La violencia del Gobierno de COAHUILA contra las familias de los mineros aún sepultados en la mina 8, unidad pasta de conchos
Desde el Campamento del SME en el Zócalo de la Ciudad de México,
20 de junio del año 2010
.
BOLETIN DE PRENSA:
la violencia del Gobierno de COAHUILA contra las familias de los mineros aún sepultados en la mina 8, unidad pasta de conchos
El 7 de junio, el Gobierno de Coahuila, utilizando a la Policía Estatal, permitió que Industrial Minera México S.A.B. de C.V., tomara posesión de la Mina 8, Unidad Pasta de Conchos. El 14 de junio, después de varios días de plantón en la Plaza de Armas, algunos familiares son recibidas “para que se les entregara el documento” con el que se probaba que el Gobierno Federal ordenó al Gobierno de Coahuila el desalojo. Funcionarios menores que atendieron a las familias dijeron desconocer el documento y que “el gobernador lo estaba viendo con su secretario”. El 16 de junio, el Gobernador del Estado, Prof. Humberto Moreira nombra a su Secretario de Gobierno del Estado de Coahuila, Armando Luna Canales para que se encargue del caso de Pasta de Conchos. El 18 de junio, en varios periódicos locales, el funcionario hace declaraciones tendenciosas y falsas al señalar que el documento que presenta de la Secretaría de Economía, “determina la clausura y término de labores”.
El documento que muestra el Secretario de Gobierno del Estado de Coahuila, Armando Luna Canales, corresponde a una Inspección realizada por la Coordinación General de Minas (CGM), el 5 de octubre del año 2007 en el terreno amparado por todas las concesiones mineras: Rosita y Pasta de Conchos. Polígono No. 5-A 7.196621; Rosita y Pasta de Conchos. Polígono No. 5I; Rosita y Pasta de Conchos. Polígono No. 4-A T-196623; Rosita y Pasta de Conchos. Polígono No. 4 7.196624; Rosita y Pasta de Conchos. Polígono No 3.D T-196625; Rosita y Pasta de Conchos. Polígono No 3.C T.196626; María y Purísima, Fracc. C T-196726; María y Purísima, Fracc. A T-196728; María y Purísima, Fracc. C T-196729; María y Purísima, Fracc. C 7196730; María y Purísima, Fracc. B T-196731; María y Purísima, Fracc. A T-196732; González Flores T-198195 y González Flores No. 2 T-198365; pertenecientes al agrupamiento encabezado por la denominada Rosita y Pasta de Conchos Polígono No. 3C T-196626 de la empresa Industrial Minera México, S.A. de C.V., ubicadas en el Municipio de San Juan de Sabinas, Coahuila.
Como resultado de las observaciones realizadas en esa inspección, «el inspector dispuso y así lo comunica en ese acto al concesionario, se abstenga temporalmente de realizar trabajos en todas las obras de dicha mina, hasta en tanto acredite ante esta autoridad que en las mencionadas obras se han restablecidos las condiciones de seguridad… consecuencia de lo anterior, ésta autoridad, con fundamento en el Segundo par del Articulo 43 de la Ley Minera, fija a Industrial Minera México S.A de C.V. un plazo improrrogable de 30 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la firma de la presente acta, para que acredite ante esta autoridad el restablecimiento de las condiciones de seguridad… De no cumplirse con todo lo ordenado, se procederá conforme a lo dispuesto por el Art. 43 Párrafo Segundo».
Al cumplirse el plazo establecido, el 21 de noviembre de 2007, la Coordinación General de Minas «realiza una inspección para verificar el cumplimiento por parte de la concesionaria del restablecimiento de las condiciones de seguridad en las obras y trabajos mineros, habiendo aplicado las medidas de seguridad dictadas por el inspector en la pasada visita de inspección… Debido a que la concesionaria no aplica las medidas que se le ordenaron, el inspector ordena en este acto, en esta fecha y con la hora del cierre de la presente acta, y para todos los efectos legales correspondientes: la suspensión definitiva de las obras y trabajos mineros, en las obras existentes en el agrupamiento minero denominado “Pasta de Conchos”».
El Secretario de Gobierno del Estado de Coahuila, Armando Luna Canales miente al señalar que la orden de desalojar y sellar la Mina 8, Unidad Pasta de Conchos tiene fundamento en este documento. La «suspensión definitiva para todo trabajo minero en todas los títulos concesionados que integran el agrupamiento minero denominado Pasta de Conchos», deriva del desacato de la empresa, Industrial Minera México S.A. de C.V.
