Electricidad en España: Los consumidores pagarán en la tarifa eléctrica lo que por ley correspondía a otros



Galicia, Asturias y Canarias tendrán también suplemento en la tarifa eléctrica - CincoDías.com





Reflexionemos lo que se va a hacer: algunas CCAA, mediante la promulgación de leyes, han establecido tasas y/o impuestos sobre algunas actividades de generación eléctrica, no están armonizadas y cada una de ellas lo han establecido bajo criterios propios, pero todas afectan a las compañías eléctricas, podemos ver en la información que se adjunta los tipos de  leyes:
  • Aprovechamiento hidroeléctrico,
  • Parques eólicos,
  • Producción nuclear y almacenamiento residuos radiactivos,
  • Transporte en alta tensión.
Todas las leyes citadas tienen un denominador común que es: el impacto medio ambiental de esas actividades, responsabilidad que recae en las CCAA, la mayoría de las citadas leyes gozan de cierta antigüedad.
Son impuestos que por su naturaleza debería estar sancionado y perseguido que fueran repercutidos en los precios y que, por lo tanto, fuesen pagados por los consumidores y no por lo destinatario de los mismos, en cualquier caso, correspondería a las autoridades tributarias o de otro tipo velar para que así fuese.
El Gobierno mediante  el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad. En su TÍTULO VII Medidas para la supresión de desajustes entre los costes e ingresos en el sector eléctrico, indica para justificar la medida de:
Las tarifas de peaje se incrementarán en función de los tributos autonómicos establecidos actualmente a las empresas y serán diferentes, por lo tanto, según cada Comunidad, es decir, se rompe el principio de igualdad de precio en todo el mercado, lo siguiente:
 El hecho de gravar las diferentes actividades eléctricas a nivel autonómico podría implicar que el coste adicional que suponen estos tributos para los sujetos que realizan dichas actividades se traslade a todos los consumidores, bien en los costes de las actividades reguladas reconocidos en los peajes de acceso, o bien a través del precio del mercado libre.
Se da por hecho que los tributos son pasados a los consumidores, pero remarca que además se pasan no solo a los de la CCAA afectada, sino a todos los consumidores del Estado Español, y sigue argumentado:
De esta forma, una decisión de este tipo adoptada en el ámbito autonómico afectaría al conjunto de consumidores en el ámbito nacional, en términos que no resultarían justificados.
Con el fin de evitar esta situación, se determina para las Comunidades Autónomas que graven, directa o indirectamente, las actividades o instalaciones destinadas al suministro eléctrico, con tributos propios o recargos sobre los tributos estatales, la obligatoriedad de imponer el suplemento territorial en los peajes de acceso y tarifas de último recurso, debiendo ser abonado por los consumidores ubicados en el ámbito territorial de la respectiva Comunidad Autónoma. Para ello, se modifica el apartado 4 del artículo 17 y el apartado 5 del artículo 18 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre.
Es evidente que ante tal justificación y al  posible fraude de ley que se viene cometiendo, si las compañías eléctricas han venido actuando tal como se indica, deberían actuar las asociaciones que defienden los intereses de los consumidores a intervenir en defensa de los mismos.

Para ahondar más, en el sentido común, hemos encontrado que la legislación autonómica impide que las empresas hagan recaer el coste en los ciudadanos, siendo así, al menos en:

 El artículo 16.2 del Decreto Legislativo 2/2006, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de Tributos Propios señala sin lugar a dudas: “Queda expresamente prohibida la repercusión del presente Impuesto a los consumidores sin que esta prohibición pueda ser alterada mediante pactos o acuerdos en contrario entre las partes”.
No entraría, tampoco en el terreno de la lógica, que tributos que han sido ampliamente criticados por las Compañías Eléctricas, motivado por su impacto económico, resultase ahora que han venido siendo pagado por los consumidores de todo el país, desde luego, de ser así. tal engaño debería ser puesto en conocimiento de quien persigue actuaciones de este tipo.
El RD 20/2012 será mañana 19 de julio debatido y aprobado en el Congreso, es de esperar que el artículo que da cobertura al citado cambio sea enmendado.


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