Legisladores: atenta el ACTA contra derechos establecidos en la Constitución
El acuerdo podría violar leyes, como la del Derecho de AutorFoto La Jornada
Andrea Becerril
Periódico La Jornada
Sábado 14 de julio de 2012, p. 14
Sábado 14 de julio de 2012, p. 14
En septiembre del año pasado, el Senado demandó al
presidente Felipe Calderón no firmar el Acuerdo Comercial contra la
Falsificación (ACTA, por sus siglas en inglés), con base en un amplio
estudio realizado durante más de un año por un grupo plural de
legisladores, el cual concluyó que ese tratado atenta contra derechos
establecidos en la Constitución, se contrapone a otras leyes, como la de
Derecho de Autor, y de aplicarse podría derivar en una censura a los
contenidos de Internet y, en consecuencia, a una restricción de la
libertad de expresión.
En las conclusiones del trabajo de ese grupo de legisladores se
destaca que las disposiciones del acuerdo vulneran la presunción de
inocencia, que debe estar presente en todo el sistema jurídico mexicanoy da a los proveedores del servicio de Internet facultades para actuar como autoridad de facto e intervenir la privacidad del usuario por presunta violación de derechos de autor.
Asimismo, concluyeron, pone en riesgo el desarrollo del legítimo comercio electrónico, la actividad digital y la difusión cultural y en general limita
la universalización del acceso de la sociedad a Internet, ampliando con ello la brecha digital y la posibilidad de que el país se inserte en la denominada sociedad de la información y del conocimiento.
Advierten en el documento –aprobado por el pleno en septiembre de 2011– que Calderón violó la Ley sobre Aprobación de Tratados en Materia Económica, dado que el Senado no fue notificado del inicio de negociaciones, del avance de las mismas y menos de los alcances y compromisos que implica el ACTA.
El grupo plural fue presidido por el priísta Eloy Cantú e integrado por los perredistas Francisco Javier Castellón y Carlos Sotelo, los panistas Federico Döring y Beatriz Zavala, el petista Ricardo Monreal y por el Verde, Ludivina Menchaca. Se creó el 19 de octubre de 2010 y durante nueve meses realizó consultas y audiencias públicas con expertos, académicos y representantes de la sociedad, así como autoridades e integrantes del sector privado, cámaras y organizaciones empresariales, en torno al contenido del ACTA.
En el documento final, en que dan a conocer las conclusiones,
destacan que la firma de ese instrumento internacional, encaminado a
establecer nuevos estándares multilaterales para el respeto de los
derechos de propiedad intelectual, ante el crecimiento del comercio de
bienes
Los legisladores ven con preocupación
No se especifica, señala el documento, qué se entiende por
Les preocupa además que el artículo 27.2 del ACTA confiera responsabilidades a los prestadores de servicios de Internet para decidir qué contenido o trasmisión por la red significa una infracción a la legislación contra la piratería, ya que la ley mexicana impide conocer lo que se comunica por Internet.
El artículo 16 constitucional establece la inviolabilidad de las comunicaciones y el artículo 177 del Código Penal Federal sanciona hasta con12 años de prisión, a quien intervenga comunicaciones privadas sin mandato de autoridad judicial competente.
De hecho se pretende convertir a los servidores de Internet en
Contrario a la legislación nacional, el ACTA obliga a la divulgación de datos no sólo de infractores, sino también de presuntos infractores.
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piratasy falsificados, está
afectada de un vicio de origen, toda vez que desde las diversas instancias del gobierno federal, las negociaciones se condujeron
con sigilo y opacidad.
Los legisladores ven con preocupación
inconsistenciasdel contenido de ese acuerdo con diversas disposiciones jurídicas nacionales, principalmente en el tema de Internet.
No se especifica, señala el documento, qué se entiende por
ámbito digital, si lo conformarán las redes públicas y/o privadas, los equipos de cómputo, los sistemas y/o aplicaciones, las redes celulares, satelitales y/o telefónicas.
La ambigüedad podría atentar contra la certeza jurídica e implicaría riesgos derivados de su libre interpretación.
Les preocupa además que el artículo 27.2 del ACTA confiera responsabilidades a los prestadores de servicios de Internet para decidir qué contenido o trasmisión por la red significa una infracción a la legislación contra la piratería, ya que la ley mexicana impide conocer lo que se comunica por Internet.
El artículo 16 constitucional establece la inviolabilidad de las comunicaciones y el artículo 177 del Código Penal Federal sanciona hasta con12 años de prisión, a quien intervenga comunicaciones privadas sin mandato de autoridad judicial competente.
De hecho se pretende convertir a los servidores de Internet en
una autoridad de facto que decidiría qué contenido o transmisión es contrario a lo establecido en el acuerdo, lo que afectaría el derecho de los usuarios al debido proceso, violando los artículos 14 y 16 constitucionales.
Contrario a la legislación nacional, el ACTA obliga a la divulgación de datos no sólo de infractores, sino también de presuntos infractores.
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