La SFP ya no existe; es necesario regularizarla: Marván Laborde

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María Marván Laborde, en imagen captada el pasado 9 de diciembreFoto Luis Humberto González
Alonso Urrutia
Periódico La Jornada
Jueves 5 de febrero de 2015, p. 3
La decisión presidencial de encomendar al nuevo titular de la Secretaría de la Función Pública (SFP), Virgilio Andrade, la investigación sobre el posible conflicto de intereses en la adquisición de casas –de Enrique Peña Nieto, su esposa y del secretario de Hacienda, Luis Videgaray– enfrenta de entrada un problema legal: en la Ley de Administración Pública Federal esa secretaría ya no existe como parte del Ejecutivo Federal, señala María Marván Laborde, ex presidenta del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (Ifai).
‘‘Supongo (que la medida anunciada el pasado martes en Los Pinos) se ampara en un transitorio que nunca terminó de transitar en la reforma’’, apunta.
En entrevista, Marván Laborde sostuvo que es necesario regularizar la existencia de la SFP para conferirle plena validez legal, pues sería lamentable que no pudiera actuar. Sin embargo, destacó la importancia de revivir esa dependencia, si bien será necesario, como proponen algunos especialistas, acompañarla con el fortalecimiento de sus facultades, dotar de autonomía operativa a la ampliación del papel de la Auditoría Superior de la Federación (ASF), crear la fiscalía y el sistema nacional anticorrupción.
La Ley Orgánica de la Administración Pública Federal vigente ya no considera a la Secretaría de la Función Pública como parte de las dependencias del Ejecutivo Federal, producto de la reforma de Peña Nieto en los albores del gobierno para crear la instancia anticorrupción. Sólo en los transitrorios se establece:
‘‘Por lo que se refiere a la desaparición y transferencia de las atribuciones de la SFP, entrarán en vigor en la fecha en que el órgano constitucional autónomo que se propone crear en materia anticorrupción entre en funciones, conforme a las disposiciones constitucionales y legales que le den existencia jurídica.’’
Al referirse a las expectativas reales de esclarecer el posible conflicto de intereses en el vínculo entre Peña Nieto y el Grupo Higa, relacionado con las casas y los contratos que le fueron otorgados a él, a su esposa Angélica Rivera y al titular de Hacienda, Marván advirtió que existen dos problemas que inhiben el alcance de la SFP: el evidente conflicto de intereses del secretario (Virgilio Andrade), que deberá investigar a quien lo designó, y el débil marco legal que existe en torno al conflicto de intereses.
El marco legal se reduce a dos líneas en la Constitución, ‘‘no más de 30 palabras’’. Por eso, aunque se anuncie que las investigaciones serán validadas por expertos internacionales (de la OCDE), el problema persiste por el débil marco legal.
Para la ex presidenta del Ifai, si realmente hay voluntad de enfrentar la corrupción las acciones anunciadas deberían ser el detonante de un proceso legislativo que corrija las insuficiencias. Esto implicaría que la instrucción a sus subalternos de reportar el posible conflicto de intereses no fuera un acto de voluntad, sino una obligación legal.
En otro orden, en relación con la respuesta que dio la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) al Ifai en torno a la suspensión indefinida de la licitación del tren rápido México-Querétaro, Marván sostuvo que, con independencia de que la instrucción presidencial haya sido verbal y por tanto no se podía entregar la documentación, ‘‘el área jurídica debió trasladarla a un documento que acreditara esa cancelación, entre otras cosas para notificar a las empresas involucradas’’.
La SCT está obligada a entregar la documentación pública que acredite dicha decisión, porque ‘‘no se está cancelando una licitación de 15 pesos, sino de miles de millones’’, concluyó.
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