El IFT decide no interponer controversia contra Ley Televisa Döring
En sesión ordinaria, los comisionados en contra de interponer controversia constitucional, encabezados por el presidente Gabriel Contreras, consideraron que “no existen elementos para dicha demanda”, ya que es el artículo sexto de la Constitución el que dispone la definición de los derechos de los usuarios de telecomunicaciones y de las audiencias de radiodifusión.
Las comisionadas María Elena Estavillo y Adriana Labardini propusieron la controversia constitucional, pero no alcanzaron la mayoría de los votos necesarios.
La propuesta consideró que los artículos 105 fracción I de la Constitución y el 22 de su ley reglamentaria tenían un plazo para interponer la controversia, pues la reforma “constituye una afectación a las facultades del IFT previstas en el artículo 28 constitucional”.
“¿Quién garantizará los derechos de las audiencias (especialmente los relacionados con los Códigos y defensores)? La respuesta es que, con esta reforma, el Congreso de la Unión cambia drásticamente el sistema competencial constitucional, al trasladar la ‘garantía’ de estos derechos de la esfera competencial del IFT a la ‘esfera de las libertades’ solamente de los concesionarios”, argumentaron las dos comisionadas en su documento.
En días pasados, 47 senadores interpusieron una acción de inconstitucionalidad contra esta ley. La semana pasada, seis de los senadores panistas que habían firmado a favor de esta acción se desistieron de la Suprema Corte, tras las presiones provenientes de su coordinador Fernando Herrera.
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