Desincorporan al minisalario de las cuotas al Seguro Social

Susana González G.
 
Periódico La Jornada
Martes 7 de febrero de 2017, p. 8
Las cuotas obrero-patronales que se pagan al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ya no deben tomar en cuenta el salario mínimo general vigente de 80.04 pesos diarios sino la unidad de medida y actualización (UMA), cuyo monto es de 75.49 pesos, es decir, una diferencia de 4.55 pesos o 5.68 por ciento por ciento debajo del minisalario.
La Confederación de Cámaras Industriales (Concamin) aseguró que no hay confusión por parte del sector patronal sobre el tema, y el IMSS ha implementado de manera adecuada la reforma constitucional luego de una importante gestión que hizo el organismo empresarial al respecto.
Las cuotas obrero-patronales deben pagarse tomando como base la UMA, salvo una excepción marcada en el artículo 28 de la Ley de Seguridad Social, que utiliza el minisalario para marcar el límite inferior del salario base de cotización.
Fernando Yllánez Martínez, presidente de la comisión de seguridad social de la Concamin, manifestó que todavía existen más de 800 disposiciones en el ámbito federal que hacen referencia al salario mínimo y deben modificarse para que donde diga salario mínimo se aplique UMA.
Aseguró que justamente eso está haciendo el IMSS luego de que el 27 de enero de 2016 se publicó la reforma constitucional con el fin de desincorporar el salario mínimo general como unidad de medida para el pago de obligaciones y ejercicio de derechos, como multas o subsidios.

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