Publicidad oficial: dispendio y mordaza
El sistema de medios de comunicación en México mantiene un basamento autoritario propio del régimen de partido hegemónico. Pocas cosas en la relación medios-poder han mutado desde la célebre frase del expresidente José López Portillo: “no pago para que me peguen”, acuñada en abril de 1982, justo cuando arbitrariamente había decidido retirar publicidad del gobierno de la Revista Proceso por la información crítica de su administración publicada en el medio.
Esta visión patrimonialista del presupuesto y el subsecuente sometimiento casi natural de los medios a través del dinero público son las señales más alarmantes de un ejercicio de poder que ocluye cualquier posibilidad de construcción democrática. Los medios y periodistas críticos siguen siendo –desafortunadamente– marginales, además de perseguidos y hostigados. Es tal el nivel de control de la información, mimetizado con la violencia estatal y social de la última década, que contamos ya 23 periodistas desaparecidos y 111 asesinados en los que va del siglo. “Plata o plomo” es la disyuntiva para la prensa en México.
Para dar un golpe en el tablero y cambiar esta simbiosis dañina para los propios medios, pero sobre todo para una sociedad desprovista de información plural, veraz, oportuna y objetiva, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tiene la oportunidad de resolver un amparo interpuesto por Artículo 19 contra la omisión legislativa de regular la asignación del gasto de publicidad oficial. Omisión que, por cierto, corre desde el 30 de abril de 2014 sin que al Congreso de la Unión le preocupe dictaminar (ya no se diga aprobar) 17 iniciativas presentadas en la materia. Esto significa que además de omisión tenemos parálisis legislativa.
No es cosa menor que la SCJN pueda restaurar el orden constitucional y la vigencia de los derechos humanos frente a las veleidades del Poder Legislativo. Otra omisión, por ejemplo, ha generado el contexto de crisis de la procuración de justicia en México. Nos mantiene inmersos en una de las peores crisis de impunidad y corrupción, el cálculo electoral en la aprobación de la normatividad que regirá la nueva Fiscalía General de la República y la subsecuente designación de quien encabezará la institución ministerial (ahora autónoma).
Abrir el camino para reclamar a través del juicio de amparo lo que el legislador deja de hacer, pese a la existencia de un mandato constitucional expreso, es ampliar las posibilidades de tener un Estado de Derecho, nada más y nada menos.
Pero dicho litigio también coloca en el centro de la discusión un derecho que es piedra angular de la democracia: la libertad de expresión. El ominoso gasto en comunicación social tiene varios aspectos. Uno es que las campañas publicitarias gubernamentales tienen más carácter propagandístico que informativo. Ello no se traduce en información valiosa para la sociedad que le sea útil para el ejercicio de otros derechos. Aquí se desvirtúa el sentido primordial de la publicidad oficial: concientizar a la población sobre aspectos relevantes de la vida pública en cuestiones como salud, prevención de desastres o educación.
Según datos de FUNDAR, Centro de Análisis e Investigación, de 2013 a 2017 Enrique Peña Nieto ha gastado más de 38 mil 247 millones de pesos (mdp). Pero el gobierno federal no solamente gasta mucho, sino que gasta más de lo asignado en el presupuesto. De 2013 a 2016 se ha ejercido 71.86% más de lo aprobado por la Cámara de Diputados; es decir, pasó de 21 mil 099 mdp a 36 mil 261 mdp. El monto sobreejercido equivale a más de 15 mil mdp adicionales en un periodo donde han existido recortes al presupuesto en sectores como salud, desarrollo social y medio ambiente.
A nivel estatal, en 2015 las entidades ejercieron 11 mil 895 mdp, concentrando el 70% del gasto en los poderes ejecutivos. Todo este gasto, en efecto, ha sido para promover a los gobiernos y sus instituciones, no los derechos de la población.
Aún peor, ese dinero público despilfarrado se utiliza de manera discrecional y discriminatoria para condicionar las líneas editoriales de los medios de comunicación. Ejemplo de ello se documenta en las recomendaciones 57/2009 de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos –caso revista Contra Línea–, así como en la 60/2009 –caso Diario A.M y Al Día– y la 35/2012 –caso Proceso–. En tales recomendaciones se pudo acreditar cómo la deficiencia o ausencia legislativa ha permitido que el manejo de la publicidad oficial por el Estado Mexicano sea absolutamente discrecional y que por ello sirva como mecanismo de censura y como herramienta para violar la libertad de expresión y de prensa.
De hecho, no sería la primera vez que la Primera Sala de la SCJN se pronunciara sobre la necesidad de la existencia de criterios no discrecionales ni discriminatorios que aseguren una asignación de la publicidad oficial basada en el principio de igualdad. En los casos de radios comunitarias (amparos en revisión 531/2011 y 248/2011), tuvo la oportunidad de manifestarse sobre la posibilidad de que dicha publicidad se constituye como medio indirecto de censura. La diferencia es que en este caso sí estaría ordenando que el Congreso discuta y apruebe una ley con plazo hasta el 30 de abril de 2019.
En resumen, el día de hoy, 15 de noviembre, la Primera Sala tomará la decisión. Podrá optar –o no– por iniciar un cambio estructural que brinde garantías efectivas y eficaces al derecho a la información y frene el desangramiento presupuestal en comunicación social. Si anhelamos una democracia de derechos, es apremiante un cambio en el panorama mediático. Urge acabar con el dispendio y la mordaza.
*Leopoldo Maldonado es oficial del Programa de Protección y Defensa de Artículo 19 Oficina para México y Centroamérica
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