Con reforma, tarifas eléctricas se actualizarán conforme a la inflación

 

 
Periódico La Jornada
Martes 9 de febrero de 2021, p. 19

La mayor participación de las centrales eléctricas de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) en el despacho de energía para los usuarios del servicio básico (clientes domésticos, comerciales y agrícolas) permitirá que el sistema tarifario de precios sean actualizados únicamente a razón de la inflación, establece la iniciativa preferente para modificar la Ley de la Industria Eléctrica (LIE).

Explica que, para ello, se incorporará la figura de entrega física de energía y capacidad a la red para convivir con el actual despacho económico.

Actualmente, en el esquema de despacho económico se privilegia a las plantas privadas, sobre las de la CFE y no garantiza en lo absoluto un costo por kilovatio-hora menor, advierte el documento.

La ley vigente privilegia a las generadoras con aparente costo más bajo y ahora con los cambios propuestos se da una mayor importancia a la confiabilidad y al suministro continuo sin importar el costo de generación, señaló Ramsés Pech, analista del sector energético.

Por su parte, la Iniciativa del Ejecutivo explica que la intención es que con la operación simultánea de ambos contratos financieros y de entrega física se termine con la simulación de precios en un mercado que favorece la especulación , el dumping y los subsidios otorgados a participantes privados.

En el ámbito eléctrico, el despacho es entendido como la programación de la generación para cubrir la demanda esperada.

Con la actual legislación, se privilegia el despacho de las llamadas energías limpias generadas por plantas privadas, pero cuando las energías eólicas o solares se interrumpen las plantas de CFE tienen que entrar a respaldar todo el sistema con los consecuentes costos para la empresa productiva del estado.

Ahora con la propuesta las plantas hidroeléctricas de la CFE despacharán en primer término, seguido de la nuclear, geotérmicas, ciclos combinados (a gas) y las termoeléctricas y después las de ciclo combinado de los productores independientes de energía y, en tercer término, las centrales eléctricas eólicas y fotovoltaicas (solares), por último, las de ciclo combinado propiedad de particulares.

El texto señala que las centrales de generación de la CFE con costos unitarios menores que centrales privadas, al no ser despachadas y no estar comprometida la entrega física, obligan al suministrador de servicios básicos CFE a asumir la pérdida por no despacho.

La inexistencia de un contrato de energía física y capacidad obliga, en las inequitativas condiciones de este mercado eléctrico, a un creciente déficit (de la entidad de CFE), suministrador de servicios básicos CFE.

Asegura que con la operación simultánea de ambos contratos financieros y de entrega física, se eliminan erogaciones presupuestales con impacto negativo a los contribuyentes y a recursos económicos de la nación y, con ello, se garantiza la estabilidad en la tarifa de electricidad.

La exposición de motivos de la iniciativa preferente destaca que actualmente se implementa a nivel internacional el esquema de contratos de entrega física de energía y capacidad combinados con contratos de transacciones bilaterales financieras en países como Irlanda, China y Singapur, entre otros.

 

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