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Conciliación laboral vía remota será opción permanente; prevén ahorros de hasta 87%

 

El CFCRL reglamentará la conciliación virtual como un mecanismo permanente al que podrán acceder todos los trabajadores; el costo operativo de esta modalidad es casi ocho veces menor al del esquema presencial

En la primera fase del nuevo modelo de justicia se resolvieron 736 convenios vía remota. Foto: Shutterstock

La conciliación remota fue una respuesta del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) a las restricciones operativas por la emergencia sanitaria por la covid-19. Esta modalidad ayudó a que se realizaran las audiencias de mediación ante la dificultad de acudir a una oficina del organismo. Pero debido a los ahorros y los beneficios que este esquema otorga, la autoridad definió los lineamientos para reglamentar este mecanismo y establecerlo como una opción permanente.

De esta manera, la conciliación individual vía remota será una alternativa que podrán elegir los trabajadores en cualquiera de las 21 entidades donde ya opera el nuevo modelo de justicia laboral que establece como requisito el procedimiento de conciliación para iniciar un juicio en un tribunal.

“Es un mecanismo para la solución de los conflictos dentro del nuevo sistema de justicia laboral, el cual debe responder a los principios de imparcialidad, neutralidad, flexibilidad, legalidad, equidad, buena fe, información, honestidad y confidencialidad, mismo que se brinda a las personas interesadas a través de medios de comunicación electrónica perceptible a través de audio y video en tiempo real”, se describe en el artículo 3 de los lineamientos en revisión por la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer).

Las audiencias virtuales del CFCRL se implementaron por primera vez en el Estado de México y gradualmente se replicaron durante este 2021 en el resto de las ocho entidades de la primera fase de implementación del nuevo modelo de justicia laboral. Hasta octubre se alcanzaron 736 convenios entre trabajadores y patrones como resultado del mecanismo remoto, con un costo promedio de 160 pesos por asunto.

Por el contrario, la conciliación individual llega a costar hasta 1,250 pesos por expediente. En ese sentido, detalla el Centro, los procesos remotos han representado en su conjunto ahorros de hasta 802,240 pesos, lo que equivale a un 87% menos que la inversión requerida si se hubiesen llevado a cabo de manera presencial.

Estos ahorros se deben a que en la conciliación remota los trabajadores sólo deben ingresar al Sistema Nacional de Conciliación Laboral (Sinacol), donde se privilegian los documentos electrónicos. En cambio, en la modalidad presencial se tienen gastos por la impresión de expedientes físicos y el traslado a las oficinas del CFCRL.

Este es uno de los argumentos del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral para regular esta modalidad, que facilita el acceso al nuevo mecanismo de solución de conflictos.

“Tomando como referencia el costo económico para los trabajadores que no necesitan trasladarse a los Centros de Conciliación ni gastar necesariamente en una defensa legal, el beneficio será superior al 85%, alcanzando convenios laborales más rápido y eficientemente”, expone el órgano en el proyecto.

Paso a paso del proceso virtual

El proceso para iniciar una conciliación remota es similar al esquema tradicional. Aunque la persona acuda a una oficina del CFCRL a solicitar el trámite, puede acceder al nuevo mecanismo.

Éstos son los pasos del proceso virtual:

  1. Solicitar la conciliación individual vía remota a través de la página del Centro Laboral.
  2. El Sinacol emitirá un acuse con una liga de conexión, un buzón electrónico para recibir notificaciones y un número telefónico para confirmar la solicitud.
  3. El trabajador tendrá una videoconferencia con un orientador para conocer más detalles del proceso.
  4. Se realizará el citatorio en un plazo de mínimo cinco días hábiles previos a la celebración de la audiencia.
  5. Previo a la audiencia, el funcionario conciliador realizará pruebas con ambas partes para identificar la calidad del audio y video.
  6. La audiencia se celebrará a través de una plataforma para videoconferencia, esta será grabada por el CFCRL.
  7. En caso de falla técnica o una situación extraordinaria, se establecerán las medidas que se consideren necesarias para continuar con la audiencia o reprogramarla.
  8. Cuando se alcance el acuerdo, el funcionario conciliador entregará una copia certificada del convenio a cada una de las partes interesadas.

Al igual que en el esquema presencial, durante la conciliación virtual las personas trabajadoras pueden estar acompañadas de un abogado o un procurador, aunque estos no pueden fungir como representantes legales porque se trata de una audiencia de conciliación y no de un juicio.

En asuntos vinculados con discriminación en el empleo, en los cuales las personas decidan agotar la etapa prejudicial, los lineamientos para la conciliación remota prevén el uso de dos salas virtuales, cada una con un funcionario, a fin de evitar la revictimización.

Por otra parte, los trabajadores y patrones tendrán prohibido grabar la audiencia, tomar fotos o videos y difundir el material por un medio escrito o electrónico, esto para atender el principio de confidencialidad. 


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