La Corte mutila el 123

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Se les pasó la mano a los ministros
Martín Esparza Flores
En vísperas de la celebración del Primero de Mayo, los ministros de la Corte acaban de proporcionar una moderna guillotina a la reforma laboral que permitirá a las Juntas de Conciliación y Arbitraje (juntas) cercenar de tajo los “derechos irrenunciables” de millones de trabajadores contemplados como uno de los baluartes del artículo 123 de la Constitución.
Como si la clase trabajadora del país no tuviera suficiente con el imparable aniquilamiento del poder adquisitivo de sus microsalarios, que la conducen a las fronteras de la marginación social, ahora los miembros de la Segunda Sala del alto tribunal emiten una jurisprudencia para que las aprobaciones o laudos que realicen las amafiadas juntas sobre convenios, liquidaciones o finiquitos de un trabajador sean inapelables.
En uno de los peores disparates jurídicos de que se tenga memoria en el ámbito procesal, los ministros establecieron que tales fallos ya no podrán ser revisados por otra instancia jurisdiccional; es decir, que ningún trabajador o sindicato tendrán el derecho a solicitar la nulidad o revisión de los veredictos que en este sentido emitan las juntas.
No pocos abogados laboristas y expertos en la técnica jurídica coinciden en que a los ministros Juan N. Silva Meza, Alberto Pérez Dayán y al ponente José Fernando Franco González Salas (diseñador del patíbulo) se les pasó la mano al avalar tal atrocidad que deja a millones de trabajadores y empleados a merced de sus patrones, incluidos en esta figura los tres órdenes de gobierno.
En resumidas cuentas, esta imprudente triada acabó de un plumazo, y de manera subrepticia, con la esencia histórica contenida en la fracción XXVII del artículo 123 constitucional, en atención a la defensa de la clase trabajadora a través de los derechos irrenunciables.
Para el sector patronal, lo aprobado el 4 de febrero —y publicado el 10 de abril— es la luz verde para que el funcional cadalso por el que habrán de rodar las cabezas de miles de obreros y empleados, en las juntas, entre en funciones. No es obra de la casualidad que el sentido depredador de la nueva jurisprudencia es parte de la confabulación de los ministros a favor de la reforma laboral, siendo su objetivo dejar en la más absoluta orfandad los derechos gremiales de los trabajadores en todo el país.
No debe pasarse por alto que el instrumento de “decapitación laboral” autorizado por la Corte puede ser utilizado sin miramiento alguno por un importante grupo de funcionarios que buscan ejercer sus cargos con el más abierto sentido empresarial. Teniendo a las juntas de su parte, los convenios leoninos para adelgazar la burocracia serán mero trámite.

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