4 derrotas del gobierno federal frente a la IP en tribunales

Ciudad de México (Ileana Chávez / Energía Hoy).- La política energética que ha intentado imponer la 4T a través de las diferentes medidas y acuerdos en materia de energía eléctrica, ha encontrado en los tribunales un freno que ha estancado su desarrollo a través de amparos, los cuales ya derivaron en suspensiones provisionales y definitivas, y que ponen en evidencia los procedimientos equivocados y el claro objetivo de favorecer más a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) que buscar la competitividad y el fortalecimiento del mercado eléctrico.
El presidente Andrés Manuel López Obrador declaró desde el inicio de su administración que la Reforma Energética se respetaría al menos en los tres primeros años de su gobierno, pero en los hechos no ha sido así. Aunque no se ha cancelado la reforma, tampoco se le ha dado continuidad, y peor aún, desde el año pasado inició una serie de acciones para “poner orden” en contratos que a su decir ponen en desventaja a la CFE, productos de la reforma, si bien sus argumentos pueden ser válidos, las formas quizás no han sido las adecuadas y el resultado le ha sido desfavorable hasta ahora.
Con el objetivo de fortalecer a las Empresas Productivas del Estado y, en este caso a la CFE, la Secretaria de Energía (Sener) ha tratado de establecer una política energética que solo ha recibido revés tras revés en cada una de sus nuevas reglamentaciones. Hay que añadir que todas estas acciones han generado fuertes críticas del sector empresarial, de líderes empresariales y de representantes de Estados Unidos, la American Chamber México y el Consejo Ejecutivo de Empresas Globales, Canadá y la Unión Europea.
A la batalla legal de los empresarios, se unieron los gobernadores de Nuevo León, Coahuila, Tamaulipas, Michoacán, Durango, Colima, Jalisco y Chihuahua, quienes organizaron un frente común contra el acuerdo del Cenace.

Certificados de Energías Limpias (CEL’s)
En octubre de 2019 la Sener modificó las reglas para el otorgamiento de Certificados de Energías Limpias (CEL’s) para permitir que la CFE pudiera obtener estos instrumentos a través de sus centrales hidroeléctricas o la nuclear de Laguna Verde, cuando la creación de éstos tenía como objetivos incentivar la generación de energía limpia a través de la creación de infraestructura ‘nueva’.
En respuesta a esta disposición, empresas promovieron al menos 14 amparos. Posteriormente, el Poder Judicial de la Federación (PJF) otorgó dos suspensiones definitivas a amparos, con lo que las modificaciones de la Sener quedaron sin efectos hasta la resolución definitiva de los juicios de amparo, a lo que la Asociación Mexicana de Energía Eólica (AMDEE) y la Asociación Mexicana de Energía Solar (Asolmex) señalaron que “las suspensiones definitivas implican medidas precautorias de aplicación general a toda la industria eléctrica (…). Las medidas son un paso importante para garantizar el respeto a las reglas originales con las que se ejecutaron las inversiones y el estricto apego al estado de derecho”.

Acuerdo para garantizar la Eficiencia, Calidad, Confiabilidad, Continuidad y Seguridad del Sistema Eléctrico Nacional
El 29 de abril de 2020, el Centro Nacional de Control de Energía (Cenace), publicó el Acuerdo para garantizar la Eficiencia, Calidad, Confiabilidad, Continuidad y Seguridad del Sistema Eléctrico Nacional, con motivo del reconocimiento de la epidemia de enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19). El objetivo era suspender toda prueba preoperativa de las Centrales Eléctricas intermitentes eólicas y fotovoltaicas en proceso de operación comercial, también incluía a aquellas centrales que aún no habían iniciado sus pruebas preoperativas.
No obstante, para el 18 de mayo, el Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, otorgó suspensiones provisionales contra el Acuerdo. Dos días después, el Cenace levantó la suspensión de pruebas operativas para 23 plantas de generación eléctrica con energía renovable, después de recibir alrededor de 50 juicios de amparo contra dicho Acuerdo.
Finalmente, el 24 de junio pasado el Juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, Juan Pablo Gómez Fierro, concedió a la organización ambientalista Greenpeace México, la suspensión definitiva contra los Acuerdos emitidos por la Secretaría de Energía y el Cenace. Un día después 13 plantas renovables también obtuvieron la suspensión definitiva contra el acuerdo del Cenace.

Acuerdo de la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional de la
La Secretaría de Energía publicó el 15 de mayo el Acuerdo de la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional, en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF), sin considerar las recomendaciones de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), y sin someterla a Consulta Pública ni Manifestación de Impacto Regulatorio de la Comisión Nacional de Mejora Regulatorio (Conamer).
Dicha política también estaba encaminada en el mismo sentido que el Acuerdo del Cenace, al establecer reglas que obstaculizan la competencia de empresas privadas de renovables
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó al gobierno de Tamaulipas la suspensión de la Política de la Sener. La resolución se une a otra suspensión otorgada por la Corte a la Cofece, en ambos casos argumentaron que la medida “violenta los principios fundamentales de competencia y libre concurrencia”, por lo que el momento dicha Política no podrá aplicarse a plenitud, hasta que el máximo tribunal del país resuelva el fondo de la Controversias Constitucionales.

Tarifas de Porteo
La Comisión Federal de Electricidad (CFE), a través de su filial Intermediación de Contratos Legados dio a conocer en el Diario Oficial de la Federación el 10 de junio, las nuevas tarifas de porteo por el servicio de transmisión a los titulares de los Contratos de Interconexión Legados, con centrales de generación de energía eléctrica con fuentes de energía renovable o cogeneración eficiente, conforme a la Metodología de Transmisión establecida en la resolución RES/066/2010.
Las nuevas tarifas de interconexión y transmisión, representan alzas promedio que van de 500 a 800% en los costos de un servicio que es necesario para que las compañías privadas puedan vender la energía que generan en sus plantas al Sistema Eléctrico Nacional (SEN).
En este caso, al considerar que la magnitud de los incrementos puede poner en riesgo la operación de la compañía quejosa y el mercado privado de generación de energía eólica y fotovoltaica, el Segundo Tribunal Colegiado de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica concedió una suspensión a una empresa de energía eólica para frenar las alzas en las tarifas de porteo.
El fallo fue aprobado de manera unánime por los magistrados Pedro Esteban Penagos López, Rodrigo Mauricio Zerón de Quevedo y Adriana Leticia Campuzano Gallegos.

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