Suprema Corte despenaliza el aborto en todo México
CONTRALÍNEA
Jordana González - 07 Sep 2021 a las 6:24 pm
El precedente judicial obligará a todos los jueces federales y locales a no considerar aplicables las normas penales de las entidades federativas que criminalicen esta práctica de manera absoluta, ello porque se alcanzó una mayoría que supera los ocho votos de los ministros.
El fallo de la Corte invalidó el artículo 196 del Código Penal de Coahuila en la que se establece una pena de prisión –entre 1 a 3 años– a la mujer que decida practicarse un aborto o a quien se lo practique. Además la decisión se extiende al artículo 198 en el que el personal sanitario no podía asistir a una mujer que decidiera interrumpir su embarazo; así como al articulo 199, en el que se limitaba este derecho a las 12 semanas en caso de violación, inseminación o implantación artificial.
En un comunicado, expuso que “la Suprema Corte entendió que el producto de la gestación merece una protección que incrementa en el tiempo, a medida que avanza el embarazo. Sin embargo, precisó que esa protección no puede desconocer los derechos de las mujeres y personas gestantes a la libertad reproductiva. Por lo tanto, estableció el Pleno, criminalizar de manera absoluta la interrupción del embarazo es inconstitucional”
El ministro presidente Arturo Zaldívar Lelo señaló que esta decisión fue histórica en la lucha por los derechos y libertades de las mujeres para decidir sobre su cuerpo, en especial de las más vulnerables. Y es que la protección del producto no puede desconocer los derechos de las personas gestantes.
Por su parte, el Grupo de Información en Reproducción Elegida celebró el fallo y recordó que es reflejo de la lucha colectiva del movimiento por el aborto legal, seguro y gratuito. “Esperamos que en todo el país las mujeres y personas con capacidad de gestar tengan las condiciones y la libertad para determinar su destino reproductivo”.
En el país, sólo en 4 estados estaba permitido abortar hasta las semana 12 de gestación de manera legal cuando ella así lo decida sin importar cualquiera de las 8 causales permitidas en México. Se trata de la Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo y Veracruz.
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