Si la Coordinación General de Minas ordena a la empresa Industrial Minera México S.A.B. de C.V. el “restablecimiento de las condiciones de seguridad e higiene en la Mina 8, Unidad Pasta de Conchos”, supone evidentemente, que se pueden establecer para así continuar con el rescate. Por lo que la Coordinación General de Minas no ordena ninguna cancelación ni sellar la mina, y sí sanciona a la empresa ordenando que no haga trabajos mineros (sacar carbón) por desacato.
El Gobierno de Coahuila no atiende a un llamado de la empresa “para dar cumplimiento a lo que señala en ese documento”, porque de ser así, no hubiera desplegado a su policía para desalojar a las familias, ni las hubiera agredido, ni hubiera permitido que la empresa sellara, y menos aún, que frente a sus narices sacara maquinaria y documentación. Incluso los términos que utiliza el Lic. Luna Canales ni siquiera se mencionan en la inspección a la que hace referencia. Solamente pretende justificar la ilegalidad de la actuación del Gobierno de Coahuila: ni se suspende cualquier obra (sino la extracción de carbón), ni existe una supuesta cancelación, ni ordena sellar la mina, ni por supuesto, se puede concluir que esta sanción puesta a la empresa por desacato cancela el reclamo de rescate de as familias. El Gobierno de Coahuila tiene otros intereses, no se trata de llorar o no con las viudas, sino de sujetarse al Estado de Derecho y no pagar o devolver favores a Industrial Minera México S.A.B de C.V., con quien entre otras cosas anuncia que construirá un parque ecológico.
El Informe del Comité encargado de examinar la Reclamación que hicimos contra el Gobierno Mexicano ante la Organización Internacional del Trabajo y hecho público en marzo de 2009, señala en el numeral 62: “el Comité sólo puede concluir que IMMSA no ha cumplido sus obligaciones como propietario y como responsable de la explotación de la mina, situación que trajo aparejada esta trágica pérdida de vidas humanas”. Por lo que, ninguna explicación que pueda dar la empresa para justificar el urgente sellado de la mina es creíble, precisamente, porque nunca cumplió con sus obligaciones. Pero además, está probado que IMMSA miente sistemáticamente (hoy el gas saldrá por la bocamina y puede explotar y está en concentraciones del 6.5%; hace dos años que intentó el sellado, ya se estaba saliendo el gas por la bocamina y podría explotar; para suspender el rescate presentó dictámenes pagados por ella misma, en los que se afirmaba que el agua acumulada en la mina podía estar infectada de VIH, hepatitis y tuberculosis; el día de la explosión aseguraba que era una mina de alta tecnología, etc., etc.).
Ninguna autoridad puede proceder sin hacer las diligencias para verificar que la petición de un particular tiene el debido sustento. El Gobierno de Coahuila no hizo ninguna diligencia, le bastó el dicho de la empresa y su petición de ayuda para embestir a las familias violentando el Estado de Derecho. Pero además, aún si hubiera hecho las diligencias, actuó en ámbitos en los que no tiene competencia ni facultades usurpando funciones de autoridades federales.
En la pasada 99ª Reunión de la Conferencia de la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones de la OIT, celebrada en Ginebra, Suiza, el pasado10 de junio de 2010, el Gobierno Mexicano señaló que existen dictámenes judiciales aún pendientes en el caso de la Mina 8, Unidad Pasta de Conchos.
El 17 de febrero del año en curso, 235 familiares directos (más otros que han firmado posteriormente), presentaron a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), la petición de juicio contra el Gobierno Mexicano por las violaciones a los derechos humanos de sus familiares fallecidos el 19 de febrero de 2006, y por las violaciones a los derechos humanos de los familiares de los mineros. La CIDH notificó que la petición está en la etapa de estudio.
El Señor Secretario de Gobierno no habló con “las viudas”, mandó a un tal de Martín de Hoyos para mostrar un documento bajado de Internet y la nota del Señor Secretario en que afirmaba “que ya estaba todo arreglado”, así que les pedía que levantaran el campamento el fin de semana y se volvieran a poner el lunes “porque tenían eventos en la plaza”. Familiares han denunciado también actos de intimidación a los cuales hacen oídos sordos. Por si no fuera ya suficiente el ridículo que han hecho para tratar de darle legitimidad a sus mentiras y al delito de usurpar funciones, ahora también sirven de porteros de IMMSA en la mina y “autorizan que las familias pueden entrar a misa y a dejar flores por el día del padre”.
