México: Reforma laboral omite sancionar acoso sexual
lunes 2 de mayo de 2011
Guadalupe Cruz Jaimes (CIMAC)
La propuesta de reforma laboral de los partidos Revolucionario Institucional (PRI) y Acción Nacional (PAN), que actualmente se discute en la Cámara de Diputados, prohíbe la constancia de no gravidez a las mujeres trabajadoras y que sean despedidas por estar embarazadas, pero no establece sanciones y mecanismos para castigar a los responsables.
Especialistas en justicia laboral dijeron a Cimacnoticias que la propuesta de reforma tampoco contempla castigo para el acoso sexual en el centro de trabajo, por lo que advirtieron las adiciones a la Ley Federal del Trabajo (LFT) quedarán en “letra muerta” pues si no hay una “acción punible” no será posible sancionar esas prácticas.
En entrevista, Óscar Alzaga, integrante de la Asociación Nacional de Abogados Democráticos (ANAD), indicó que pese a la mayor participación laboral de mujeres en el país, la discriminación en este ámbito sigue siendo una constante.
Puso como ejemplo de esa problemática que las trabajadoras son despedidas por estar embarazadas y que se mantiene la solicitud de prueba de no gravidez como condición para ser contratadas.
Aplaudió que el tema se contemple en la reforma a la LFT pero advirtió que deben establecerse sanciones y mecanismos para que la violación a los derechos laborales de las mujeres se repare, pues de lo contrario estas iniciativas quedarán en “letra muerta”.
El panorama empeora -explicó Alzaga- debido a que 42 por ciento de los 12.8 millones de personas ocupadas en empleos informales está integrado por mujeres, es decir, carece de contratos que prueben que existe una relación laboral y por tanto no podrán defender sus derechos si las despiden por estar embarazadas.
Al respecto, Manuel Fuentes, presidente de la ANAD, refirió que la inclusión de este tema en la LFT también requiere que se le dé prioridad en el tratamiento procesal en los tribunales laborales, ya que en estos casos las mujeres esperan hasta siete años para recibir una sentencia y mientras están sin empleo y sin indemnización.
El abogado apuntó que las propuestas del PRI y del PAN tampoco establecen sanciones claras y mecanismos para castigar a los responsables de hostigamiento sexual en el lugar de trabajo.
Si estas reformas se aprueban, observó, el hostigamiento seguirá siendo difícil de acreditar, además de que se deja a disposición del patrón la posibilidad de que el agresor sea sancionado o no.
De acuerdo con un informe de la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados, cada año se registran 26 mil casos de hostigamiento sexual en 258 dependencias gubernamentales, de las cuales sólo se denuncian siete mil.
Según la Red de Mujeres Sindicalistas, nueve de cada 10 personas hostigadas sexualmente son mujeres y la mayoría de los casos quedan impunes por la dificultad que enfrentan para probar que fueron víctimas de este delito.
Fuente
Guadalupe Cruz Jaimes (CIMAC)
La propuesta de reforma laboral de los partidos Revolucionario Institucional (PRI) y Acción Nacional (PAN), que actualmente se discute en la Cámara de Diputados, prohíbe la constancia de no gravidez a las mujeres trabajadoras y que sean despedidas por estar embarazadas, pero no establece sanciones y mecanismos para castigar a los responsables.
Especialistas en justicia laboral dijeron a Cimacnoticias que la propuesta de reforma tampoco contempla castigo para el acoso sexual en el centro de trabajo, por lo que advirtieron las adiciones a la Ley Federal del Trabajo (LFT) quedarán en “letra muerta” pues si no hay una “acción punible” no será posible sancionar esas prácticas.
En entrevista, Óscar Alzaga, integrante de la Asociación Nacional de Abogados Democráticos (ANAD), indicó que pese a la mayor participación laboral de mujeres en el país, la discriminación en este ámbito sigue siendo una constante.
Puso como ejemplo de esa problemática que las trabajadoras son despedidas por estar embarazadas y que se mantiene la solicitud de prueba de no gravidez como condición para ser contratadas.
Aplaudió que el tema se contemple en la reforma a la LFT pero advirtió que deben establecerse sanciones y mecanismos para que la violación a los derechos laborales de las mujeres se repare, pues de lo contrario estas iniciativas quedarán en “letra muerta”.
El panorama empeora -explicó Alzaga- debido a que 42 por ciento de los 12.8 millones de personas ocupadas en empleos informales está integrado por mujeres, es decir, carece de contratos que prueben que existe una relación laboral y por tanto no podrán defender sus derechos si las despiden por estar embarazadas.
Al respecto, Manuel Fuentes, presidente de la ANAD, refirió que la inclusión de este tema en la LFT también requiere que se le dé prioridad en el tratamiento procesal en los tribunales laborales, ya que en estos casos las mujeres esperan hasta siete años para recibir una sentencia y mientras están sin empleo y sin indemnización.
El abogado apuntó que las propuestas del PRI y del PAN tampoco establecen sanciones claras y mecanismos para castigar a los responsables de hostigamiento sexual en el lugar de trabajo.
Si estas reformas se aprueban, observó, el hostigamiento seguirá siendo difícil de acreditar, además de que se deja a disposición del patrón la posibilidad de que el agresor sea sancionado o no.
De acuerdo con un informe de la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados, cada año se registran 26 mil casos de hostigamiento sexual en 258 dependencias gubernamentales, de las cuales sólo se denuncian siete mil.
Según la Red de Mujeres Sindicalistas, nueve de cada 10 personas hostigadas sexualmente son mujeres y la mayoría de los casos quedan impunes por la dificultad que enfrentan para probar que fueron víctimas de este delito.
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