Rechaza SCJN conocer amparos de electricistas contra extinción de LFC
Jesús Aranda
Periódico La Jornada
Jueves 5 de mayo de 2011, p. 23
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó la petición de ex trabajadores del Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) de conocer los amparos que presentaron contra la extinción de Luz y Fuerza del Centro (LFC), con los que pretendían dejar sin efecto el decreto presidencial del 10 de octubre de 2009.
El proyecto elaborado por el ministro Fernando Franco, que proponía que el máximo tribunal conociera los amparos, fue rechazado por sus compañeros Margarita Luna Ramos, Sergio Valls, Luis María Aguilar y Sergio Aguirre Anguiano.
Franco planteaba que el asunto, que involucra a miles de trabajadores que se ampararon en contra de su despido de LFC, es de "importancia y trascendencia jurídica", por lo que es importante que la SCJN interviniera en su solución.
La petición para que el máximo tribunal del país conociera dichos recursos fue presentada por la Procuraduría General de la República.
El ministro señaló que la SCJN debía pronunciarse respecto a la procedencia de la petición de los trabajadores de que la Comisión Federal de Electricidad se convierta en "patrón sustituto" y determinar si el despido de los electricistas fue colectivo, además de que se garanticen sus derechos laborales previstos en el contrato que tenían con Luz y Fuerza del Centro.
Sin embargo, la mayoría consideró que la SCJN no tiene por qué conocer los asuntos, ya que en julio del año pasado el pleno ratificó por unanimidad la constitucionalidad del decreto de extinción y validó las facultades del presidente Felipe Calderón para emitir "el acto administrativo" con el que desapareció el organismo descentralizado.
El fundamento legal de los amparos por despido injustificado, en los que los integrantes del SME exigen su reinstalación, se basa en que la desaparición de LFC fue anticonstitucional.
Con esta decisión, la SCJN devolvió al segundo tribunal colegiado en materia de trabajo del primer circuito los juicios de amparo directos 1336/2010, 1337/2010 y 1338/2010, promovidos por Alfredo Serratos Reyes, el SME y Eduardo Aguirre Pineda, respectivamente. También, la Suprema Corte notificará a los tribunales sobre los desistimientos de amparo promovidos por sindicalistas que optaron por recibir la liquidación ofrecida por el gobierno federal durante el tiempo que la solicitud de ejercicio de facultad de atracción estuvo en el máximo tribunal de justicia del país.
La importancia de que la SCJN resolviera los asuntos radicaba en que ésta podía fijar criterios jurídicos que serían aplicables en los miles de amparos que aún no han sido resueltos, en los que de manera individual los ex trabajadores de Luz y Fuerza del Centro demandan su reinstalación.
Ello, independientemente de que hay la certeza de que sólo la Corte tendría la fuerza para revertir la decisión presidencial de octubre de 2009, no así los tribunales colegiados a los que fueron turnados originalmente los amparos.
Fuente
Periódico La Jornada
Jueves 5 de mayo de 2011, p. 23
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó la petición de ex trabajadores del Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) de conocer los amparos que presentaron contra la extinción de Luz y Fuerza del Centro (LFC), con los que pretendían dejar sin efecto el decreto presidencial del 10 de octubre de 2009.
El proyecto elaborado por el ministro Fernando Franco, que proponía que el máximo tribunal conociera los amparos, fue rechazado por sus compañeros Margarita Luna Ramos, Sergio Valls, Luis María Aguilar y Sergio Aguirre Anguiano.
Franco planteaba que el asunto, que involucra a miles de trabajadores que se ampararon en contra de su despido de LFC, es de "importancia y trascendencia jurídica", por lo que es importante que la SCJN interviniera en su solución.
La petición para que el máximo tribunal del país conociera dichos recursos fue presentada por la Procuraduría General de la República.
El ministro señaló que la SCJN debía pronunciarse respecto a la procedencia de la petición de los trabajadores de que la Comisión Federal de Electricidad se convierta en "patrón sustituto" y determinar si el despido de los electricistas fue colectivo, además de que se garanticen sus derechos laborales previstos en el contrato que tenían con Luz y Fuerza del Centro.
Sin embargo, la mayoría consideró que la SCJN no tiene por qué conocer los asuntos, ya que en julio del año pasado el pleno ratificó por unanimidad la constitucionalidad del decreto de extinción y validó las facultades del presidente Felipe Calderón para emitir "el acto administrativo" con el que desapareció el organismo descentralizado.
El fundamento legal de los amparos por despido injustificado, en los que los integrantes del SME exigen su reinstalación, se basa en que la desaparición de LFC fue anticonstitucional.
Con esta decisión, la SCJN devolvió al segundo tribunal colegiado en materia de trabajo del primer circuito los juicios de amparo directos 1336/2010, 1337/2010 y 1338/2010, promovidos por Alfredo Serratos Reyes, el SME y Eduardo Aguirre Pineda, respectivamente. También, la Suprema Corte notificará a los tribunales sobre los desistimientos de amparo promovidos por sindicalistas que optaron por recibir la liquidación ofrecida por el gobierno federal durante el tiempo que la solicitud de ejercicio de facultad de atracción estuvo en el máximo tribunal de justicia del país.
La importancia de que la SCJN resolviera los asuntos radicaba en que ésta podía fijar criterios jurídicos que serían aplicables en los miles de amparos que aún no han sido resueltos, en los que de manera individual los ex trabajadores de Luz y Fuerza del Centro demandan su reinstalación.
Ello, independientemente de que hay la certeza de que sólo la Corte tendría la fuerza para revertir la decisión presidencial de octubre de 2009, no así los tribunales colegiados a los que fueron turnados originalmente los amparos.
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