Nuevas reglas para impartir clases en escuelas normales
Laura Poy Solano
Periódico La Jornada
Viernes 2 de marzo de 2018, p. 33
Viernes 2 de marzo de 2018, p. 33
A excepción de la Universidad Pedagógica Nacional
(UPN), las escuelas normales de Ciudad de México tienen un nuevo marco
normativo para el ingreso, promoción y otorgamiento de estímulo del
personal académico de esas casas de estudio, el cual entró en vigor el
pasado 23 de febrero.
Con el acuerdo secretarial 05/02/18, la Secretaría de Educación
Pública (SEP) derogó el Reglamento Interior de Trabajo del Personal
Académico del Subsistema de Educación Normal, expedido en 1982, y se
crea un nuevo organismo, denominado Comisión Técnica Nacional.Como informó La Jornada, estará integrado por el subsecretario de Educación Superior en turno y diez académicos de instituciones de educación superior. Ocho deberán estar adscritos a escuelas normales y dos podrán ser propuestos por el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación.
Entre sus funciones estará revisar y emitir opinión de proyectos de regulación en materia de ingreso, promoción y estímulos del personal académico que labore en las normales. Podrá determinar la idoneidad y proponer los criterios de evaluación para los procesos de ingresos, cuyas convocatorias serán semestrales. Y podrá establecer los criterios para determinar
lo que en mérito puede ser equivalente a un grado académico.
Las normas, mismas que serán propuestas por la SEP para que se apliquen en las entidades, establece perfiles y una clasificación del personal académico que podrá ser de carrera o de asignatura.
En el primer caso, serán profesores de carrera quienes tengan
una contratación de tiempo completo (40 horas-semana-mes); de tres
cuartos de tiempo (30 horas-semana-mes), y de medio tiempo (20
horas-semana-mes). Y el personal académico de asignatura podrá estar
contratado de una y hasta 19 horas-semana-mes.
El nuevo marco normativo establece las categorías de profesor de Enseñanza Superior e Investigador del Sistema de Educación Normal; maestro de Enseñanza Superior en el Sistema de Educación Normal; profesor de asignatura, técnico docente de enseñanza superior, y técnico docente de asignatura. Cada categoría tendrá varios niveles; habrá tres para el rango de asociado (A, B y C) y tres para el de titular (A, B y C).
Además de establecer las actividades que deberá realizar el personal académico, conforme al tipo de nombramiento que ostente, las normas aprobadas por la SEP señalan que para el ingreso al servicio docente en las escuelas normales se deberá emitir una convocatoria con las plazas de nueva creación o vacantes definitivas, las cuales serán asignadas mediante concurso de oposición.
En caso de que ninguna persona apruebe el concurso, éste deberá declararse desierto, aunque señala que
El nuevo marco normativo establece las categorías de profesor de Enseñanza Superior e Investigador del Sistema de Educación Normal; maestro de Enseñanza Superior en el Sistema de Educación Normal; profesor de asignatura, técnico docente de enseñanza superior, y técnico docente de asignatura. Cada categoría tendrá varios niveles; habrá tres para el rango de asociado (A, B y C) y tres para el de titular (A, B y C).
Además de establecer las actividades que deberá realizar el personal académico, conforme al tipo de nombramiento que ostente, las normas aprobadas por la SEP señalan que para el ingreso al servicio docente en las escuelas normales se deberá emitir una convocatoria con las plazas de nueva creación o vacantes definitivas, las cuales serán asignadas mediante concurso de oposición.
En caso de que ninguna persona apruebe el concurso, éste deberá declararse desierto, aunque señala que
de manera extraordinaria se podrán otorgar nombramientos, por una vez, respecto de la plaza que se concurse, por tiempo fijo y con una duración que no podrá exceder de seis meses, lo anterior, con el fin de
no descuidar el servicio educativoen las normales.
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