Padrón de outsourcing será un gran catálogo de servicios especializados
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) ya tiene listos los lineamientos del registro nacional de empresas de subcontratación que nacerá como resultado de la reforma de outsourcing. Éste no será sólo un listado de compañías, sino un gran catálogo de servicios especializados, ya que cada interesado deberá registrar una por una las actividades que ofrecerá en el mercado.
Luisa María Alcalde Luján, titular de la STPS, explicó que las empresas deberán indicar con precisión el servicio que ofrecerán o la obra que ejecutarán. Se podrá elegir más una actividad y se asignará un folio por cada una.
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“Por cada una de dichas actividades deberán acreditar, bajo protesta de decir verdad, el carácter especializado de las mismas y describir los elementos o factores que dan sustento a este carácter excepcional”, detalló la STPS.
La inscripción se hará a través de una plataforma informática y el registro deberá renovarse cada tres años. El padrón de empresas será de consulta pública, de acuerdo con el anteproyecto en revisión en la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer).
“Resulta indispensable contar con un acervo vigente, estadístico y de control, que permita identificar, registrar y regular a las personas físicas o morales que presten los mencionados servicios especializados a través de un padrón público de contratistas de servicios especializados u obras especializadas”, subrayó la secretaria del Trabajo.
La reforma de subcontratación reguló la figura, prohibiendo el outsourcing basado en suministro de personal y permitiendo la tercerización de servicios especializados que no formen parte del objeto social o actividad económica preponderante de la contratante.
Alejandro Salafranca Vázquez, titular de la Unidad de Trabajo Digno de la STPS, detalló que el registro de empresas partirá de la buena fe, similar a un mecanismo de autorregulación; es decir, la dependencia confiará en que la información proporcionada por las compañías es real.
“El registro se pide para actividades, no es que se registre la empresa en sí. Tú te registras y dices para qué quieres el registro; por ejemplo, para actividades de carpintería en general. Cuando tú te apuntes en el registro, me tienes que decir con claridad para qué actividad te quieres registrar porque quien te vaya a contratar no puede hacer lo mismo”, detalló.
En el listado de actividades que tendrá la plataforma, el suministro de personal no será una opción elegible para las empresas.
Salafranca destacó que el concepto de autorregulación detrás del registro no será garantía para no recibir inspecciones. La STPS continuará con visitas a empresas de subcontratación, éstas serán aleatorias o por denuncias.
La reforma establece multas de entre 179,240 y 4 millones 481,000 pesos (de 2,000 a 50,000 UMAs) para quienes presten servicios especializados sin registro.
Una avalancha de registros
Alejandro Salafranca no descartó que en los primeros días de operación del padrón de empresas —el cual debe estar en operaciones a más tardar el 24 de mayo— la dependencia reciba una “avalancha” de registros, por las dudas que puedan tener los empleadores y la búsqueda de certeza jurídica.
En caso de que una empresa haga el tramite, pero realmente no tenía la obligación de hacerlo, el funcionario aclaró que esto no tendrá repercusiones.
“Si me registro y no lo necesitaba, no pasa nada, no pierdo nada. El problema es si no me registro y sí lo necesitaba, porque toda mi actividad contractual va a quedar en cuestión y las facturas no serán deducibles a partir de agosto”, comentó.
Salafranca Vázquez consideró la posibilidad de que las empresas soliciten más de un registro para ofrecer más de un servicio especializado, pero recomendó tener precaución porque “mientras en más actividades te registres, más difícil será encontrar contrapartes que no la tengan y te contraten”.
Una vez que la empresa entregue la información, la STPS tendrá 20 días para pronunciarse. Si esto no ocurre en dicho plazo, el empleador podrá requerir que se dicte un resolución, para lo que la dependencia tiene tres días. Si tampoco hay respuesta, se considerará como una afirmativa ficta y se tendrá por efectuado el registro para todos los efectos legales, según el nuevo artículo 15 de la LFT.
Las empresas tendrán 90 días para registrarse después de que comience a operar el padrón.
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