación anualizada en el pasado octubre de 2017 llegó a
6.37 por ciento.
Por si lo anterior fuera poco, esta comisión,
que por mandato de ley debe fijar los salarios –lo que significaría que
permanentemente hiciera estudios para seguir el comportamiento y las
relaciones de la economía, los precios y salarios- esperó (según su
boletín de prensa) a que el pasado 20 de octubre, el Secretario del
Trabajo y Previsión Social, le enviara por escrito la solicitud de
revisión de los salarios mínimos que le presentaron el Presidente del
Congreso del Trabajo y Secretario General de la Confederación de
Trabajadores de México (CTM) y los Representantes de los Trabajadores
ante la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos.
Resulta entonces que la CONASAMI no parece
conocer sus funciones, no las hace de acuerdo al mandato constitucional
pero en cambio, hace uso de cuantiosos recursos que bien se podrían
destinar a actividades en favor de los trabajadores.
El presidente de la CONASAMI percibe
mensualmente un ingreso neto de 119 mil 141 pesos, a lo que se debe
sumar el uso de vehículos, telefonía y personal a su servicio al menos
(es difícil pensar que el personal de esta dependencia esté al servicio
del mejoramiento del salario) por una actividad que deje mucho que
desear. En otras palabras, un solo funcionario, el responsable de fijar
el salario mínimo, gana más o menos lo que mil doscientos trabajadores.
En realidad, esta dependencia no aporta nada a
la recuperación del salario. Han tenido más repercusiones y atención
pública las reclamaciones de dirigentes sindicales de Canadá, quienes
han pedido reiteradamente que los salarios de los trabajadores de
México, Estados Unidos y Canadá sean justos en los tres países. Estos
reclamos no se escuchan de aquellos que, siendo parte del consejo de
representantes de la CONASAMI (once representantes de trabajadores) deberían trabajar por mejores salarios.
Mención aparte merecen los salarios
contractuales. Estos, según la legislación mexicana, deberían estar
sujetos a la negociación entre trabajadores y patrones. Es conocido que
hay casos en los que algunos patrones estarían dispuestos a otorgar
mejores salarios, pero la política oficial de contención salarial se los
impide, estableciendo topes a los incrementos salariales.
Sólo habrá una verdadera recuperación del
salario si los trabajadores dejan a un lado sus diferencias y luchan
unidos por una política económica distinta, si hacen valer su fuerza y
si son capaces de superar el aislamiento y el inmediatismo. La lucha por
el salario es central, pero para lograr resultados, debe ser una lucha
nacional, de clase.
Terminamos recordando la petición del
sindicalismo democrático de que la CONASAMI debe desaparecer, pues no
sirve para lo que fue creada. En su lugar, debe haber una institución en
la que realmente se tome en cuenta a los trabajadores y que atienda los
temas del salario y la productividad, no a partir de la acumulación de
ganancias para los patrones, sino para activar la economía, para cumplir
con el mandato constitucional en materia de salarios y, sobre todo,
para mejorar las condiciones de vida de quienes generan la riqueza: los
trabajadores del campo y la ciudad.
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