ONU cuestiona consulta a comunidades indígenas para parque solar en Muna, Yucatán
Obtener enlace
Facebook
X
Pinterest
Correo electrónico
Otras aplicaciones
-
Ciudad de México (Redacción / Energía Hoy).- La Organización de las
Naciones Unidas (ONU) emitió una serie de observaciones y
recomendaciones sobre el proceso de consulta a las comunidades indígenas
del municipio de Muna, Yucatán, donde pretende construirse un mega
parque solar denominado Ticul A y B, que evidencia que no se cumplió
plenamente con el carácter previo, libre, informado, de buena fe y
culturalmente adecuado de la consulta realizada por las autoridades.
La Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para
los Derechos Humanos (ONU-DH), inició en marzo de 2017 el diálogo con
la comunidad de San José Tipceh, municipio de Muna, brindándole asesoría
sobre sus derechos humanos, en particular sobre el derecho a la
consulta y consentimiento y participando, a partir del mes de octubre,
en calidad de observador internacional en el proceso de consulta de la
Secretaría de Energía (Sener) sobre el proyecto de parque solar Ticul A y
B.[1]
El proyecto, que se presenta fragmentado, pretende construirse en los
municipios de Ticul, Muna y Sacalum, en el estado de Yucatán. Consiste
en la instalación de un millón 183 mil 500 paneles solares, en una
superficie total de 675 hectáreas, de las cuales se terminaría con 603
hectáreas de selva mediana caducifolia. Entre los impactos ambientales
más significativos que tendría el proyecto se encuentran la pérdida de
suelo y alteración de su calidad; fragmentación del hábitat, aislamiento
y desplazamiento de plantas y animales nativos con estatus de
protección, afectando sus ciclos de reproducción y alimentación; el
incremento del riesgo ante el impacto de huracanes, sobre todo en el
área núcleo del proyecto (donde está situada la comunidad de San José
Tipcéh) y en el área de influencia directa donde está Plan Chac;
afectación al paisaje; aumento de la temperatura local -que en la región
llega a alcanzar hasta 370C-, lo cual afectaría a la
población en general así como los servicios de polinización de abejas y
murciélagos y la agricultura; afectaciones a las funciones de recarga
del acuífero y contaminación, así como posible escasez de agua por las
afectaciones al ciclo de lluvias y el desecamiento de los cuerpos de
agua en la región como las aguadas, los haltunes y los chultunes.
Precisando que su intención no es asumir una postura o pronunciarse
sobre la materia o viabilidad técnica del proyecto, la ONU-DH emitió las
siguientes observaciones respecto del proceso de consulta:
Respecto del carácter previo de la consulta, la
ONU-DH recibió información de la Sener, del gobierno de Yucatán y de la
comunidad de San José Tipceh sobre la firma de contratos de
arrendamiento entre la empresa y personas ejidatarias de la comunidad
antes de que se celebrara la consulta y se obtuviera el consentimiento,
así como sobre pagos relacionados con estos contratos durante la
consulta. El documento señala que “ambas acciones podrían haber
violentado el carácter previo de la consulta y el consentimiento.”
Afirma también haber recibido información respecto de que la comunidad
no tuvo una participación significativa en la elaboración de los
estudios y manifestaciones de impacto social y ambiental, ni en el
otorgamiento de los permisos correspondientes.
En lo que toca al carácter libre de la consulta, la
ONU-DH recibió información de que los contratos y pagos antes señalados
generaron diversos intereses y conflictos al interior de la comunidad,
al punto de que en muchas sesiones hubo presencia de policía municipal y
estatal. También se denunció una fuerte presión para la finalización de
la consulta y el otorgamiento del consentimiento, siendo que los
estándares internacionales establecen que el entorno del proceso debe
estar libre de intimidación, coacción, manipulación y hostigamiento.
Sobre el carácter informado,varias personas de la
comunidad expresaron no contar con información completa y clara sobre
sus derechos y no sentirse libres de manifestar sus dudas en las
sesiones. Señalaron que mucha información era sumamente técnica y que no
hubo espacio y tiempo suficiente para discutirla de forma amplia.
Personas de la comunidad afirmaron que la consulta no fue culturalmente adecuada, pues
no contaron con una traducción e interpretación completa y adecuada a
la lengua maya. La autoridad les indicó que mandaran sus preguntas por
correo, lo cual para muchas personas no es posible por carecer de
Internet, además de que este formato no permitió socializar las
respuestas en la asamblea.
Tampoco se garantizó que la consulta fuera de buena fe puesto
que varias solicitudes, oficios e inconformidades de distintas personas
de la comunidad no fueron atendidas antes de dar paso a las siguientes
etapas de la consulta. La ONU-DH expresó a las autoridades, en
múltiples ocasiones, su preocupación en torno a la conflictividad y a
las consecuencias negativas que se podrían generar de continuar
avanzando con el proceso sin atender debidamente esta situación.
Finalmente, cabe señalar que la ONU-DH inició desde diciembre de
2016, el diálogo y la asistencia técnica con la Sener y con el gobierno
de Yucatán sobre los estándares internacionales en materia de derechos
de los pueblos indígenas y en particular sobre el derecho a la consulta y
consentimiento previo, libre, informado, de buena fe y culturalmente
adecuado, para coadyuvar en la implementación del mismo en el marco de
las consultas por proyectos energéticos en territorio indígena.
Ante las observaciones registradas, la ONU-DH incluyó una serie de
recomendaciones en el mismo documento dirigidas a la Sener, al gobierno
de Yucatán, al Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI), a la
Comisión para el Diálogo con los Pueblos Indígenas de México, al
Instituto para el Desarrollo de la Cultura Maya, así como a las empresas
Sun Power, Vega Solar 1 y Vega Solar 2, encaminadas a atender y
solventar las irregularidades así como la potencial afectación que los
estudios y manifestaciones de impacto social y ambiental puedan tener
sobre las comunidades, así como a asegurar que el proceso de consulta
cumpla con los estándares internacionales suscritos por México,
garantizando la transparencia, el acceso a la información, así como la
participación de las comunidades en un contexto libre de violencia. [2]
[1] El documento de la ONU-DH precisa que su participación inició el
15 de octubre de 2017, durante la primera etapa de acuerdos previos,
con la asistencia a 7 sesiones de las diferentes fases (informativa,
deliberativa y consultiva). Durante todas estas fases la Oficina se
mantuvo en constante comunicación con todas las partes involucradas en
el proceso, incluyendo a las empresas Sun Power, Vega Solar 1 y Vega
Solar.
[2] Ver documento completo (https://files.constantcontact.com/83b41ac7001/80c0c036-82fb-4166-9b19-6f9d64887b28.pdf )
Para consultar la información del proyecto entra al siguiente link,
con las claves, Ticul A: 31YU2016E0017 y Ticul B:31YU2016E0025:https://apps1.semarnat.gob.mx:8443/consultatramite/inicio.php
Comentarios