Con quienes deberían de hablar el Señor Gobernador Prof. Humberto Moreira y su Secretario de Gobierno, Lic. Armando Luna, es con las viudas y los familiares de los mineros que mueren en los pocitos. A todas esas familias, deberían de explicar qué hace el Gobierno de Coahuila con los depósitos millonarios que recibe cada semana vía PRODEMI de la venta de carbón a CFE.
POR LO QUE EXIGIMOS:
1. A la PGR, Primero, que inicie investigación por presuntos actos de abuso de autoridad, usurpación de funciones, complicidad, falsedad en los dichos, más los que resulten contra el Gobernador del Estado, Prof. Humberto Moreira Valdés, contra el Procurador General del Estado de Coahuila, Lic. Jesús Torres Charles, contra el Secretario de Gobierno del Estado de Coahuila, Lic. Armando Luna Canales y contra quienes resulten responsables del desalojo de las familias, del sellado de la Mina 8, Unidad Pasta de Conchos y de permitir que la empresa sacara del Perímetro de la mina equipos y documentos sin que estén agotadas las diligencias y los juicios contra la empresa. Segundo, que se desaloje de manera inmediata a la empresa Industrial Minera México y a la Policía Estatal para evitar que continúen saqueando las instalaciones. Y que la mina quede bajo resguardo de las familias. Tercero, que se atraigan las denuncias interpuestas por abuso de autoridad, lesiones y maltrato interpuestas por familiares contra miembros de la Policía Estatal del Estado de Coahuila.
2. A la Secretaria de Economía, dado que es un tema de interés público y que su obligación es resguardar los recursos naturales propiedad de la nación, cancele los títulos pertenecientes al agrupamiento denominado Rosita y Pasta de Conchos, debido a que, la suspensión definitiva para todas las obras mineras en el señalado perímetro, derivan de que la empresa no acató la orden dada por la Coordinación General de Minas, y sellar la mina, y no establecer las medidas que le fueron ordenadas deja el yacimiento concesionado sin ningún beneficio para la nación.
3. A la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la Secretaría de la Función Pública del Estado de Coahuila, que se auditen y se revise el manejo de las cuentas de PRODEMI, así como el ingreso y destino de los recursos que por la venta de carbón a CFE se transfieren al Gobierno del Estado de Coahuila.
A UNA VOZ, ¡RESCATE YA¡
ORGANIZACIÓN FAMILIA PASTA DE CONCHOS
Contacto: familiapastadeconchos@gmail.com
CEREAL
Centro de Reflexión y Acción Laboral
proyecto obrero de Fomento Cultural y Educativo A.C.
Privada de Lago San Pedro # 13,
Col. Cinco de Mayo, Del. Miguel Hidalgo,
CP11430, México D.F.
Tel. 01 (55) 52 50 03 28 / 55 45 99 25
20 de junio del año 2010
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la violencia del Gobierno de COAHUILA contra las familias de los mineros aún sepultados en la mina 8, unidad pasta de conchos
El 7 de junio, el Gobierno de Coahuila, utilizando a la Policía Estatal, permitió que Industrial Minera México S.A.B. de C.V., tomara posesión de la Mina 8, Unidad Pasta de Conchos. El 14 de junio, después de varios días de plantón en la Plaza de Armas, algunos familiares son recibidas “para que se les entregara el documento” con el que se probaba que el Gobierno Federal ordenó al Gobierno de Coahuila el desalojo. Funcionarios menores que atendieron a las familias dijeron desconocer el documento y que “el gobernador lo estaba viendo con su secretario”. El 16 de junio, el Gobernador del Estado, Prof. Humberto Moreira nombra a su Secretario de Gobierno del Estado de Coahuila, Armando Luna Canales para que se encargue del caso de Pasta de Conchos. El 18 de junio, en varios periódicos locales, el funcionario hace declaraciones tendenciosas y falsas al señalar que el documento que presenta de la Secretaría de Economía, “determina la clausura y término de labores”.
El documento que muestra el Secretario de Gobierno del Estado de Coahuila, Armando Luna Canales, corresponde a una Inspección realizada por la Coordinación General de Minas (CGM), el 5 de octubre del año 2007 en el terreno amparado por todas las concesiones mineras: Rosita y Pasta de Conchos. Polígono No. 5-A 7.196621; Rosita y Pasta de Conchos. Polígono No. 5I; Rosita y Pasta de Conchos. Polígono No. 4-A T-196623; Rosita y Pasta de Conchos. Polígono No. 4 7.196624; Rosita y Pasta de Conchos. Polígono No 3.D T-196625; Rosita y Pasta de Conchos. Polígono No 3.C T.196626; María y Purísima, Fracc. C T-196726; María y Purísima, Fracc. A T-196728; María y Purísima, Fracc. C T-196729; María y Purísima, Fracc. C 7196730; María y Purísima, Fracc. B T-196731; María y Purísima, Fracc. A T-196732; González Flores T-198195 y González Flores No. 2 T-198365; pertenecientes al agrupamiento encabezado por la denominada Rosita y Pasta de Conchos Polígono No. 3C T-196626 de la empresa Industrial Minera México, S.A. de C.V., ubicadas en el Municipio de San Juan de Sabinas, Coahuila.
