Reforma laboral de Calderón, "sujeta de nulidad jurídica": sindicato minero
Patricia Muñoz Ríos
Periódico La Jornada
Lunes 10 de septiembre de 2012, p. 25
Lunes 10 de septiembre de 2012, p. 25
La iniciativa de reforma laboral presentada por el presidente Felipe Calderón al Congreso para su inmediata votación es
En un análisis elaborado por este sindicato sobre dicha reforma,
plantea que la iniciativa va contra los derechos colectivos de los
trabajadores, rompe el frágil equilibrio que hay entre los factores de
la producción para mantener la paz social y pretende que se violen la
Constitución, la LFT y los convenios internacionales sobre derechos de
los trabajadores, como el 87 de la OIT sobre libertad de asociación
sindical.sujeta de nulidad jurídica, porque la Ley Federal del Trabajo (LFT) dejaría de ser protectora de los derechos de los trabajadores, y de ser aprobada
protegería el capitaly los patrones, señaló el sindicato nacional de mineros.
Puntualiza que en la propuesta de Calderón y de los abogados empresariales se crea un nuevo capítulo, denominado
Trabajos especialespara los mineros y prohíbe el trabajo en los tiros verticales de carbón, denominados también pozos, así como el que laboren menores de edad. Sin embargo,
las penas establecidas, como multas hasta de 2 mil y 3 mil 500 salarios mínimos por causar incapacidad permanente o parcial a mineros, así como la de prisión de 3 a 6 años por causar la muerte de uno o varios trabajadores, el patrón las resolvería con un simple amparo que los dejaría en libertad bajo fianza.
Esto es porque estas situaciones se considerarían
delitos levesy no significarían ningún castigo ejemplar por esa negligencia criminal de los empresarios responsables; además, las multas serían de 140 mil hasta 245 mil pesos para los patrones, que no tendrían mayor problema para pagarlas y seguir operando igual. Por ello, la iniciativa de Calderón
da mayor protección al patrón minero, y en general al sector empresarial, y proclama un mayor desprecio a la vida, salud e integridad de los trabajadores, expresó esta organización.
En cuanto al punto que propone esta iniciativa de que los sindicatos rindan cuentas
Para el sindicato nacional de mineros, las medidas propuestas en esta iniciativa tienden a destruir los derechos colectivos de los trabajadores, que son el de contratación colectiva, el de libertad de asociación y el de huelga, tres instituciones indivisibles del derecho sindical, que, según los tratadistas más eminentes en la materia, son la base y el fundamento de todo país democrático.
Adicionalmente, en el proyecto de Calderón los derechos colectivos son restringidos y, donde se puede, destruidos; en varios aspectos la reforma es contraria a la Constitución, por lo tanto está viciada de nulidad jurídica, ya que precariza el empleo, y plantea sustituir los salarios mínimos por salarios infinitamente menores, así como sobrexplotar el trabajo, impedir el derecho de huelga, vulnerar la libertad sindical, imponer que los trabajadores mediante los empleos precarios no tengan derecho a un proyecto de vida con dignidad, y anula la contratación colectiva.
Además, destruiría los empleos de planta y la estabilidad laboral, para sustituirlos por empleos eventuales y por horas; facilita los despidos y abarata los juicios al limitar a un año el pago de salarios caídos en litigios y haría retroceder los derechos laborales a los tiempos del porfiriato.
Fuente
a cualquier trabajadorque lo requiera, plantea que los patrones deberían estar obligados al mismo régimen de transparencia. Sostuvo que urge una
reforma patronal, por la respon- sabilidad que tienen éstos en las condiciones inequitativas de trabajo, para que dejen de cometer violaciones y atentados contra los intereses y derechos del sector laboral; para que cumplan la obligación en materia de seguridad, para que se les exija la toma de nota a los dirigentes de las asociaciones de empresarios y rindan cuentas sobre su situación fiscal.
Para el sindicato nacional de mineros, las medidas propuestas en esta iniciativa tienden a destruir los derechos colectivos de los trabajadores, que son el de contratación colectiva, el de libertad de asociación y el de huelga, tres instituciones indivisibles del derecho sindical, que, según los tratadistas más eminentes en la materia, son la base y el fundamento de todo país democrático.
Adicionalmente, en el proyecto de Calderón los derechos colectivos son restringidos y, donde se puede, destruidos; en varios aspectos la reforma es contraria a la Constitución, por lo tanto está viciada de nulidad jurídica, ya que precariza el empleo, y plantea sustituir los salarios mínimos por salarios infinitamente menores, así como sobrexplotar el trabajo, impedir el derecho de huelga, vulnerar la libertad sindical, imponer que los trabajadores mediante los empleos precarios no tengan derecho a un proyecto de vida con dignidad, y anula la contratación colectiva.
Además, destruiría los empleos de planta y la estabilidad laboral, para sustituirlos por empleos eventuales y por horas; facilita los despidos y abarata los juicios al limitar a un año el pago de salarios caídos en litigios y haría retroceder los derechos laborales a los tiempos del porfiriato.
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