Patrones podrán solicitar a la JFCA que culpe a trabajadores de una huelga: SCJN

Patricia Muñoz Ríos
 
Periódico La Jornada
Miércoles 14 de noviembre de 2012, p. 8 

La resolución de la segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitida ayer, en la que se determinó que los patrones podrán pedir a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) que determine quién tiene la imputabilidad de una huelga, es decir, que resuelva quién tiene la culpa de un paro de labores y sobre la validez del mismo, acabará con este derecho de los trabajadores o lo reducirá a su mínima expresión, señaló ayer el abogado Carlos de Buen Unna.
El experto en derecho laboral explicó que al ser la huelga un derecho de los trabajadores, éstos tenían la prerrogativa de pedir a la junta que determinara quién tiene la imputabilidad de la misma. Sin embargo, ahora cualquier empresario podrá someter al juicio de las autoridades lo que fue el motivo de la huelga, lo cual quita la fuerza a este derecho fundamental que consagra el artículo 123 constitucional y que sin duda es un derecho de los trabajadores en todo el mundo, explicó.
De Buen, quien además forma parte del equipo laboral del Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares de la República Mexicana, expuso que con base en esta decisión de la Corte, y a sabiendas de que la huelga no podrá durar demasiado, el patrón ahora preferirá que estalle el paro y esperar a que la Junta de Conciliación y Arbitraje resuelva el conflicto, lo que a su vez debilita tremendamente la negociación colectiva.
Aparentemente esta modificación realizada por la Suprema Corte responde el criterio de equidad, pero en realidad acaba con el derecho consagrado en la Constitución y en todos los convenios y tratados internacionales en materia del trabajo, sostuvo.
Según explicó, la segunda sala de la Suprema Corte, en una cerrada votación de 3 contra 2, determinó que los patrones pueden pedir la imputabilidad (culpabilidad) de la huelga ante la JFCA, por considerar que la ley que le otorga ese derecho en exclusiva a los trabajadores es inconstitucional y por ello deben tenerlo también los empresarios.
Se trata, dijo De Buen, de un atentado a los derechos colectivos de los trabajadores mexicanos y es una clara muestra de la insensibilidad de los tres ministros de la segunda sala que se pronunciaron en este sentido, y que fueron Margarita Luna Ramos, Salvador Aguirre Anguiano y Sergio Valls, quienes avalaron esa postura antisindical.
En este sentido, detalló que al haber votado en contra de esta resolución los ministros Fernando Franco y Luis María Aguilar, hubo una división de opiniones, por lo que la resolución no constituye un precedente para efectos jurisprudenciales, pero sí es un antecedente sumamente peligroso que debiera provocar fuertes reclamaciones y manifestaciones de los sindicatos.
Esto es porque los patrones ahora podrán evitar la negociación con los trabajadores e irse directo a un juicio ante la Junta de Conciliación, con lo que se acabaría no sólo este derecho, sino la negociación colectiva misma, por lo que es un golpe terrible para el sector obrero, es un desconocimiento del derecho de huelga, una insensibilidad total sobre el derecho al trabajo, acotó.
Por ello, con la resolución se abrió una puerta para acabar con uno de los principales derechos de los obreros de México, o desdibujarlo, quitarle toda su fuerza, debilitar a los trabajadores y sus sindicatos.
Los patrones no se sentirán presionados a negociar para llegar a un acuerdo, simplemente preferirán que haya huelga y que entonces las juntas resuelvan, concluyó el abogado.

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