Desecha la Corte otra controversia contra nuevos contratos de Pemex

Jesús Aranda

Periódico La Jornada
Martes 26 de abril de 2011, p. 22

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó ayer por "notoriamente improcedente" la controversia constitucional presentada por la Cámara de Diputados en contra de la licitación pública internacional emitida por Petróleos Mexicanos (Pemex) para concesionar a la iniciativa privada la exploración y producción de petróleo a través de contratos incentivados de servicios.

El ministro instructor Guillermo I. Ortiz Mayagoitia no admitió la demanda presentada el pasado 15 de abril por los legisladores, la cual cuestiona que se permita a particulares explorar, producir y distribuir hidrocarburos en las áreas de Magallanes, Carrizo y Santuario, en la región sur del estado de Tabasco. Consideró que los diputados "no tienen interés jurídico en el asunto", porque los contratos impugnados "son ajenos a su esfera de competencia, facultades o atribuciones".

Ésta es la segunda decisión de Ortiz Mayagoitia a favor del Ejecutivo federal y de Pemex sobre la constitucionalidad de los contratos incentivados.

La primera fue cuando hace unos días desechó la controversia constitucional que presentaron cinco municipios de Tabasco en contra de la licitación "pública internacional abierta 18575062-512-11" (publicada el primero de marzo en el Diario Oficial de la Federación), en la que los ayuntamientos denunciaron la inconstitucionalidad de los contratos, porque dejan a la iniciativa privada parte de la renta petrolera nacional, lo que afecta el monto de las participaciones federales a los ayuntamientos. Ortiz consideró que los ayuntamientos tampoco tienen interés legítimo.

En el acuerdo que desecha la demanda de los legisladores, Ortiz Mayagoitia desestimó, entre otras cosas, que la licitación represente una "sustitución o suplantación" de Pemex, contraria al artículo 28 constitucional. O que Pemex ceda a los contratistas "la planeación, organización y operación de las actividades petroleras en el área contractual, participando también de la renta petrolera", como denunciaron en su momento los municipios tabasqueños de Cunduacán, Jalapa, Jonuta, Paraíso y Tenosique.

También denunciaron que los contratos violan la disposición de la propia Corte de noviembre pasado –cuando avaló la constitucionalidad del reglamento de Pemex–, en la que definió que los contratos para ser legales "no deberán establecer fórmulas o esquemas que correlacionen el precio del crudo y la remuneración del contratista que tengan como resultado que el pago de los servicios sea una proporción de la renta petrolera".

Entre los argumentos que fueron ignorados por Ortiz Mayagoitia destaca que los contratos impugnados "no son de servicios, sino de riesgo", porque tienen derecho a recibir "un pago monetario de un monto" que, sin ser un porcentaje fijo, sí está basado en el valor real de los hidrocarburos "a precio futuro e incierto", lo que los hace inconstitucionales.

El contratista, subraya la demanda, participa de la renta petrolera "no como un porcentaje directo, pero sí como un resultado final".

Ministro no conocía términos de los contratos: legisladores

Ayer por la mañana los diputados federales Laura Itzel Castillo, Agustín Guerrero y Mario di Constanzo fueron recibidos por el ministro presidente de la Corte, Juan N. Silva Meza, ante quien plantearon su inquietud porque Ortiz Mayagoitia desechó las demandas presentadas por los municipios tabasqueños, sin conocer los "términos y condiciones" de los contratos.

En entrevista, la diputada Castillo –integrante del llamado "gobierno legítimo" de Andrés Manuel López Obrador–, sostuvo que es una irresponsabilidad que Ortiz haya resuelto de esa manera, y recordó que el Ejecutivo federal y Pemex han sido omisos con la demanda formal que hizo el Congreso para que se informara con precisión sobre los "términos y condiciones" contenidos en la licitación.

La legisladora adelantó que ante la actuación del ministro instructor, presentará una demanda de juicio político en su contra.

El reclamo en contra del desechamiento de la demanda de los municipios será resuelto en su momento por la segunda sala de la Corte, al tiempo que se espera que Congreso presente a su vez un recurso de reclamación en contra del desechamiento de su controversia, el cual también será dictaminado por una de las salas del máximo tribunal.


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