Corte determina invalidez de renuncias forzadas de mujeres embarazadas

Con este criterio la SCJN también busca eliminar la vieja práctica de hacer firmar a las mujeres una hoja en blanco para llenarla con la renuncia y exhibirla en juicio laboral.

Escrito por: Blanca Juarez
Corte determina invalidez de renuncias forzadas de mujeres embarazadas La segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ratificó la obligación de las juntas laborales de juzgar con perspectiva de género los casos en los que una trabajadora asevere haber sido despedida con motivo de su embarazo.
El proyecto, presentado por la ministra Yasmín Esquivel Mossa, garantiza los derechos de las trabajadoras embarazadas y plantea que las autoridades laborales deben creerle a ella, incluso cuando el patrón demuestre que ella firmó la renuncia.
La sentencia se originó al resolver la contradicción de tesis 318/2018. Por unanimidad los ministros Javier Laynez Potisek, José Fernando Franco, Eduardo Medina Mora y Alberto Pérez Dayán apoyaron la propuesta de su compañera.
El embarazo es la principal causa de discriminación laboral contra las mujeres, de acuerdo con el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred); de 2011 a 2018 recibió casi 2,000 quejas.
En 2011, a 1 de cada 7 mujeres le habían solicitado un certificado de ingravidez como requisito para darle un empleo, o no se le renovó contrato por estar embarazada, se le disminuyó el salario o se le despidió a causa de su estado, de acuerdo con el Instituto Nacional de Geografía y Estadística (Inegi).
Por ello, el proyecto de la ministra Yasmín Esquivel sostiene que aunque la parte patronal muestre el documento de la renuncia, en el que efectivamente aparezca la firma de la trabajadora, las juntas laborales deberán confiar en el testimonio de ella.
La jueza sostiene que es atribución de las juntas dictar laudos (es decir, sentencias) “a verdad sabida y buena fe guardada, apreciando los hechos en conciencia, sin necesidad de sujetarse a formulismos o reglas con relación a las pruebas aportadas por las partes”.
Los integrantes de la sala reiteraron que es fundamental reconocer que en la realidad, es más probable la existencia de un despido con motivo del embarazo de la trabajadora, que su renuncia voluntaria.
Consideraron que hay una “duda razonable” en que ella, al estar embarazada, decida prescindir de su empleo, cuando es un momento en el que sus gastos aumentarán y necesitará tener seguridad social.
Con este criterio, señala la Corte, también se busca contrarrestar esa vieja práctica de hacer que las empleadas firmen documentos en blanco, que después serán llenados con renuncias de las trabajadoras y exhibidas en juicio para justificarlo “o darle apariencia de legalidad”.

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