Correo Ilustrado - Dice que es injustificado el fallo sobre Luz y Fuerza
El fallo de la segunda sala no se justifica. El acto de extinción de Luz
y Fuerza, según el propio decreto que la ordenó, fue previsible y
recomendable desde 2006, a raíz de la revisión de la Cuenta Pública. Por
ello no es fuerza mayor: la imprevisibilidad es la esencia de tal
causal, desde Roma. Aunque hubiera sido la extinción supuestamente un
acto externo a la empresa, sin imprevisibilidad no hay fuerza mayor.
Además, si el acto fue externo a la empresa, por qué se dio el aviso de
terminación a la junta dizque por un tercero, cuando por ley tal aviso
lo da el patrón; por qué el propio ex Ejecutivo en el decreto reconoce
el deber de respetar los derechos laborales y asume expresamente todas
las obligaciones y derechos de la empresa extinguida. Suponiendo que
hubiera habido fuerza mayor, no es apta para terminación de relaciones
de trabajo, cuando el servicio y los bienes afectos continúan a cargo de
CFE. Luego, sí hay patrón sustituto. El fallo sin base violó la razón y
el derecho.
Mauro González-Luna Mendoza, abogado
Fuente
Mauro González-Luna Mendoza, abogado
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