Con una Reforma a la LFT que Aprobaron Diputados Federales REINSTAURAN LA DISCRIMINACIÓN EN EL TRABAJO

*En manos de Senadores enmendar esa violación a los derechos humanos constitucionales.
*Promueven la exclusión de los diferentes.
*Diputados Federales de todos los partidos, hasta los de MORENA, votaron a favor.
*Esa transgresión constitucional fue enviada al senado para su ratificación.
Diputados Federales abrieron las puertas para que se reinstaure la discriminación en el trabajo, por edad, sexo, color, origen étnico, creencias, características físicas, entre otros motivos, al eliminar la obligación de quienes contratan personal de sustentar, ante las autoridades correspondientes por qué requieren trabajadores con determinadas características físicas, con lo cual discriminarían a quienes sean diferentes.
El jueves 18 de abril de 2018, aprobaron un cambio al párrafo del artículo Tercero de la Ley Federal del Trabajo, que consistió en quitarle las palabras QUE SE SUSTENTEN, por lo que al borrarlas, los patrones (particulares o gobierno) tendrán derecho a contratar personas de un solo color, de una sola edad, de determinadas cualidades personales, sin sustentartarlo, es decir, sin explicar ni justificar por qué para ese tipo de trabajo hacen esa discriminación de quienes sean distintos.
Actualmente el tercer párrafo del Artículo Tercero de la Ley Federal del Trabajo señala que:
"No se considerarán discriminatorias las distinciones, exclusiones o preferencias QUE SE SUSTENTEN en las calificaciones particulares que exija una labor determinada."
Los diputados federales que votaron a favor del retorno de la discriminación en el trabajo fueron: 167 del PRI, 65 del PAN, 28 del PRD, 18 Verde Ecologista, 28 de MORENA, 19 de Movimiento Ciudadano, 9 de Nueva Alianza, 5 PES, 1 SP.
Lo absurdo es que en la exposición de motivos señalan que lo que supuestamente pretenden es que se acabe la discriminación en el empleo de las personas mayores de 60 años, pero sobre ese tema no dice nada la reforma que aprobaron.
En cambio sí le borraron la única palabra que impide la exclusión en el trabajo de los diferentes, de los que no le gusten o no tengan la forma, sexo, edad, apariencia y creencias, que requiere el contratante por prejuicios políticos, ideológicos, sociales, etc., al realizar una reforma que les avala el racismo, el sexismo y otras formas de discriminación dejando el texto legal como sigue:
"No se considerarán discriminatorias las distinciones, exclusiones o preferencias que se realicen cuando, para el cumplimiento de un trabajo específico, sea necesaria la habilidad o conocimiento que se solicite para ocupar una vacante o el cumplimiento de una labor determinada."
Esto significa que el patrón no tendrá que sustentar su dicho sino sólo expresar que así lo requiere.
El texto vigente del Artículo 3o señala que:
" El trabajo es un derecho y un deber sociales. No es artículo de comercio.
No podrán establecerse condiciones que impliquen discriminación entre los trabajadores por motivo de origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otro que atente contra la dignidad humana.
No se considerarán discriminatorias las distinciones, exclusiones o preferencias que se sustenten en las calificaciones particulares que exija una labor determinada
Es de interés social promover y vigilar la capacitación, el adiestramiento, la formación para y en el trabajo, la certificación de competencias laborales, la productividad y la calidad en el trabajo, la sustentabilidad ambiental, así como los beneficios que éstas deban generar tanto a los trabajadores como a los patrones."

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