Como resultado de las observaciones realizadas en esa inspección, «el inspector dispuso y así lo comunica en ese acto al concesionario, se abstenga temporalmente de realizar trabajos en todas las obras de dicha mina, hasta en tanto acredite ante esta autoridad que en las mencionadas obras se han restablecidos las condiciones de seguridad… consecuencia de lo anterior, ésta autoridad, con fundamento en el Segundo par del Articulo 43 de la Ley Minera, fija a Industrial Minera México S.A de C.V. un plazo improrrogable de 30 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la firma de la presente acta, para que acredite ante esta autoridad el restablecimiento de las condiciones de seguridad… De no cumplirse con todo lo ordenado, se procederá conforme a lo dispuesto por el Art. 43 Párrafo Segundo».
Al cumplirse el plazo establecido, el 21 de noviembre de 2007, la Coordinación General de Minas «realiza una inspección para verificar el cumplimiento por parte de la concesionaria del restablecimiento de las condiciones de seguridad en las obras y trabajos mineros, habiendo aplicado las medidas de seguridad dictadas por el inspector en la pasada visita de inspección… Debido a que la concesionaria no aplica las medidas que se le ordenaron, el inspector ordena en este acto, en esta fecha y con la hora del cierre de la presente acta, y para todos los efectos legales correspondientes: la suspensión definitiva de las obras y trabajos mineros, en las obras existentes en el agrupamiento minero denominado “Pasta de Conchos”».
El Secretario de Gobierno del Estado de Coahuila, Armando Luna Canales miente al señalar que la orden de desalojar y sellar la Mina 8, Unidad Pasta de Conchos tiene fundamento en este documento. La «suspensión definitiva para todo trabajo minero en todas los títulos concesionados que integran el agrupamiento minero denominado Pasta de Conchos», deriva del desacato de la empresa, Industrial Minera México S.A. de C.V.
Si la Coordinación General de Minas ordena a la empresa Industrial Minera México S.A.B. de C.V. el “restablecimiento de las condiciones de seguridad e higiene en la Mina 8, Unidad Pasta de Conchos”, supone evidentemente, que se pueden establecer para así continuar con el rescate. Por lo que la Coordinación General de Minas no ordena ninguna cancelación ni sellar la mina, y sí sanciona a la empresa ordenando que no haga trabajos mineros (sacar carbón) por desacato.
El Gobierno de Coahuila no atiende a un llamado de la empresa “para dar cumplimiento a lo que señala en ese documento”, porque de ser así, no hubiera desplegado a su policía para desalojar a las familias, ni las hubiera agredido, ni hubiera permitido que la empresa sellara, y menos aún, que frente a sus narices sacara maquinaria y documentación. Incluso los términos que utiliza el Lic. Luna Canales ni siquiera se mencionan en la inspección a la que hace referencia. Solamente pretende justificar la ilegalidad de la actuación del Gobierno de Coahuila: ni se suspende cualquier obra (sino la extracción de carbón), ni existe una supuesta cancelación, ni ordena sellar la mina, ni por supuesto, se puede concluir que esta sanción puesta a la empresa por desacato cancela el reclamo de rescate de as familias. El Gobierno de Coahuila tiene otros intereses, no se trata de llorar o no con las viudas, sino de sujetarse al Estado de Derecho y no pagar o devolver favores a Industrial Minera México S.A.B de C.V., con quien entre otras cosas anuncia que construirá un parque ecológico.
El Informe del Comité encargado de examinar la Reclamación que hicimos contra el Gobierno Mexicano ante la Organización Internacional del Trabajo y hecho público en marzo de 2009, señala en el numeral 62: “el Comité sólo puede concluir que IMMSA no ha cumplido sus obligaciones como propietario y como responsable de la explotación de la mina, situación que trajo aparejada esta trágica pérdida de vidas humanas”. Por lo que, ninguna explicación que pueda dar la empresa para justificar el urgente sellado de la mina es creíble, precisamente, porque nunca cumplió con sus obligaciones. Pero además, está probado que IMMSA miente sistemáticamente (hoy el gas saldrá por la bocamina y puede explotar y está en concentraciones del 6.5%; hace dos años que intentó el sellado, ya se estaba saliendo el gas por la bocamina y podría explotar; para suspender el rescate presentó dictámenes pagados por ella misma, en los que se afirmaba que el agua acumulada en la mina podía estar infectada de VIH, hepatitis y tuberculosis; el día de la explosión aseguraba que era una mina de alta tecnología, etc., etc.).
