Reforma laboral ‘choca’ en tema sindical con el Poder Judicial

Gustavo de Hoyos Walther, presidente de la Coparmex, dijo que con la reforma laboral los sindicatos gremiales carecen de legitimación ‘ad causam’ para reclamar la titularidad de un contrato colectivo de trabajo.

El Financiero 

Leticia Hernández
4:50

Al registrarte estás aceptando elaviso de privacidad y protección de datos. Puedes desuscribirte en cualquier momento.
El marco normativo de la reforma laboral debe ajustarse en algunos aspectos que son contrarios a los criterios emitidos en el Poder Judicial, quien ahora resolverá las demandas laborales.
Además se debe hacer más explícito el derecho de voto para pertenecer o no a un sindicato, señaló Gustavo de Hoyos Walther, presidente de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex).
“La propuesta contenida en la iniciativa, y que conserva el dictamen, es contraria al criterio emitido por el Poder Judicial, en el sentido de que los sindicatos gremiales carecen de legitimación ‘ad causam’ para reclamar la titularidad de un contrato colectivo de trabajo que tiene celebrado una sociedad mercantil con un sindicato, que integra la universalidad de trabajadores que prestan sus servicios en la misma empresa”, dijo el líder empresarial a El Financiero.
La legitimación ‘ad causam’ es una condición para que la acción legal sea entablada por aquella persona que la ley considera como particularmente idónea para estimular en el caso concreto la función que se solicita, se explica en el Semanario Judicial de la Federación.
Adicionalmente, De Hoyos aseguró que la reforma laboral no es clara en cuanto al derecho de los trabajadores de pertenecer o no a un sindicato.
“En ninguno de los procedimientos contenidos en la reforma, en donde participan los trabajadores, se contempla que puedan ejercer el voto para que expresen su decisión de pertenecer o no a un sindicato”, advirtió.
El empresario refirió también la necesidad de suprimir el nuevo artículo 245 Bis que contiene la iniciativa y estimula la multiplicidad de contratos en el sector aeronáutico.
“Este artículo se debe suprimir ya que permite, que las empresas que tengan un solo contrato colectivo de trabajo se seccione en varios contratos colectivos, creando un estímulo a la competencia y rivalidad entre gremios o funciones en una misma empresa que ponen en riesgo la estabilidad de la misma”, apuntó.

Comentarios