Las nuevas reglas del organismo educativo oaxaqueño
Laura Poy Solano
Periódico La Jornada
Miércoles 22 de julio de 2015, p. 7
Miércoles 22 de julio de 2015, p. 7
Con la reforma al Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (Ieepo), publicada el pasado 20 de julio en el Periódico Oficial
de esa entidad, se crea un organismo descentralizado de la
administración pública estatal, con personalidad jurídica, patrimonio
propio, pero también con
Sin embargo, a diferencia del Ieepo creado durante la gestión del
entonces gobernador Heladio Ramírez López, el nuevo organismo integra,
como parte de la junta directiva, con derecho a voz y voto, a los
titulares de las secretarías de Gobierno, Finanzas, Salud,
Administración, Desarrollo Social y Humano, y de las Cultuas y Artes de
Oaxaca.autonomía de gestión, cuyas funciones de gobierno mantiene el gobernador en turno, tal como preveía el decreto de 1992 que fue derogado.
Deja sin efecto
todos los actos, contratos, convenios, minutas e instrumentos de cualquier tipoque hubiera celebrado el gobierno del estado o el Ieepo con fecha anterior a la entrada en vigor del presente decreto. Además, se eliminan las funciones que en materia de educación media y superior venía realizando.
En sus consideraciones, el gobierno estatal señala que Oaxaca requiere dinamizar sus procesos administrativos en materia formativa, que permitan
desligar el fenómeno educativo de condicionantes políticas, sindicales y sociales, que durante las pasadas dos décadas y media han mantenido a la entidad en los últimos lugares de aprovechamiento escolar en la educación básica.
Las nuevas competencias de la junta directiva, en la que podrá
tener voz, pero no voto, un representante de la Secretaría de Educación
Pública, contemplan la aplicación de la reforma a los artículos tercero
y 73 constitucionales, así como de la Ley General del Servicio
Profesional Docente.
Esto incluye el mandato expreso de cumplir con los artículos 75 y 76 de dicha norma, referentes a imponer sanciones a los docentes y a
La junta de gobierno tiene además entre sus atribuciones aprobar el nombramiento de todo el personal, a excepción del director general del Ieepo –que fue designado por el Ejecutivo local–, que labore en el organismo, así como establecer las políticas generales del organismo, examinar y aprobar su estructura orgánica, y elaborar los manuales para su funcionamiento.
En el cuarto artículo transitorio se establece que quienes tenían plaza base y pasaron a otra de confianza en el Ieepo, al causar baja en ésta tendrán derecho a regresar a su puesto de planta original, y a que se reconozca su antigüedad durante el tiempo que haya desempeñado un cargo de confianza.
Puntualiza que el personal docente que regrese a su cargo original será adscrito a las escuelas en función de las necesidades del servicio educativo.
Fuente
Esto incluye el mandato expreso de cumplir con los artículos 75 y 76 de dicha norma, referentes a imponer sanciones a los docentes y a
separar de su cargoa aquellos maestros que falten tres días consecutivos sin justificación alguna en un plazo de 30 días.
La junta de gobierno tiene además entre sus atribuciones aprobar el nombramiento de todo el personal, a excepción del director general del Ieepo –que fue designado por el Ejecutivo local–, que labore en el organismo, así como establecer las políticas generales del organismo, examinar y aprobar su estructura orgánica, y elaborar los manuales para su funcionamiento.
En el cuarto artículo transitorio se establece que quienes tenían plaza base y pasaron a otra de confianza en el Ieepo, al causar baja en ésta tendrán derecho a regresar a su puesto de planta original, y a que se reconozca su antigüedad durante el tiempo que haya desempeñado un cargo de confianza.
Puntualiza que el personal docente que regrese a su cargo original será adscrito a las escuelas en función de las necesidades del servicio educativo.
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