La Corte mutila el 123
REVISTA SIEMPRE!
Martín Esparza Flores
En vísperas de la celebración del Primero de Mayo, los ministros de la Corte acaban de proporcionar una moderna guillotina
a la reforma laboral que permitirá a las Juntas de Conciliación y
Arbitraje (juntas) cercenar de tajo los “derechos irrenunciables” de
millones de trabajadores contemplados como uno de los baluartes del
artículo 123 de la Constitución.
Como si la clase trabajadora del país no
tuviera suficiente con el imparable aniquilamiento del poder
adquisitivo de sus microsalarios, que la conducen a las fronteras de la
marginación social, ahora los miembros de la Segunda Sala del alto
tribunal emiten una jurisprudencia para que las aprobaciones o laudos
que realicen las amafiadas juntas sobre convenios, liquidaciones o
finiquitos de un trabajador sean inapelables.
En uno de los peores disparates
jurídicos de que se tenga memoria en el ámbito procesal, los ministros
establecieron que tales fallos ya no podrán ser revisados por otra
instancia jurisdiccional; es decir, que ningún trabajador o sindicato
tendrán el derecho a solicitar la nulidad o revisión de los veredictos
que en este sentido emitan las juntas.
No pocos abogados laboristas y expertos
en la técnica jurídica coinciden en que a los ministros Juan N. Silva
Meza, Alberto Pérez Dayán y al ponente José Fernando Franco González
Salas (diseñador del patíbulo) se les pasó la mano al avalar tal
atrocidad que deja a millones de trabajadores y empleados a merced de
sus patrones, incluidos en esta figura los tres órdenes de gobierno.
En resumidas cuentas, esta imprudente
triada acabó de un plumazo, y de manera subrepticia, con la esencia
histórica contenida en la fracción XXVII del artículo 123
constitucional, en atención a la defensa de la clase trabajadora a
través de los derechos irrenunciables.
Para el sector patronal, lo aprobado el 4
de febrero —y publicado el 10 de abril— es la luz verde para que el
funcional cadalso por el que habrán de rodar las cabezas de
miles de obreros y empleados, en las juntas, entre en funciones. No es
obra de la casualidad que el sentido depredador de la nueva
jurisprudencia es parte de la confabulación de los ministros a favor de
la reforma laboral, siendo su objetivo dejar en la más absoluta orfandad
los derechos gremiales de los trabajadores en todo el país.
No debe pasarse por alto que el
instrumento de “decapitación laboral” autorizado por la Corte puede ser
utilizado sin miramiento alguno por un importante grupo de funcionarios
que buscan ejercer sus cargos con el más abierto sentido empresarial.
Teniendo a las juntas de su parte, los convenios leoninos para adelgazar
la burocracia serán mero trámite.
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