Tlatlaya, caso de “ejecución extrajudicial y homicidio calificado”: diputados
19 de enero de 2015
Destacado
La bodega en Tlatlaya donde militares ejecutaron a civiles. Foto: Miguel Dimayuga |
MÉXICO, D.F. (apro).- El grupo de Trabajo de la Cámara de
Diputados que indaga los hechos ocurridos el 30 de junio pasado en el
municipio mexiquense de Tlatlaya –donde murieron 22 personas que
“presuntamente” se habrían enfrentado con militares– coincidió en que se
trató de “una ejecución extrajudicial y homicidio calificado”.
Al dar a conocer el “preinforme”, la presidenta del grupo, la perredista Elena Tapia Fonllem, estableció una serie de conclusiones, aunque aclaró que se trata de puntos “en los que hay consenso” tras diversas reuniones que tuvieron con autoridades, sin embargo, ninguna instancia oficial ha entregado a los legisladores documentación sobre esos hechos.
En el documento de la comisión se destaca:
“Existe consenso de que hubo un uso ilegal, excesivo, desproporcionado de la fuerza y sin los instrumentos de grabación por parte de los elementos militares, en contravención al Manual del Uso de la Fuerza, de aplicación común a las tres Fuerzas Armadas; sin embargo, las acciones letales se pueden definir como ejecución extrajudicial en el ámbito de la violación de derechos humanos y como homicidio calificado en el ámbito penal”.
Y llama la atención que, según el grupo de legisladores que analiza el caso, el número víctimas de ejecución extrajudicial podría pasar de ocho a 15.
Así, “de acuerdo con las diferentes versiones, el número de víctimas de ejecución extrajudicial va desde ocho hasta 15; por tanto, las víctimas de un enfrentamiento armado podrían variar desde siete hasta 14”.
La perredista y presidenta del grupo legislativo establece que no existe una conclusión definitiva, debido a que se alteró la escena de los hechos y se desplazaron los cadáveres “fuera de su posición original”.
Otro punto que llama la atención es que algunas de las víctimas habrían sido secuestradas y, mediante coacción, se les habría llevado a formar parte de un grupo delictivo y estar con ellos al momento del presunto enfrentamiento con elementos del Ejército.
“No se ha podido comprobar que entre los varones asesinados en los hechos existían víctimas de secuestro, pero familiares señalan que ocho de ellos habían sido objeto de amenazas, de coacción o de privación ilegal de la libertad antes de comenzar la comisión de presuntos actos delictivos, por lo que presuntamente habrían podido formar parte de una organización criminal en condiciones de explotación y coacción”.
El extenso documento apunta otros aspectos, entre ellos el que no se tiene información completa “sobre la cadena de mando entre el comandante de la 22 Zona Militar de la Secretaría de la Defensa Nacional y el sargento responsable directo del operativo, ni con elementos que permitan establecer la responsabilidad o no de mandos militares más allá de los ocho elementos que realizaban el patrullaje”.
Tampoco se cuenta con elementos que expliquen cómo se diseñó, operó, autorizó o permitió un patrullaje militar con ocho elementos, cuando lo reglamentario y habitual es que lo integren al menos 12 efectivos.
Además, “existe una línea de investigación diversa, que ubica la autoría intelectual de los hechos en otras personas civiles ajenas al grupo de militares, por lo que la cadena de mando no habría estado implicada en la autorización o en la orden de cometer los homicidios”.
El reporte también destaca que no hay coincidencia en el tiempo transcurrido entre el fin del enfrentamiento y el ingreso de elementos militares a la bodega. Tampoco si quienes entraron en ese momento, tras la rendición, fueron tres o cinco militares.
Por ello, “los familiares de las 22 personas que fueron privadas de la vida pueden legal y legítimamente reclamar una reparación integral que corresponde en términos de la legislación penal, fiscal y demás aplicables.
El grupo legislativo de trabajo recuerda que “la Sedena decidió dar de baja a los elementos del patrullaje del 102 Batallón de Infantería para trasladarlos a instalaciones centrales; se ejerció acción penal sin detenido contra presuntos responsables, y pidió se negara libertad bajo caución al conocerse que existía averiguación previa por parte de PGR. Los procesos por faltas contra la disciplina militar continúan sin menoscabo de los que desarrolla la jurisdicción civil”.
