Sener publica la suspensión de la reforma eléctrica de AMLO en el Diario Oficial

 

La dependencia que encabeza la secretaria Rocío Nahle publicó la tarde de este miércoles un Aviso a todos los participantes del mercado eléctrico mayorista.

Jessika Becerra
24/03/2021
Actualización 24/03/2021 - 18:56
Reforma eléctrica

La Secretaría de Energía anunció en el Diario Oficial la suspensión de la reforma eléctrica, según la edición vespertina de esta publicación.

La dependencia que encabeza la secretaria Rocío Nahle publicó un Aviso a todos los participantes del mercado eléctrico mayorista, particulares que realizan alguna actividad en el sector eléctrico o que están en trámites para ingresar a dicho sector, así como a los sujetos que se ubican en el régimen transitorio de la Ley de la Industria Eléctrica que estaba vigente hasta antes de la emisión del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica, publicado el 9 de marzo pasado.

La Sener explicó que el aviso se publica a efecto de dar cumplimiento a la decisión del Juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y Jurisdicción en toda la República, respecto a 14 demandas de amparo presentadas por empresas que quedaban afectadas con el decreto.

Los números de expedientes de las demandas son 118/2021, 119/2021, 120/2021, 121/2021, 122/2021, 123/2021, 124/2021, 125/2021, 126/2021, 127/2021, 129/2021, 142/2021, 145/2021 y 153/2021.

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La Sener recordó que el juez, al analizar la suspensión solicitada por las quejosas, resolvió mantener la Ley de la Industria Eléctrica sin cambios por ahora y comunicarlo en el Diario Oficial.

Por ello, la dependencia avisó que durante la vigencia de esta medida cautelar se suspenden todos los efectos y consecuencias derivados del "Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica".

Indicó que se restablece provisionalmente la vigencia de los artículos 3, 4, 12, 26, 35, 53, 101, 108 y 126, así como el régimen transitorio que estaba previsto en la legislación hasta antes de la entrada en vigor del Decreto.

Sin embargo, en el Aviso, firmado por Rocío Nahle, Sener aclaró que la medida cautelar del juez no surtirá efectos sino hasta el momento en que se dicte sentencia.

 

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