Persisten las dudas en la extinción de Luz y Fuerza
Las interrogantes no caducan Martín Esparza Flores Revista Siempre! En el Informe de Rendición de Cuentas 2006-2012 de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), signado por Jaime González Aguade, último director de la paraestatal en el pasado sexenio, se establece con claridad el marco jurídico que en lo constitucional y en lo legislativo rige a la industria eléctrica nacional y a los organismos encargados de operarla. Son los artículos 27 y 28 de nuestra Carta Magna los que norman el manejo, por parte del Estado, de los recursos estratégicos como la electricidad y cuya función al respecto no constituye monopolio alguno. El párrafo cuarto del 28 indica que el Gobierno federal debe mantener siempre la propiedad y el control sobre los organismos que en su caso se establezcan. De igual forma, en la fracción X del artículo 73 se dicta que el Congreso tiene la facultad para legislar en toda la república sobre energía eléctrica; y en la fracción I d...