El Cenace acatará amparos pero anuncia impugnación

El pasado 30 de enero de 2019, la secretaria de Energía, Rocío Nahle, presidió la Sesión Extraordinaria del Consejo de Administración del Centro Nacional de Control de Energía. Foto: Cenace El pasado 30 de enero de 2019, la secretaria de Energía, Rocío Nahle, presidió la Sesión Extraordinaria del Consejo de Administración del Centro Nacional de Control de Energía. Foto: Cenace
CIUDAD DE MÉXICO (apro).—El Centro Nacional de Control de Energía (Cenace) advirtió que impugnará las seis resoluciones interlocutorias dictadas en los incidentes de suspensión, emitidas por el Juez Primero de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones,  vinculadas con diversos juicios de amparo promovidos por empresas generadoras de energía eólica y solar.
Dichas resoluciones se derivan de los amparos en contra del Acuerdo para garantizar la eficiencia, Calidad, Confiabilidad, Continuidad y seguridad del Sistema Eléctrico Nacional, con motivo del reconocimiento de la epidemia de enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), que el Cenace publicó a finales de abril en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

El Cenace aclaró que atenderá lo señalado en las resoluciones en los términos en que fueron emitidas, pero reiteró que hará válido ante las autoridades respectivas la falta de competencia del juez de conocimiento, dado que se trata de un asunto administrativo y no de competencia económica.
“Lo anterior, en virtud de que el Sistema Eléctrico Nacional (SEN), se encuentra fuera de comercio según lo disponen los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución, en concordancia con los artículos 15, 16, 107 y 108 párrafo primero, fracciones I y II de la Ley de la Industria Eléctrica, situación que se reconoce por el juzgador en las resoluciones”, explicó.
También señaló que otorgó la suspensión definitiva sin el conocimiento de la situación técnica, lo cual se demuestra al momento de solicitar en dicha resolución que el Cenace está obligado a rendir un informe técnico en el que de manera detallada se le expliquen cuestiones técnicas que refieran a dicha suspensión.
No obstante, aun desconociendo los alcances técnicos, otorgó la suspensión definitiva sin identificar el impacto al SEN, poniendo en peligro dicho bien público en perjuicio del Estado Mexicano, representado por el Cenace para estos efectos.
Finalmente, el organismo informó que se cuenta con evidencia documental que demuestra que en la audiencia incidental del pasado viernes 22 de mayo, el personal del Cenace se condujo conforme a derecho, es decir, respetuosa y apropiadamente en las instalaciones del Poder Judicial.

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