Ordena tribunal crear Comisión de la Verdad en caso Ayotzinapa
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Los magistrados
del Primer Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito, con sede en
Tamaulipas, otorgaron la protección de la justicia federal a los
familiares de los 43 estudiantes normalistas de Ayotzinapa,
desaparecidos el 26 de septiembre de 2014 en Iguala, Guerrero.
Al tiempo, ordenaron reponer el
procedimiento por considerar que la investigación no fue pronta,
efectiva, independiente ni imparcial por parte de la Procuraduría
General de la República (PGR).
Al resolver los amparos en revisión
203/2017 al 206/2017, los magistrados Mauricio Fernández de la Mora
(ponente), Juan Antonio Trejo Espinoza y Héctor Gálvez, establecieron
que la investigación de la PGR no se realizó conforme lo exige la
jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos ni los
protocolos adoptados por la Organización de las Naciones Unidas.
Los magistrados determinaron que hay
indicios suficientes para presumir que las confesiones e imputaciones en
contra de los coinculpados fueron obtenidas mediante tortura, por lo
que requirieron al Ministerio Público de la Federación que presente
dictámenes elaborados por peritos independientes que cumplan con lo
previsto en el Protocolo de Estambul.
“Ante las graves violaciones a los
derechos humanos, como tortura, desaparición forzada de personas y
ejecuciones extrajudiciales, y debido a que se ordenó investigar la
participación de autoridades de los tres niveles de gobierno, aunado a
que en México no se cuenta con una fiscalía independiente, se determinó
crear una Comisión de Investigación para la Verdad y la Justicia (Caso
Iguala)”, apunta la resolución.
Los magistrados señalan en la versión
pública de la resolución del amparo en revisión (compuesto por 762
fojas), que la Comisión estará integrada por representantes de las
víctimas, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y el Ministerio
Público de la Federación.
Asimismo, otorga facultades a los
representantes de las víctimas y la CNDH, quienes “decidirán qué líneas
de investigación seguirán y las pruebas a desahogar, y podrán validar la
incorporación de más organizaciones tanto nacionales como
internacionales de derechos humanos”.
En la sentencia, los magistrados
consideran la necesidad de cumplir con el derecho fundamental de acceso a
la justicia de las víctimas, previsto en el artículo 17 constitucional,
cuyo objeto es llegar a la verdad y que se pueda garantizar que no se
repitan este tipo de graves violaciones de derechos humanos.
El tribunal precisa que por las “graves
violaciones a los derechos humanos” a los coacusados, como tortura,
desaparición forzada de personas y ejecuciones extrajudiciales debe
crearse la Comisión de Investigación para la Verdad y la Justicia (Caso
Iguala)”.
Enfatizan que especial reconocimiento
merecen los familiares de los estudiantes desaparecidos, quienes a pesar
de las dificultades que han afrontado, no han desfallecido en la
extenuante búsqueda de los normalistas.
Advierten: para este Tribunal Colegiado,
“está claro que hasta en tanto no se tenga certeza de lo ocurrido a los
estudiantes desaparecidos, sus familiares no verán colmados sus
legítimos anhelos de verdad y justicia, pues sólo alcanzando esos
extremos, podrán trabajar en la superación de la dolorosa y grave
experiencia que han venido enfrentando desde entonces”.
Agregan que “es importante señalar que
dado el contexto de los hechos que nos ocupan, es necesario que la
sociedad en general se concientice sobre la extrema gravedad de las
situaciones ocurridas a los cuarenta y tres estudiantes desaparecidos, a
las seis personas que perdieron la vida, así como a quienes resultaron
lesionados en mayor o menor grado; y a los familiares de todos ellos.
“En efecto, los ataques ocurridos el 26 y
27 de septiembre de dos mil catorce, no distinguieron edad, sexo,
situación económica, etc… En dichos eventos resultaron afectados desde
estudiantes que pretendían tomar autobuses para acudir a una
manifestación; niños que viajaban en un camión, de regreso a casa
después de haber participado en una gesta deportiva; el chofer que
conducía a esos menores; una señora que tomó un taxi para visitar a un
familiar; la esposa que decidió acompañar a su marido –un reportero que
pretendía desarrollar su labor periodística–los conductores y
tripulantes de diversos automóviles que circulaban en la vía pública;
entre otros”.
Por ello, la resolución apunta que
resulta muy importante que la sociedad en general se interese e
involucre en la legítima demanda de verdad y justicia, que
incansablemente han exigido las víctimas.
Destaca que, tomando en consideración
que ya han transcurrido casi 4 años de la desaparición de los 43
normalistas y las dificultades que se han presentado en la
investigación, a fin de dar cumplimiento al Artículo 17 constitucional,
que consagra el derecho fundamental de acceso pronto y efectivo a la
justicia:
“Es necesario establecer que a los
miembros de la Comisión de Investigación para la Verdad y la Justicia
(Caso Iguala), debe permitírseles el libre e inmediato acceso a todo
centro de detención y a cada una de sus dependencias, así como a todo
lugar que consideren pertinente, en especial cuando haya motivos para
creer que están, estuvieron o se puedan encontrar los estudiantes
desaparecidos, o vestigios que aporten información sobre su paradero;
incluso lugares sujetos a la jurisdicción militar o castrense.”
Mario Patrón, director del Centro de
Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, estima que los magistrados
dieron por válidos los argumentos de la tortura y a partir de ello
llevaron a cabo un análisis más profundo de la investigación que
encontraron parcial y donde la PGR no ha garantizado a las víctimas una
investigación autónoma e imparcial, por lo cual se ordenó la creación de
un nuevo mecanismo independiente.
“Por primera vez a través de una
sentencia estamos viendo la construcción de un mecanismo alterno, (…) no
sería iniciar de cero sino partir de los insumos de organismos
internacionales para el caso”, señala el abogado en entrevista.
Para el director del Centro de Derechos
Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, que lleva el caso Iguala ante la
Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), se trata de “una
sentencia inédita, no recuerdo un símil en resoluciones del poder
judicial y crea un mecanismo extraordinario para asegurar la verdad y la
justicia en el Caso Ayotzinapa”.
Por su parte, la PGR señaló a través de
un comunicado que no comparte el criterio de los magistrados ya que la
resolución emitida “desconoce la división de poderes y las facultades de
persecución, investigación y el ejercicio de la acción penal que, de
acuerdo con el Artículo 21 de la Constitución corresponde al Ministerio
Público de la Federación”.
Respecto de las acusaciones de tortura,
la PGR señaló que, “a través de la Unidad Especializada, tiene abiertas
diversas Carpetas de Investigación en las que constan los dictámenes
practicados por peritos certificados y con autonomía técnica conforme al
Protocolo de Estambul”.
En la investigación agrega la PGR, “se
trabaja en diferentes líneas, entre ellas las sugeridas por la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), a través del Mecanismo de
Seguimiento, y toma en cuenta las observaciones de la Comisión Nacional
de Derechos Humanos”.
José Réyez
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