Los diputados también consideran que el haber aceptado la recomendación 21/2014 de la CNDH, por parte de PGR, Sedena y gobierno mexiquense, significa que el Estado reconoce la presencia de actos de tortura, intimidación y alteración de la escena del crimen cometidos por elementos de la Procuraduría de Justicia del Estado de México”.
Fuente
Al dar a conocer el “preinforme”, la presidenta del grupo, la perredista Elena Tapia Fonllem, estableció una serie de conclusiones, aunque aclaró que se trata de puntos “en los que hay consenso” tras diversas reuniones que tuvieron con autoridades, sin embargo, ninguna instancia oficial ha entregado a los legisladores documentación sobre esos hechos.
En el documento de la comisión se destaca:
“Existe consenso de que hubo un uso ilegal, excesivo, desproporcionado de la fuerza y sin los instrumentos de grabación por parte de los elementos militares, en contravención al Manual del Uso de la Fuerza, de aplicación común a las tres Fuerzas Armadas; sin embargo, las acciones letales se pueden definir como ejecución extrajudicial en el ámbito de la violación de derechos humanos y como homicidio calificado en el ámbito penal”.
Y llama la atención que, según el grupo de legisladores que analiza el caso, el número víctimas de ejecución extrajudicial podría pasar de ocho a 15.
Así, “de acuerdo con las diferentes versiones, el número de víctimas de ejecución extrajudicial va desde ocho hasta 15; por tanto, las víctimas de un enfrentamiento armado podrían variar desde siete hasta 14”.
La perredista y presidenta del grupo legislativo establece que no existe una conclusión definitiva, debido a que se alteró la escena de los hechos y se desplazaron los cadáveres “fuera de su posición original”.
Otro punto que llama la atención es que algunas de las víctimas habrían sido secuestradas y, mediante coacción, se les habría llevado a formar parte de un grupo delictivo y estar con ellos al momento del presunto enfrentamiento con elementos del Ejército.
“No se ha podido comprobar que entre los varones asesinados en los hechos existían víctimas de secuestro, pero familiares señalan que ocho de ellos habían sido objeto de amenazas, de coacción o de privación ilegal de la libertad antes de comenzar la comisión de presuntos actos delictivos, por lo que presuntamente habrían podido formar parte de una organización criminal en condiciones de explotación y coacción”.
El extenso documento apunta otros aspectos, entre ellos el que no se tiene información completa “sobre la cadena de mando entre el comandante de la 22 Zona Militar de la Secretaría de la Defensa Nacional y el sargento responsable directo del operativo, ni con elementos que permitan establecer la responsabilidad o no de mandos militares más allá de los ocho elementos que realizaban el patrullaje”.
Tampoco se cuenta con elementos que expliquen cómo se diseñó, operó, autorizó o permitió un patrullaje militar con ocho elementos, cuando lo reglamentario y habitual es que lo integren al menos 12 efectivos.
Además, “existe una línea de investigación diversa, que ubica la autoría intelectual de los hechos en otras personas civiles ajenas al grupo de militares, por lo que la cadena de mando no habría estado implicada en la autorización o en la orden de cometer los homicidios”.
El reporte también destaca que no hay coincidencia en el tiempo transcurrido entre el fin del enfrentamiento y el ingreso de elementos militares a la bodega. Tampoco si quienes entraron en ese momento, tras la rendición, fueron tres o cinco militares.
Por ello, “los familiares de las 22 personas que fueron privadas de la vida pueden legal y legítimamente reclamar una reparación integral que corresponde en términos de la legislación penal, fiscal y demás aplicables.
El grupo legislativo de trabajo recuerda que “la Sedena decidió dar de baja a los elementos del patrullaje del 102 Batallón de Infantería para trasladarlos a instalaciones centrales; se ejerció acción penal sin detenido contra presuntos responsables, y pidió se negara libertad bajo caución al conocerse que existía averiguación previa por parte de PGR. Los procesos por faltas contra la disciplina militar continúan sin menoscabo de los que desarrolla la jurisdicción civil”.
Los diputados también consideran que el haber aceptado la recomendación 21/2014 de la CNDH, por parte de PGR, Sedena y gobierno mexiquense, significa que el Estado reconoce la presencia de actos de tortura, intimidación y alteración de la escena del crimen cometidos por elementos de la Procuraduría de Justicia del Estado de México”.
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