Juez que suspende medidas de confiabilidad sin conocimiento técnico: CENACE
Ciudad de México (Redacción /
Energía Hoy).- El Centro Nacional de Control de Energía (CENACE)
confirma que este lunes 25 de mayo a las 13:30 horas fue notificado de
seis resoluciones interlocutorias dictadas en los incidentes de
suspensión, emitidas por el C. Rodrigo de la Peza López Figueroa, Juez
Primero de Distrito en Materia Administrativa Especializado en
Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con
residencia en la Ciudad de México y Jurisdicción en toda la República
Mexicana, vinculadas con diversos juicios de amparo promovidos por
algunos Generadores contra el “Acuerdo para garantizar la
eficiencia, Calidad, Confiabilidad, Continuidad y seguridad del Sistema
Eléctrico Nacional, con motivo del reconocimiento de la epidemia de
enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)” y su respectivo “Anexo Único” fechado el pasado 29 de abril del año en curso.
Por lo anterior, este organismo público
descentralizado ratifica que atenderá lo señalado en las resoluciones en
los términos en que fueron emitidas, no obstante, se harán valer los
medios de impugnación que la ley le otorga al CENACE.
Asimismo, este organismo reitera que hará
válido ante las autoridades respectivas la falta de competencia del Juez
de conocimiento, dado que se trata de un asunto Administrativo y no de
Competencia Económica.
Lo anterior, en virtud de que el Sistema
Eléctrico Nacional (SEN), se encuentra fuera de comercio según lo
disponen los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución, en concordancia
con los artículos 15, 16, 107 y 108 párrafo primero, fracciones I y II
de la Ley de la Industria Eléctrica, situación que se reconoce por el
juzgador en las resoluciones. También, cabe señalar que otorgó la
suspensión definitiva sin el conocimiento de la situación técnica, lo
cual se demuestra al momento de solicitar en dicha resolución que el
CENACE está obligado a rendir un informe técnico en el que de manera
detallada se le expliquen cuestiones técnicas que refieran a dicha
suspensión. No obstante, aun desconociendo los alcances técnicos, otorgó
la suspensión definitiva sin identificar el impacto al SEN, poniendo en
peligro dicho bien público en perjuicio del Estado Mexicano,
representado por el CENACE para estos efectos.
Finalmente, se informa que se cuenta con
evidencia documental que demuestra que en la audiencia incidental del
pasado viernes 22 de mayo, el personal del CENACE se condujo conforme a
derecho, es decir, respetuosa y apropiadamente en las instalaciones del
Poder Judicial.
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