Juez otorga suspensión de consulta para proyecto de eólica francesa en Unión Hidalgo, Oaxaca
De continuarse con el proceso de consulta, se generaría un daño irreparable a dicha comunidad, destaca la resolución del Juzgado Primero de Distrito con sede en esta capital, que sienta un precedente favorable a la defensa de los derechos de comunidades indígenas.
El fallo precisa que, derivado de juicios de amparo interpuestos con el acompañamiento del Proyecto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, AC (ProDESC), la comunidad indígena obtuvo las suspensiones provisionales para que no se continúe el Procedimiento de Consulta sobre el proyecto central eólica Gunaa Sicarú de la empresa Eólica de Oaxaca –filial de la transnacional francesa EDF EN–, ni se inicie la construcción y operación de dicho parque eólico.
“No existen condiciones naturales (dado el sismo ocurrido en septiembre de 2017), ni condiciones sociales por los conflictos internos que pudieran surgir en la propia comunidad dados los próximos plebiscitos electorales a nivel municipal, así como eventos culturales por fiestas patronales, ya que esos aspectos podrían influir en la decisión que en su caso adopte la comunidad indígena”, detalla el juez en su resolución.
ProDESC resaltó que la consulta impulsada actualmente por la Secretaría de Energía no es idónea ni adecuada, pues las prioridades de desarrollo de la comunidad están centradas en el proceso de reconstrucción después de los sismos de septiembre pasado.
Unión Hidalgo –subrayó– resultó ser la segunda comunidad más afectada de la región, y eso significa que “no hay condiciones de normalidad, ya que al menos el 70% del total de viviendas se encuentran dañadas, de las cuales 300 se desplomaron por completo, además de que las necesidades básicas de casa, vida digna, salud y educación no se han restablecido y ha prevalecido la entrega irregular de apoyos”.
A ello se suma el inicio del periodo de campañas en los procesos electorales federal y local, por lo que existe un riesgo real de actos de violencia, como lo demuestran casos de confrontación recientes en la región del Istmo de Tehuantepec, los cuales manifiestan vínculos directos o indirectos con los procesos electorales y las dinámicas políticas locales, puntualizó.
Por otro lado, las festividades más arraigadas de la comunidad zapoteca son las fiestas tradicionales de las Velas, que inician en el mes de mayo, y sus habitantes se enfocan totalmente en esas actividades, mismas que representan no sólo la unión de las familias, sino también la participación de cada uno de los integrantes del pueblo.
Entonces, los tiempos establecidos por la Secretaría de Energía para el desarrollo de la consulta no son culturalmente adecuados, recalcó ProDESC.
De igual manera, sostuvo que la resolución obtenida se enmarca en las acciones legales que la comunidad de Unión Hidalgo, con el acompañamiento de ProDESC, ha desarrollado en defensa de su territorio y bienes naturales en relación con el parque eólico Gunaa Sicarú, tales como una queja ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
En un acto que consideraron histórico, la CNDH determinó conceder medidas cautelares a la comunidad y suspender la consulta indígena que intentan realizar las autoridades de los tres niveles.
También se presentó una queja ante el Punto Nacional de Contacto en Francia, de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), en febrero pasado, por posibles violaciones a derechos humanos cometidas por la empresa EDF y sus filiales en México.
Desde julio de 2017, la comunidad presentó un amparo contra el permiso de generación de energía eléctrica otorgado por la Comisión Reguladora de Energía (CRE) para el parque eólico Gunaa Sicarú, porque se expidió sin consultar previamente a la comunidad. Actualmente se encuentra en trámite.
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