El Ejecutivo no puede asumir los pasivos laborales de Pemex

Alfredo Méndez
 
Periódico La Jornada
Miércoles 13 de agosto de 2014, p. 9
Las leyes Federal de Presupuesto y de Responsabilidad Hacendaria que fueron promulgadas el pasado lunes como parte del paquete de la reglamentación de la reforma energética, violan los artículos 72, 73, 74 y 123 de la Constitución, coincidieron en señalar los juristas Salvador Stigler y Alberto Guerrero.
Ambas leyes secundarias estipulan que el gobierno federal asumirá parte del pasivo laboral de Petróleos Mexicanos (Pemex) y de la Comisión Federal de Electricidad (CFE).
Los abogados, entrevistados por separado, son expertos en controversias derivadas de incumplimientos contractuales en materias mercantil y administrativa.
Stigler precisó que en esas leyes se identifica una primera contradicción en la propuesta de que el gobierno pueda asumir obligaciones de pago, como deuda pública, cuando eso es atribución del Congreso de la Unión.
Guerrero indicó que una segunda contradicción es que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público tendría que establecer los montos a pagar, de acuerdo con los ahorros que se logren en Pemex y CFE por la modificación en los contratos.
No obstante, definir ese tipo de montos no es facultad de Hacienda, sino de los diputados federales, añadió.
En los transitorios de las leyes Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria se estableció que el Ejecutivo podrá asumir parte del pasivo en jubilaciones y pensiones de Pemex y CFE, si se cumplen las condiciones de modificar el contrato colectivo de trabajo en el régimen de pensiones.
Según los abogados consultados, de acuerdo con los artículos 72 y 73 constitucionales, corresponde al Congreso autorizar empréstitos y asumir pasivos.
En tanto que el artículo 74 faculta a la Cámara de Diputados en exclusiva para aprobar y modificar el proyecto de presupuesto federal.
Otra contradicción con el texto constitucional es delegar al Ejecutivo la realización de los ajustes correspondientes en el Presupuesto de Egresos de la Federación, cuando es otra de las facultades de la Cámara de Diputados, añadió Stigler.
Guerrero agregó que el cuarto conflicto constitucional está vinculado con el artículo 123, que establece la negociación del contrato colectivo entre patrones y trabajadores.
Refirió que en el caso de la CFE, se busca que los trabajadores en activo acepten en forma voluntaria migrar a las cuentas individuales.

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