Proyecto de ley sobre justicia laboral, "concesión al sector patronal": Bouzas

Patricia Muñoz Ríos
 
Periódico La Jornada
Lunes 13 de noviembre de 2017, p. 15
Protección total a la subcontratación (outsourcing), para que los trabajadores no puedan emplazar a huelga a las empresas que operan con este esquema (bancos, centros comerciales, tiendas de autoservicio y prestadores de servicios), periodos procesales cortos para los juicios y no hacer obligatorio el voto libre y secreto en los procesos sindicales son planteamientos del articulado del proyecto de ley de la reforma en materia de justicia laboral.
El documento fue terminado por el gobierno federal y será presentado a la brevedad al Congreso para su discusión y aprobación; se prevé que se buscará su pase fast track.
Una copia del texto elaborado por la Secretaría del Trabajo, en conjunto con representaciones patronales de abogados, señala que se considera la creación del Instituto Federal de Conciliación y Registro Laborales, así como de tribunales de lo laboral, que llevarán a cabo los juicios y demandas de los conflictos obrero-patronales, en sustitución de las juntas de conciliación.
Entre las novedades planteadas en este ordenamiento destaca la modificación al artículo 387 de la Ley Federal del Trabajo, que señala que tratándose de personas físicas o morales que no tengan trabajadores a su servicio, la solicitud de celebración de contrato o emplazamiento a huelga que se presente para este objeto se deberá archivar por improcedente.
El plato fuerte
Se consultó al abogado Alfonso Bouzas, quien explicó que se trata de un punto fundamental para que todas aquellas empresas que contratan trabajadores por outsourcing no puedan ser emplazadas a huelga: Es el plato fuerte de este proyecto, para dar toda la seguridad a las empresas que operan mediante la subcontratación, a las cuales se les eximirá de toda obligación fiscal y laboral.
De aprobarse este proyecto tal como está, el país será “totalmente outsourcing”, es decir, tercerizado, con la consecuente desaparición de prestaciones y derechos para los empleados, indicó el experto en derecho laboral.
El artículo también plantea que el sindicato que emplace a huelga para obtener la firma de un contrato colectivo deberá acreditar que cuenta con la representación de 30 por ciento de las personas que laboran en esa empresa.
El artículo 388 indica además que si dentro de la compañía existen varios sindicatos, no habrá varios contratos, sino que la titularidad corresponderá al que tenga la mayoría de trabajadores.
El proyecto de ley también da carta abierta para que las líneas aéreas puedan celebrar contratos de industria y no de empresa, como hacen los sindicatos de pilotos y sobrecargos, una vieja petición del sector patronal.
En cuanto a los despidos se deroga la obligación para los patrones de avisar oportunamente a los trabajadores de su rescisión de contrato, ya que si éstos no eran enterados como correspondía, se anulaba la separación. Plantea que en adelante no será necesario que los trabajadores se den por enterados de su despido y simplemente se ejercerá. Además, se modificarán los procedimientos para emplazar a huelga y no se hace obligatorio el voto libre y secreto.
Todo el proyecto de ley es una concesión al sector patronal indicó Bouzas, y aseguró que está lleno de trampas legales en contra de los trabajadores.

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