Ninguna autoridad puede proceder sin hacer las diligencias para verificar que la petición de un particular tiene el debido sustento. El Gobierno de Coahuila no hizo ninguna diligencia, le bastó el dicho de la empresa y su petición de ayuda para embestir a las familias violentando el Estado de Derecho. Pero además, aún si hubiera hecho las diligencias, actuó en ámbitos en los que no tiene competencia ni facultades usurpando funciones de autoridades federales.
En la pasada 99ª Reunión de la Conferencia de la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones de la OIT, celebrada en Ginebra, Suiza, el pasado10 de junio de 2010, el Gobierno Mexicano señaló que existen dictámenes judiciales aún pendientes en el caso de la Mina 8, Unidad Pasta de Conchos.
El 17 de febrero del año en curso, 235 familiares directos (más otros que han firmado posteriormente), presentaron a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), la petición de juicio contra el Gobierno Mexicano por las violaciones a los derechos humanos de sus familiares fallecidos el 19 de febrero de 2006, y por las violaciones a los derechos humanos de los familiares de los mineros. La CIDH notificó que la petición está en la etapa de estudio.
El Señor Secretario de Gobierno no habló con “las viudas”, mandó a un tal de Martín de Hoyos para mostrar un documento bajado de Internet y la nota del Señor Secretario en que afirmaba “que ya estaba todo arreglado”, así que les pedía que levantaran el campamento el fin de semana y se volvieran a poner el lunes “porque tenían eventos en la plaza”. Familiares han denunciado también actos de intimidación a los cuales hacen oídos sordos. Por si no fuera ya suficiente el ridículo que han hecho para tratar de darle legitimidad a sus mentiras y al delito de usurpar funciones, ahora también sirven de porteros de IMMSA en la mina y “autorizan que las familias pueden entrar a misa y a dejar flores por el día del padre”.
Con quienes deberían de hablar el Señor Gobernador Prof. Humberto Moreira y su Secretario de Gobierno, Lic. Armando Luna, es con las viudas y los familiares de los mineros que mueren en los pocitos. A todas esas familias, deberían de explicar qué hace el Gobierno de Coahuila con los depósitos millonarios que recibe cada semana vía PRODEMI de la venta de carbón a CFE.
POR LO QUE EXIGIMOS:
1. A la PGR, Primero, que inicie investigación por presuntos actos de abuso de autoridad, usurpación de funciones, complicidad, falsedad en los dichos, más los que resulten contra el Gobernador del Estado, Prof. Humberto Moreira Valdés, contra el Procurador General del Estado de Coahuila, Lic. Jesús Torres Charles, contra el Secretario de Gobierno del Estado de Coahuila, Lic. Armando Luna Canales y contra quienes resulten responsables del desalojo de las familias, del sellado de la Mina 8, Unidad Pasta de Conchos y de permitir que la empresa sacara del Perímetro de la mina equipos y documentos sin que estén agotadas las diligencias y los juicios contra la empresa. Segundo, que se desaloje de manera inmediata a la empresa Industrial Minera México y a la Policía Estatal para evitar que continúen saqueando las instalaciones. Y que la mina quede bajo resguardo de las familias. Tercero, que se atraigan las denuncias interpuestas por abuso de autoridad, lesiones y maltrato interpuestas por familiares contra miembros de la Policía Estatal del Estado de Coahuila.
2. A la Secretaria de Economía, dado que es un tema de interés público y que su obligación es resguardar los recursos naturales propiedad de la nación, cancele los títulos pertenecientes al agrupamiento denominado Rosita y Pasta de Conchos, debido a que, la suspensión definitiva para todas las obras mineras en el señalado perímetro, derivan de que la empresa no acató la orden dada por la Coordinación General de Minas, y sellar la mina, y no establecer las medidas que le fueron ordenadas deja el yacimiento concesionado sin ningún beneficio para la nación.
3. A la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la Secretaría de la Función Pública del Estado de Coahuila, que se auditen y se revise el manejo de las cuentas de PRODEMI, así como el ingreso y destino de los recursos que por la venta de carbón a CFE se transfieren al Gobierno del Estado de Coahuila.
A UNA VOZ, ¡RESCATE YA¡
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