Caso Iguala: Suspenden creación de Comisión de la Verdad; CNDH se dice dispuesta a atender sentencia
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Comisión Nacional de los Derechos
Humanos (CNDH) reiteró su disposición de atender la sentencia que ordena
la creación de una Comisión de Investigación para la Verdad y Justicia
para el caso Iguala, “en el ámbito de su competencia y autonomía”.
El organismo emitió un breve comunicado después de que el Tercer Tribunal Unitario del Decimonoveno Circuito determinó suspender por tiempo indefinido el cumplimiento de los amparos que ordenan crear esa Comisión para esclarecer la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa.
Según la información publicada, la decisión obedeció a que “la Procuraduría General de la República (PGR) y la CNDH adujeron que existe imposibilidad jurídica para cumplir dicha sentencia”, emitida por el Primer Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito.
Ante el anuncio del magistrado federal del Tercer Tribunal Unitario, Sabino Pérez García, con sede en Reynosa, Tamaulipas, el organismo de derechos humanos aseguró que, a pesar de que no fue parte en los juicios de amparo que dieron lugar a la resolución de la creación de la Comisión de Investigación para el caso Ayotzinapa, “la CNDH ha estado y estará a favor de que se conozca la verdad”.
Puntualizó que su actuación dentro de los juicios “consistió en
desahogar la vista ordenada por el Tribunal respecto del ‘Incidente de
Imposibilidad Real, Jurídica y Material’, por considerar que no se
encuentra en posibilidad de dar cumplimiento a la ejecutoria de amparo’
promovido por la Procuraduría General de la República (PGR), y en
realizar las manifestaciones tendientes a señalar que colaborará, como
lo indica la sentencia, en el ámbito de su competencia y autonomía”.
La CNDH “estará atenta a participar en el cumplimiento de las sentencias, con pleno respeto al Estado de Derecho y en el ámbito de su autonomía y de las atribuciones que tiene conferida, siempre con la determinación de que se conozca la verdad y que se favorezca al máximo los derechos de las víctimas involucradas en los lamentables hechos del caso Iguala”, abundó.
La sentencia impugnada por la PGR daba un plazo de 10 días para integrar la Comisión de Investigación para la Verdad y Justica para el caso Iguala, que debería estar conformada por el Ministerio Público, los representantes de las 43 familias y la CNDH, a la que podría añadirse la colaboración de otros organismos nacionales e internacionales, como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH).
El fallo, que alienta el retorno del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI) para el esclarecimiento del caso, obligaba a que a partir del 1 de julio se pusiera en ejecución la Comisión de Investigación.
Sin embargo, ante el recurso interpuesto por la PGR, el magistrado Pérez García notificó este miércoles la suspensión de la ejecución, porque –subrayó– tanto la dependencia federal como la CNDH “arguyeron imposibilidad jurídica para cumplir con el fallo protector en lo que les atañe”.
Según el magistrado, ambas instancias manifestaron su imposibilidad de cumplir, “una al promover el incidente respectivo, y la otra al desahogar la vista concedida con motivo de este incidente”.
Ante esos posicionamientos, determinó suspender la ejecución para las mencionadas instituciones “como para el presidente de la República y la Cámara de Diputados (…) hasta en tanto se resuelva el incidente de imposibilidad de cumplimiento”.
Fuente
El organismo emitió un breve comunicado después de que el Tercer Tribunal Unitario del Decimonoveno Circuito determinó suspender por tiempo indefinido el cumplimiento de los amparos que ordenan crear esa Comisión para esclarecer la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa.
Según la información publicada, la decisión obedeció a que “la Procuraduría General de la República (PGR) y la CNDH adujeron que existe imposibilidad jurídica para cumplir dicha sentencia”, emitida por el Primer Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito.
Ante el anuncio del magistrado federal del Tercer Tribunal Unitario, Sabino Pérez García, con sede en Reynosa, Tamaulipas, el organismo de derechos humanos aseguró que, a pesar de que no fue parte en los juicios de amparo que dieron lugar a la resolución de la creación de la Comisión de Investigación para el caso Ayotzinapa, “la CNDH ha estado y estará a favor de que se conozca la verdad”.
La CNDH “estará atenta a participar en el cumplimiento de las sentencias, con pleno respeto al Estado de Derecho y en el ámbito de su autonomía y de las atribuciones que tiene conferida, siempre con la determinación de que se conozca la verdad y que se favorezca al máximo los derechos de las víctimas involucradas en los lamentables hechos del caso Iguala”, abundó.
La sentencia impugnada por la PGR daba un plazo de 10 días para integrar la Comisión de Investigación para la Verdad y Justica para el caso Iguala, que debería estar conformada por el Ministerio Público, los representantes de las 43 familias y la CNDH, a la que podría añadirse la colaboración de otros organismos nacionales e internacionales, como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH).
El fallo, que alienta el retorno del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI) para el esclarecimiento del caso, obligaba a que a partir del 1 de julio se pusiera en ejecución la Comisión de Investigación.
Sin embargo, ante el recurso interpuesto por la PGR, el magistrado Pérez García notificó este miércoles la suspensión de la ejecución, porque –subrayó– tanto la dependencia federal como la CNDH “arguyeron imposibilidad jurídica para cumplir con el fallo protector en lo que les atañe”.
Según el magistrado, ambas instancias manifestaron su imposibilidad de cumplir, “una al promover el incidente respectivo, y la otra al desahogar la vista concedida con motivo de este incidente”.
Ante esos posicionamientos, determinó suspender la ejecución para las mencionadas instituciones “como para el presidente de la República y la Cámara de Diputados (…) hasta en tanto se resuelva el incidente de imposibilidad de cumplimiento”.
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