El Cenace acatará amparos pero anuncia impugnación
El Cenace aclaró que atenderá lo señalado en las resoluciones en los términos en que fueron emitidas, pero reiteró que hará válido ante las autoridades respectivas la falta de competencia del juez de conocimiento, dado que se trata de un asunto administrativo y no de competencia económica.
“Lo anterior, en virtud de que el Sistema Eléctrico Nacional (SEN), se encuentra fuera de comercio según lo disponen los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución, en concordancia con los artículos 15, 16, 107 y 108 párrafo primero, fracciones I y II de la Ley de la Industria Eléctrica, situación que se reconoce por el juzgador en las resoluciones”, explicó.
También señaló que otorgó la suspensión definitiva sin el conocimiento de la situación técnica, lo cual se demuestra al momento de solicitar en dicha resolución que el Cenace está obligado a rendir un informe técnico en el que de manera detallada se le expliquen cuestiones técnicas que refieran a dicha suspensión.
No obstante, aun desconociendo los alcances técnicos, otorgó la suspensión definitiva sin identificar el impacto al SEN, poniendo en peligro dicho bien público en perjuicio del Estado Mexicano, representado por el Cenace para estos efectos.
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