Ley de seguridad, lesiva para mujeres y defensoras de derechos humanos


Emir Olivares Alonso
 
Periódico La Jornada
Lunes 12 de febrero de 2018, p. 15
La puesta en marcha de la Ley de Seguridad Interior (LSI) coloca en riesgo los derechos de las mujeres, particularmente de las defensoras de garantías fundamentales. El Proyecto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (ProDESC) solicitó un amparo en los juzgados de distrito de Ciudad de México por considerarla contraria a las obligaciones del Estado de proteger los derechos humanos.
El objetivo es impugnar y evitar judicialmente el decreto de una ley que podría traer graves consecuencias a la vida y seguridad de las mujeres y que incluso podría impedir o limitar su derecho a defender.
Para ProDESC, la nueva legislación –cuya constitucionalidad será revisada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación– vulnera convenios internacionales que México está obligado a cumplir, como las convenciones Belem Do Para y sobre la Erradicación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.
La LSI es omisa en decir cómo va a garantizar los derechos humanos, en específico de las mujeres y las defensoras, obligación señalada en ambas convenciones internacionales. Pese a ello, la norma no establece la obligación de velar por que los funcionarios, agentes e instituciones que intervengan en acciones de seguridad interior se abstengan de cualquier acción o práctica de violencia o discriminación contra las mujeres.
Agregó que la ley debería prohibir a los funcionarios que hostiguen, intimiden, amenacen, dañen o pongan en peligro la vida de una mujer y obligarlos a modificar prácticas consuetudinarias que respalden o toleren la violencia machista con motivo y/o en ejercicio de estas acciones; a incorporar la perspectiva de género en el desarrollo de esas tareas; a prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia institucional contra las mujeres, y a señalar sanciones a servidores que vulneren los derechos de las mujeres.
Además, lamentó, los postulados de la LSI no incluyen normas penales, civiles y administrativas para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra el sector femenino. Por el contrario, existen razones para argumentar que constituye una medida legislativa cuya aplicación pone en riesgo derechos especiales y específicos para ellas, como el respeto de su vida; integridad física, síquica y moral; a la libertad y seguridad personales; a no ser sometida a torturas, y al respeto a su dignidad humana.

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